No la sacaban a la calle, despreocupándose de las condiciones de salubridad del piso y de su higiene, a pesar de que necesitaba ayuda para asearse, vestirse y salir a la calle, no le procuraron alimentos adecuados, ni le hacían la comida.

Cinco años de cárcel para una mujer por estafar a una octogenaria y atentar contra su integridad moral

31 / 07 / 2024 11:19

Actualizado el 02 / 08 / 2024 06:03

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a cinco años de cárcel a una mujer por estafar 33.630 euros a una octogenaria, el tribunal la ha considerado autora de un delito de estafa agravada y de otro delito contra la integridad moral.

Además, como cómplice de este último delito, ha impuesto a otra acusada tres meses de prisión.

Ambas deberán indemnizar a la víctima con 6.000 euros por el daño moral causado y, la principal condenada, deberá abonarle los 33.630 euros de los que se apropió.

El tribunal considera probado que una de las procesadas, “actuando mediante engaño y con el ánimo de obtener un lucro ilícito”, en torno al mes de mayo de 2020, entabló una “relación asidua” con la víctima, que iba a cumplir 81 años.

La octogenaria, según consta en la sentencia 148/2024, presentaba un deterioro cognitivo que afectaba a sus facultades intelectivas y volitivas y a su capacidad de autogobierno en la esfera personal y patrimonial.

Además, residía en una vivienda que presentaba “deficientes condiciones de habitabilidad”, en la cual recibía ayuda de los servicios sociales del ayuntamiento.

El tribunal, formado por los magistrados María Luisa Sandar (presidenta), Luis Doval y María Jimena Couso, considera probado que la acusada “se prevalió de su situación de vulnerabilidad, derivada de su avanzada edad, su precario estado de salud, con importantes limitaciones de movilidad, su estado mental y psicológico, y la ausencia de familiares o personas que se encargasen de su cuidado”.

Ganarse la confianza para quedarse con sus ahorros

De esta forma, señala que, actuando con la finalidad de apoderarse de sus ahorros, se ganó paulatinamente su confianza.

La condenada, tras convencerla de que se fuese a vivir con ella a Vilalba, donde “se encargaría del cuidado, de forma supuestamente altruista, sin remuneración”, alquiló una vivienda en esa localidad, donde pasó a residir sola la víctima.

Abandono de la octogenaria

Su cuidado, según la sentencia, se lo encargó a la otra acusada, empleada suya en un bar que regentaba, para que le llevara periódicamente la compra y le bajara la basura, “desatendiéndose de su atención y cuidado integral, pues la dejaban sola en el piso, permaneciendo cerrada con llave durante largos periodos.

No la sacaban a la calle, despreocupándose de las condiciones de salubridad del piso y de su higiene, a pesar de que necesitaba ayuda para asearse, vestirse y salir a la calle, no le procuraron alimentos adecuados, ni le hacían la comida.

Tampoco le proporcionaron la medicación prescrita, no la llevaron a las citas y revisiones médicas, ni le hacían la limpieza básica de una vivienda, sin permitir tampoco, las acusadas, que los servicios sociales atendieran a la anciana”.

“No resulta probado que las acusadas encerrasen y retuviesen contra su voluntad a la víctima, sin posibilidad de comunicación con el exterior, con la finalidad de apropiarse de sus ahorros”, indican los magistrados en la resolución.

Igualmente, señalan que la acusada utilizó la cartilla de la octogenaria para realizar sucesivas retiradas de efectivo sin su conocimiento ni consentimiento, cantidades que no fueron empleadas en el cuidado o necesidades de la misma.

El total del dinero apropiado, según el fallo, asciende a 33.630 euros. 

“Como consecuencia de la apropiación continuada de tales cantidades, la acusada dejó a la víctima sin ahorros de ningún tipo y en una precaria situación económica”, destaca la Sala en la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ante el TSXG.

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