violencia de género
El hombre, condenado por violencia de género contra su expareja, tendrá un segundo juicio, con distintos magistrados. Foto: Confilegal

Un juicio de violencia de género tendrá que repetirse por falta de imparcialidad de los magistrados

2 / 08 / 2024 05:38

Actualizado el 03 / 08 / 2024 00:36

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)  obliga a que se repita un juicio por violencia de género. Ello, aceptando el recurso de apelación presentado por el condenado por estos malos tratos, debido a la aparente posible imparcialidad de los magistrados, vulnerando así la tutela judicial efectiva.

José Miguel (nombre ficticio), nacido en 1992, fue condenado en junio de 2022 por dos delitos de maltrato. Una sentencia firme dictada por el juzgado de violencia sobre la mujer nº1 de Bilbao.

Sin embargo, y siendo conocedor de la pena impuesta, entre otros elementos, la prohibición de aproximarse a su víctima, Noelia, durante dos años y 8 meses, el hombre continuó en contacto con la mujer. Un contacto que, nuevamente, acababa provocando malos tratos y vejaciones hacia Noelia.

“José Miguel agredió a su compañera sentimental físicamente, sexualmente (obligándola a mantener relaciones sexuales) y psíquicamente, mediante el control de su teléfono, borrando mensajes y fotografías, obligándola a cambiar de número para impedir contacto con familiares y amistades, eliminándola de las redes sociales, obligándole a mandarle fotos para saber su ubicación y videollamadas para comprobar con quién estaba, prohibiéndole o dificultándole salir con amiga, salvo si contaba con su permiso, no permitiéndole acudir a sus clases”, expone la sentencia.

Actos ante los que, si se enfadaba con Noelia, acababa agrediéndola. “Le propinó un tortazo en la cara, y le rompió de un puñetazo el móvil […] le propinó dos puñetazos en las costillas”, relata la sentencia. Tanto, que llegó al punto de amenazarla de muerte. “Si no dejas de llorar, te mato”.

El juicio por violencia de género debe repetirse

Caso que llegaba ante la Audiencia Provincial de Bizkaia. Tribunal que, en su sentencia 124/2024, de 15 de marzo, condenaba al recurrente.

En concreto, como autor responsable de un delito continuado de quebrantamiento de pena, a un año de prisión. Como autor de un delito de maltrato habitual, tres años de prisión. También autor de delito de maltrato no habitual, lo que suponen 12 meses de prisión. Como autor de un delito de agresión sexual a seis años de prisión. 

Todo ello, con prohibición de acercarse a su víctima, y obligación de participar en programas de educación sexual. También a indemnizar a su víctima con 20.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Sentencia ante la que el hombre presentaba un recurso de apelación ante el TSJPV. Ello, entendiendo su defensa que se había vulnerado su derecho a una tutela judicial efectiva.

“Alega la parte recurrente que solicitó, en 16 de febrero de 2023, la libertad provisional, denegada por la Audiencia Provincial de Bizkaia. El 27 de julio de 2023 se solicitó nuevamente, denegándose por la Audiencia”. Mismo tribunal que, en 2024, condenaba al hombre por violencia de género contra su pareja.

Algo ante lo que, a pesar de los malos tratos y la violencia de género aparentemente producidas, el TSJPV tomaba la decisión de estimar el recurso.

Así, los magistrados Roberto Sáiz Fernández (ponente) y Manuel Ayo Fernández reconocen que “se pone en cuestión, al menos, la apariencia de imparcialidad del órgano enjuiciador, y una posible infracción del derecho a un juez o tribunal imparcial y a la independencia judicial”.

Razón por la que, en su sentencia 79/2024, el tribunal anula la anterior sentencia de la Audiencia Provincial. Y con ello, establece que se celebre un nuevo juicio ante un nuevo tribunal, conformado por distintos magistrados a los presentes en la sentencia apelada.

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