Un trabajador de Mercadona hace 52 compras con una tarjeta olvidada de una clienta y recurre su despido
Los agentes se personaron en el centro y observaron de las cámaras de seguridad donde se le veía al trabajador utilizar la tarjeta de forma fraudulenta.

Un trabajador de Mercadona hace 52 compras con una tarjeta olvidada de una clienta y recurre su despido

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27/6/2024 06:31
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Actualizado: 26/6/2024 23:41
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El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha avalado la decisión de declarar procedente el despido de un trabajador de Mercadona que hizo compras con la tarjeta olvidada de una clienta.

Así lo han confirmado los magistrados Mª José Muñoz (presidenta), Ignacio Espinosa (ponente) y Mercedes Oliver en la sentencia 80/2024 de 17 de abril.

El empleado llevaba trabajando en la empresa desde 2010, pero el 5 de abril de 2023 recibió un burofax comunicándole que estaba despedido.

Los motivos por los que declararon su extinción laboral fueron consecuencia de unos hechos que tuvieron lugar el 24 de febrero de ese mismo año. Día en el que una clienta llamó al supermercado preguntando si estaba allí su tarjeta ya que era el último lugar en el que la había utilizado. Mercadona le aseguro que sí.

Como la mujer estaba en tratamiento médico les comentó que iba a tardar varios días en ir a por ella. Pero, para su sorpresa, y pese a que la tarjeta estaba en el supermercado a buen recaudo, se habían hecho 52 cargos por un importe inferior a 50 euros. Cantidad tope en la que no es necesario poner el pin. El valor de las compras era de 596,27 euros.

La clienta, incrédula, contactó con el supermercado para pedir explicaciones al respecto. También interpuso una denuncia ante la Policía Nacional.

Los agentes se personaron en el centro y observaron de las cámaras de seguridad donde se le veía al trabajador utilizar la tarjeta de forma fraudulenta.

Un delito de estafa en el juzgado instrucción por la tarjeta

Los agentes informaron a la responsable del centro que iban a realizar un informe para iniciar diligencias penales. El Juzgado de Instrucción Nº3 de Logroño dictó un auto a finales de diciembre por si los hechos eran constitutivos de un delito de estafa, comenta la sentencia adelantada por Diario de Sevilla.

En la carta le explicaron que había cometido faltas laborales muy graves tipificadas en dos artículos del convenio colectivo. Por un lado, por fraude, deslealtad y abuso de confianza y, por otro, robo o hurto.

Pero el trabajador impugnó su despido. Pero el Juzgado de lo Social Nº3 de Logroño desestimó la demanda y lo declaró procedente, por lo que decidió presentar un recurso de suplicación ante el TSJ.

En el recurso alegó que la carta de despido no reflejaba de forma detallada los hechos que se le imputaban. También manifestó que no quedaba claro que era él. Pero para los magistrados, bastaba con leer dicha misiva para comprobar que eso no era así.

En concreto «queda más que evidente que la empresa le acusa de apropiarse de dinero haciendo uso ilícito de la tarjeta de crédito de una clienta el 24 de febrero de 2023».

Respecto a la autoría, la Sala de lo Social manifestó que tenía acceso al cajón en el que la tarjeta se había guardado, se le veía en las cámaras, había echado gasolina en una moto a su nombre y, de forma paralela, se estaba llevando a cabo una investigación penal. De modo que no había dudas de que era él.

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