Guardia Civil
El agente de la Guardia Civil acudía ante el Tribunal Supremo para conseguir la anulación de la sanción por los comentarios en Twitter. Foto: EP

Un Guardia Civil evita su sanción dentro del cuerpo tras borrar los mensajes de Twitter en los que criticaba a la Benemérita

8 / 08 / 2024 00:00

Actualizado el 08 / 08 / 2024 16:36

El Tribunal Supremo ha declarado terminado el procedimiento, ordenando el archivo de las actuaciones por la pérdida del objeto. Decisión que confirma la anulación de la falta disciplinaria apreciada en el caso del agente de la Guardia Civil.

Segismundo, agente de la Guardia Civil, utilizaba las redes sociales para comentar su dia a día en la Compañía de Haro, la Rioja. En concreto, a través de una cuenta anónima en X (anterior Twitter), el agente de la Benemérita no dudaba en comentar algunas de las peores situaciones a las que se enfrentaba en el cuartel.

“Un problema que veo de vivir en pabellón es tener de vecino de arriba a tu comandante de puesto, y que sea ruidoso”, “mi puesto tiene un auxiliar y la única función que tiene es que el cabo meta mierda a nuestro sargento”, “me sigue jodiendo el caciquismo en la Guardia Civil”, son algunos de los mensajes publicados por Segismundo.

Afirmaciones ante las que, el 26 de mayo de 2023, el Teniente General Jefe del Mando de Operaciones acordaba la práctica de una información reservada. Y, poco después, se informaba a Segismundo del inicio de su expediente disciplinario.

Justo después de la notificación, Segismundo «manipula su teléfono móvil delante de la Plana Mayor de la Compañía. Momentos después, tanto el instructor como el secretario comprueban que la cuenta de Twitter ha sido eliminada».

Algo ante lo que se imponía una sanción disciplinaria al agente. Ello, debido a «la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil». En concreto, imponiendo una sanción de pérdida de destino.

El Supremo cancela la sanción al Guardia Civil

Una sanción ante la que el Guardia Civil presentaba un recurso contencioso-disciplinario ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la Sala de lo Militar compuesta por los magistrados Jacobo Barja de Quiroga (presidente), José Alberto Fernández Rodera (ponente) y Ricardo Cuesta del Castillo.

Tribunal que, en su sentencia de 18 de julio, toma la decisión de «estimar el recurso de alzada interpuesto por el Guardia Civil Segismundo. Y, en su virtud, anular, dejando sin efecto la falta disciplinaria y la sanción impuesta». En concreto, acordando la sala «declarar terminado el presente procedimiento, y ordenar el archivo de las presentes actuaciones por pérdida de objeto».

Y es que, tal y como recuerda la sentencia, «en el seno del expediente disciplinario, la única actividad probatoria llevada a cabo consiste en la declaración testifical del promotor del parte disciplinario».

Además, tras el borrado de la cuenta de Twitter, «se advierte que la totalidad de la prueba aportada es de naturaleza indirecta o indiciaria», al no existir «prueba alguna que permita un juicio directo sobre los hechos, ni documentos suscritos por el sancionado que le puedan ser atribuidos». Ello, debido de igual manera a que no existe demostración alguna de la titularidad de la cuenta de X.

Una decisión de los tribunales que, en este caso, ha evitado una sanción a un Guardia Civil por sus expresiones en las redes sociales. Ello, de forma anónima.

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