La Comisión Disciplinaria del CGPJ impone 1.500 € de multa al magistrado Piñar por hacer declaraciones sobre Juana Rivas
El juez Manuel Piñar, en el centro de la mesa, durante el juicio contra Juana Rivas. Foto: Álex Cámara/EP.

La Comisión Disciplinaria del CGPJ impone 1.500 € de multa al magistrado Piñar por hacer declaraciones sobre Juana Rivas

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06/9/2024 05:35
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Actualizado: 06/9/2024 11:51
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Por 4 votos a 3, la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) –correspondiente al anterior mandato–, acordó imponer 1.500 euros de multa al magistrado Manuel Piñar Díaz, extitular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, por mandar un comunicado al diario ABC de Andalucía revelando determinados hechos y datos sobre la causa de Juana Rivas, de la que fue responsable.

El magistrado condenó a Rivas a 5 años de cárcel y 6 de pérdida de la patria potestad porque Rivas no devolvió sus dos hijos menores a su padre en 2016. El Gobierno finalmente indultó parcialmente a la mujer que supuso su puesta «de facto» en libertad.

Piñar ha sido encontrado responsable de una falta grave por divulgar fuera de los cauces legales datos sensibles relacionados con el menor, que estaban protegidos bajo el deber de reserva judicial.

El caso, que derivó en la sanción, ocurrió a finales de 2021, cuando el magistrado decidió no conceder la suspensión de condena a Juana Rivas, una mujer que había sido condenada por sustracción de menores tras negarse a devolver a sus hijos a su expareja en 2016.

En respuesta a las críticas que recibió por esa decisión, Piñar envió un comunicado al diario ABC defendiendo su postura, en el cual reveló detalles sobre un informe médico del menor.

¿Qué reveló Piñar en concreto?

En el comunicado, el magistrado mencionó expresamente que uno de los hijos de Juana Rivas había dicho a un médico: «Alguien me ha hecho daño en el [una parte íntima]».

Piñar también citó el informe del forense, que no descartaba que el niño hubiera sido víctima de abuso sexual, basándose en la valoración pericial.

Esta información, que formaba parte del expediente judicial y estaba vinculada a la solicitud de indulto presentada por Juana Rivas, no debía haberse hecho pública por tratarse de un menor.

El CGPJ consideró, en su resolución –de 12 de junio pasado–, que la divulgación de estos detalles vulneraba el deber de confidencialidad que los jueces deben mantener sobre los casos que afectan a menores, especialmente cuando contienen elementos tan delicados como posibles abusos sexuales.

A pesar de que algunos aspectos del caso ya eran conocidos por la opinión pública, la revelación de detalles específicos no difundidos anteriormente, como las declaraciones del menor y el informe médico, agravaron la situación.

Motivos de la sanción

El Consejo concluyó que la actuación de Piñar constituyó una falta grave, al estar tipificada en el artículo 418.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que prohíbe a los jueces revelar información confidencial relacionada con los casos que conocen, salvo a través de los cauces judiciales establecidos.

La nota de prensa enviada al diario ABC fue considerada un canal inapropiado para la divulgación de dicha información.

El CGPJ desestimó los argumentos del juez, quien afirmó que la información ya había sido publicada por otras fuentes. El Consejo aclaró que el hecho de que parte del caso fuera de conocimiento público no lo eximía de su responsabilidad de proteger los datos sensibles del menor.

La decisión no fue por unanimidad. Formada por 7 miembros, el presidente, Wenceslao Olea Godoy, Álvaro Cuesta Martinez, Juan Manuel Fernández Martínez y Juan Martínez Moya, votaron a favor de la imposición de esa sanción. Por el contrario, sus compañeros, Gerardo Martínez Tristán, Enrique Lucas Murillo de la Cueva y José María Macías Castaño, lo hicieron en contra.

Los tres disidentes, en línea con el Ministerio Fiscal, consideraron que había que archivar el procedimiento.

Consideran que no ha podido acreditarse que Piñar remitiera al nota al ABC al no constar el correo electrónico por el que dicha nota fue remitida. Según explicó el periódico, fue eliminada por el periodista que la recibió en una limpieza periódica. Además, carecía de firma y de cualquier otro dato que permitiera afirmar sin lugar a dudas que fue autor de la misma.

El abogado de Juana Rivas, Carlos Aránguez, expresó su satisfacción por este desenlace y recordó que el magistrado Piñar “sigue siendo investigado en dos procedimientos penales, actualmente todavía en fase de instrucción, uno por delito de odio y otro por un delito de falso testimonio”.

La sanción puede ser recurrida por el magistrado Piñar, que recientemente pasó a la jubilación.

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