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Las botellas rastreadas por Greenpeace podrían provocar que Ecoembes fuese multada por incumplimiento de su responsabilidad. Foto: EP

Ecoembes podría ser sancionado con 100.000 euros por el “reciclado fantasma” de las botellas de plástico

8 / 10 / 2024 05:35

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Ecoembes tiene como principal función el reciclaje de los residuos de envases domésticos ligeros, como envases de plástico, latas o papel. Un trabajo que, sin embargo, Greenpeace ponía sobre el foco de la polémica. Ello, demostrando que algunos de estos envases no acababan en destinos de reciclado, a pesar de haber estado depositados en los contenedores de ese fin. “Experimento” que podría hacer que Ecoembes fuese sancionada por incumplir su cometido. 

“Una organización sin ánimo de lucro que gestiona el reciclaje de los residuos”. Así es como Ecoembes se presenta en su página web, donde ofrece al ciudadano información sobre sus servicios.

Una entidad que opera en España como un Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP).  Así pues, empresas como PepsiCo, P&G, Mercadona o Danone utilizan este sistema colectivo para cumplir con sus obligaciones marcadas por la Ley de Envases.

Obligación consistente en la responsabilidad de reciclar los envases producidos. Algo que ahora se ha envuelto en polémica. Y es que Greenpeace ha realizado un “experimento” en el que, aparentemente, se demuestra que Ecoembes no recicla tanto como asegura en sus informes.

Así pues, Greenpeace depositó nueve botellas de plástico con un rastreador en diferentes contenedores en Madrid. Botellas que, sin embargo, no acababan en las instalaciones de reciclado, sino en vertederos o incineradoras, como Valdemingómez, donde sólo se admiten residuos mezclados. Y por tanto, no reciclables.

Infracciones graves y muy graves en el reciclado

“La normativa de aplicación es la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular”, explica a Confilegal Antonio Benítez Ostos y María José Amo Gago, Socio Director y Directora, respectivamente, en Administrativando Abogados.

Una normativa que, tal y como señalan los letrados, establece sanciones a los sistemas colectivos que infrinjan su cometido de reciclad. Ello, según si sus infracciones son “muy graves, graves y leves”.

Así pues, entre otros conceptos, se establece como muy grave “el abandono, incluido el de la basura dispersa (littering), el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos”, apuntan ambos abogados.  

Antonio Benítez Ostos y María José Amo Gago, Socio Director y Directora, respectivamente, en Administrativando Abogados.
Antonio Benítez Ostos y María José Amo Gago, Socio Director y Directora, respectivamente, en Administrativando Abogados. Foto cedida

Abandono en el que también se contempla la posibilidad de que “se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. O se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente, o cuando se haya producido en espacios protegidos”.

Sin embargo, tal y como recuerdan los letrados, la normativa establece que será una infracción grave “el abandono, incluido el de la basura dispersa, el vertido y la gestión incontrolada de cualquier tipo de residuos no peligrosos, sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas”. Y, del mismo modo, que no se haya producido “daño o deterioro grave para el medio ambiente”.

Infracciones señaladas en la normativa que hacen que, tal y como explica Administrativando Abogados, las botellas rastreadas puedan suponer únicamente una infracción grave de la Ley por parte de Ecoembes.

Sanción a Ecoembes de 100.000 euros, como máximo

“Consideramos que no se podría acreditar el peligro grave o daño a la salud de las personas. O el daño o deterioro grave para el medio ambiente con las botellas aisladas que han sido localizadas en incineradoras o vertederos”, explican los abogados

Una situación ante la que, según la normativa, y si efectivamente es probada, pesaría sobre Ecoembes una multa que iría desde los 2.001 euros hasta los 100.000 euros. Si se tratara de residuos peligrosos o suelos contaminados, la multa ascendería de los 20.001 euros a los 600.000 euros.

Del mismo modo, también, de confirmarse las infracciones, se podría sancionar con “inhabilitación para el ejercicio de cualquiera de las actividades previstas en esta ley por un período de tiempo inferior a un año”. E incluso, la revocación de la autorización durante este tiempo.

“Las sanciones a aplicar serán de tipo pecuniario. No creemos que se llegara a aplicar la medida de inhabilitación o de revocación o suspensión de la autorización, reiteramos, porque se trata de botellas aisladas que no permiten acreditar un incumplimiento de más envergadura”, explican los abogados.

Eso sí, dejando el marco abierto a posibles nuevas investigaciones sobre Ecoembes.

“Si a raíz de la prueba de Greenpeace se realizara una investigación a fondo que permitiera demostrar un incumplimiento de la normativa que llegara a provocar ese peligro grave o daño, las infracciones serían tipificadas como muy graves, con las correspondientes sanciones”, aseguran.

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