Un juzgado da la razón a Carrefour frente a un trabajador: les demandó tras haberle cambiado de puesto 
El trabajador pasó a desempeñar labores de mantenimiento a reponer, pero era algo que contemplaba el contrato.

Un juzgado da la razón a Carrefour frente a un trabajador: les demandó tras haberle cambiado de puesto 

|
29/5/2024 06:30
|
Actualizado: 29/5/2024 13:06
|

La titular del Juzgado de lo Social Nº4 de León, Sara Villareal Narganes, ha dado la razón a Carrefour tras haber sido demandado por parte de un trabajador al que cambiaron de puesto.

Llevaba prestando servicios como auxiliar de mantenimiento con la categoría profesional nivel 1 desde 1993. Tenía el título de electricista. Pero en septiembre de 2023 le comentaron que iba a empezar a trabajar como auxiliar de productos de gran consumo, es decir, reponedor.

Pero con ese cambio, seguía incluido en el Grupo de Profesionales y no afectaba ni a su retribución ni a su horario. Además, esa posibilidad estaba plasmada en una cláusula de su contrato. En ella se explicaba que la empresa podría asignarle tareas distintas a las realizadas que perteneciesen a su mismo grupo profesional. Como ocurrió en este caso.

Según se desprende en la sentencia 110/2024 de 18 de marzo, el trabajador acudió a los tribunales al considerar que se le habían modificado sus condiciones de trabajo. Su objetivo era que se declarase nulo o injustificado dicho cambio.

Entre sus argumentos manifestó que dicha modificación perjudicaba a su formación y promoción. Así como que atentaba a su dignidad al tener que hacer labores de reponedor y de limpieza, algo que nunca había hecho. 

Carrefour le explicó que necesitaba hacer una redistribución de personal para mejorar la atención de los clientes y dar un mejor servicio. Aunque eso sí, respetando sus derechos y condiciones laborales y económicas que venía ostentando y con el mismo horario. Estos cambios también afectaron a otro trabajador.

Análisis del artículo 41 del Estatuto del Trabajador

La jueza, para resolver el asunto, analizó el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Éste establece que se produce una modificación sustancial de las condiciones de trabajo cuando se varía en jornada, horario, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración o las funciones. 

Además, este precepto señala que la movilidad funcional para la realización de funciones no correspondientes al grupo profesional sólo será posible si existen razones técnicas u organizativas que las justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención.

Por lo tanto, el cambio de funciones correspondientes a un grupo profesional diferente, superior o inferior, con carácter permanente es una modificación sustancial de condiciones de trabajo al exceder de los límites. Pero esto no sucedía en este caso.

Pues bien, estaba claro que la función principal cambiaba. Pero el trabajador continuaba estando incluido en el Grupo de Profesionales. Y desde ese punto de vista, explica la jueza, la empresa no había sobrepasado los límites de la movilidad funcional. 

Seguía ostentando el mismo grupo profesional y desarrollando funciones correspondientes a este. Además, la titular del juzgado no pasó por alto la cláusula de su contrato.

Carrefour tenía justificación razonable

Por otro lado, a la jueza también le resultó lógico que el trabajador tuviese que velar por el orden y limpieza de la sección que se le había encomendado, lo cual ello no suponía realizar funciones de limpiador ni ello significaba un atentado contra su dignidad o formación profesional. 

Además, Carrefour aportó una justificación razonable para la medida adoptada que fue confirmada por un informe de la Inspección de Trabajo y por la testifical de la responsable de recursos humanos. 

En este sentido no resultó acreditado, “más allá de lo que son meras manifestaciones del demandante”, que las funciones correspondientes a su nuevo puesto supongan desmerecimiento ni menoscabo alguno del respeto”. En definitiva, su antiguo puesto era más cómodo. 

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales