Carrefour consigue la procedencia del despido de una trabajadora que pagaba parte de los productos que se llevaba
|
09/6/2024 06:30
|
Actualizado: 08/6/2024 21:10
|
Carrefour ha conseguido ver reconocidos sus intereses en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, después de que una sentencia diese la improcedencia del despido a la exempleada.
En muchos puestos de trabajo, los empleados tienen, como complemento a su sueldo, algunas ventajas dentro del propio establecimiento. En el caso de Carrefour, sus trabajadores cuentan con tarjetas y descuentos de empleado, por lo que la cesta de la compra sale mucho más económica que para los clientes.
Sin embargo, en el caso de Blanca (nombre ficticio), estos descuentos fueron más allá del resto de empleados. En concreto, debido a que, con la ayuda de un compañero de trabajo, la mujer no pasaba todos los productos que se llevaba del supermercado por la caja registradora. Una razón por la que se produjo el despido en febrero de 2023. Ello, después de abrir, en enero de 2023, un expediente sancionador respecto a estos hechos.
Del mismo modo, su compañero fue despedido en la misma fecha por “trasgresión de la buena fe contractual”.
Finalización de la relación laboral que, sin embargo, la empleada llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid. Juzgado que, en el procedimiento 174/2023, estimaba la demanda de la trabajadora.
Así pues, entendía el juzgado que “la grabación no muestra si pagó o no los productos, ni que intentara ocultar alguno de ellos. Por lo que no se prueba la imputación realizada por la empresa”. Tanto es así, que valora el juzgado que esta falta de abono de los productos puede deberse a un “error” del cajero. Algo que exculparía ala trabajadora de mala intención.
Y, con ello, declaraba “improcedente el despido, debiendo la empresa optar entre la readmisión de la trabajadora, o el abono de una indemnización de 25.294,14 euros”.
Carrefour recurre la decisión sobre el despido
Decisión del juzgado ante la que el conocido supermercado francés presentaba un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En concreto, ante la Sala de lo Social compuesta por los magistrados José Manuel Yuste Moreno (presidente y ponente), Ofelia Ruiz Pontones y María Isabel Saiz Areses.
Recurso en el que la empresa presentó los tickets de compra de la extrabajadora, en los que se podía comprobar que parte de los productos que había adquirido en el supermercado no habían “pasado por caja”.
“El 16.01.2023, la actora depositó en la cinta de la caja registradora un pack de 10 unidades de café. Y y un pack de 5 unidades de Yatekomo Pollo. El Sr. Enrique (el otro empleado despedido) pasó los productos. Le entregó el ticket, figurando únicamente 8 unidades de café y 3 unidades de Yatekomo”, explica el supermercado.
Un suceso que se repitió en varias ocasiones, y que lleva al TSJM a estimar el recurso presentado por el supermercado.
“La trabajadora ha acudido a la caja de pago con varios artículos al menos en tres ocasiones. Y en todos esos casos no ha abonado la totalidad de los productos”, destaca el tribunal. “Esta falta de pago no puede ser ignorada por la trabajadora, porque la reiteración de los acontecimientos escapa de la casualidad o el error casual”.
“El hecho de que se haya realizado en todas las ocasiones con el mismo cajero tampoco puede ser una casualidad tan reiterativa y reincidente”, asegura el TSJM.
Razonamiento por el que el tribunal decide estimar el recurso de Carrefour, revocando la anterior sentencia y declarando la procedencia del despido.
Noticias Relacionadas: