McDonald’s pierde la marca Big Mac en la UE para productos de aves de corral
Dicha sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

McDonald’s pierde la marca Big Mac en la UE para productos de aves de corral

El Tribunal General considera que McDonald’s no ha demostrado su uso efectivo en la Unión durante un período ininterrumpido de cinco años respecto de determinados productos y servicios
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05/6/2024 11:12
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Actualizado: 05/6/2024 11:12
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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha sentenciado que McDonald’s no podrá usar la marca Big Mac en la UE para productos de ave de corral.

Todo comenzó cuando la cadena de comida rápida americana se vio envuelta en un pleito con Supermac’s, también de hamburguesas y de origen irlandés por la marca de Big Mac en Europa.

McDonald’s la registró en 1996, pero en 2017, Supermac’s presentó una solicitud de caducidad de la marca con respecto a determinados productos y servicios.

La empresa irlandesa consideraba que la marca no había sido objeto de un uso efectivo en la Unión respecto de esos productos y servicios durante un período ininterrumpido de cinco años. La Oficina de Propiedad Intelectual de la UE, (EUIPO) estimó parcialmente su solicitud.

No obstante, confirmó la protección otorgada a McDonald’s por la marca Big Mac productos de carne y aves y los sándwiches de carne y de pollo. También de servicios prestados o relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos o instalaciones de restauración para el consumo y para la compra desde automóviles y con la preparación de comidas para llevar.

Pero el TGUE ha limitado aún más la protección otorgada a McDonald’s por la marca Big Mac al no mostrar que haya hecho un uso efectivo de ella en productos con pollo de corral. Ni tampoco de los servicios relacionados con la explotación de restaurantes y comida para llevar.

Dicha sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El TGUE es la primera instancia

Contra las resoluciones del TGUE puede interponerse recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, limitado a las cuestiones de Derecho, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución.

Hay que recordar que el TGUE tiene competencia para conocer en primera instancia determinados recursos directos impuestos por personas tanto físicas como jurídicas, los recursos de los Estados miembro contra la Comisión, los recursos de los Estados miembro contra el Consejo, el recurso de indemnización por daños, los que estén basados en una cláusula compromisoria, determinados recursos del ámbito de la propiedad intelectual y los litigios de los funcionarios de la Unión contra esta en temas de materia laboral y de Seguridad Social.

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