El TSJ de Extremadura confirma que un ayuntamiento de Cáceres cesó de forma indebida a una interina
Los magistrados han confirmado que el Ayuntamiento de Pasarón de la Vera, Cáceres, no motivó el despido de una de sus interinas. Foto: Facebook del Ayuntamiento.

El TSJ de Extremadura confirma que un ayuntamiento de Cáceres cesó de forma indebida a una interina

El caso ha sido ganado por el despacho Administrativando Abogados
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28/5/2024 06:30
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Actualizado: 28/5/2024 11:43
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El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJ Ext) ha confirmado que el Ayuntamiento de Pasarón de la Vera, Cáceres, cesó de forma indebida a una de sus interinas. No motivaron su despido y, por tanto, tendrán que reincorporarla y pagarle los salarios dejados a percibir.  Cantidad a la que habrá que sumarle los intereses legales.

El caso ha sido ganado por el despacho Administativando Abogados y el tribunal ha avalado la decisión dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo Nº1 de la citada provincia tomada el pasado 4 de marzo.

Y es que, el problema de los interinos va más allá de su fijeza. Pues hay que recordar que el pasado 22 de febrero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia sobre la conversión de indefinidos no fijos en fijos. Aunque eso sí, dicha resolución está dando mucho de qué hablar al haber ciertas dudas de cómo debe aplicarse.

Tanto que incluso el Supremo planteará una cuestión prejudicial al TJUE para despejar algunas de las dudas que les ha surgido al estudiar los casos.

La plaza de la interina no se cubrió de forma efectiva

La interina llevaba en el cargo desde el 2 de agosto de 2019. Día en el que la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura la nombró para desempeñar, de forma temporal, el puesto de secretaría-intervención.

De izquierda a derecha, Antonio Benítez Ostos, Socio – Director y Fundador de Administrativando Abogados, Antonio Jesús Pérez, y Adela Merino León, Director y Asociada, respectivamente, de la firma.

Pero el 25 de agosto de 2023 el Ayuntamiento decidió cesarla porque se habían nombrado a una persona para cubrir esa plaza. Sin embargo, ese empleado público nunca llegó a ocupar de manera efectiva el puesto. Dos meses antes le habían nombrado como nuevo adjunto a Secretaría en la Diputación de Toledo.

Por lo que dicho trabajador cesó en el puesto con el objetivo de obtener la declaración de excedencia voluntaria para la prestación de servicios en otro cuerpo o escala. Puesto de trabajo en el que se mantiene en la actualidad.

De modo que la persona nombrada nunca llegó a asentarse en el puesto y la plaza no se cubrió de forma efectiva.

«La controversia planteada en el recurso de apelación no es nueva»

La sentencia 325/2024 de 16 de mayo ha sido dictada por los magistrados Daniel Ruiz (ponente), Elena Méndez, Mercenario Villalba, Raimundo Prado, Casiano Rojas y Carmen Bravo. Han desestimado el recurso de apelación presentado por la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento.

Para los magistrados, «la controversia planteada en el recurso de apelación no es nueva». Recordaron el artículo 12.1 del Real Decreto 162/2018 de 2 de octubre sobre el procedimiento de selección y nombramientos con carácter interino.

En él se explica que «cesará automáticamente cuando el puesto de trabajo que ocupe sea provisto de manera efectiva por el personal funcionario de Administración Local». Y esto cuando el funcionario nombrado se marcha por motivos sindicales, excedencias, servicios especiales u otras situaciones.

Por lo que el puesto, hasta que no es cubierto de forma efectiva, sigue libre, tal y como sentenciaron los magistrados en 2022.

Antonio Benítez Ostos, socio director y fundador de Administrativando Abogados, ha comentado a Confilegal que están muy satisfechos con el resultado de la sentencia. «No solo desde el plano jurídico, la cual se estima íntegramente, si no también desde el ámbito humano, por el alcance de la misma».

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