El TC declara inconstitucional la diferencia salarial entre letrados coordinadores del Gabinete Técnico del TS

El fiscal general pide al Constitucional inadmitir la pregunta del TS sobre la ley de amnistía por defectos formales

17 / 10 / 2024 10:55

Actualizado el 17 / 10 / 2024 10:55

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha criticado ante el Tribunal Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Supremo contra la ley de amnistía señalando que es inadmisible por defectos formales y porque encajaría más en un recurso de inconstitucionalidad dado que los argumentos atacan la decisión política.

Así, pide la inadmisión o subsidiariamente la desestimación.

El Supremo elevó esa cuestión ante el tribunal de garantías al estudiar la aplicación de la ley de gracia para dos condenados por desórdenes públicos agravados al entender de hacerlo podría ser «contrario a la Constitución» y atentar contra la seguridad jurídica.

Para el fiscal general, «es inadmisible por defectos formales»

Ahora, el fiscal general del Estado, en las alegaciones explica que la cuestión planteada por el Alto Tribunal es inadmisible por defectos formales pero reconoce que si el TC entra en el fondo «contribuirá de forma netamente positiva a reducir la innegable conflictividad política, social y también jurídica que acompaña a la ley cuestionada».

Entre esos defectos, a su entender, está el de que el TS no designa «los preceptos constitucionales supuestamente vulnerados», y afirma que no obstante, produce «mayor reparo» que el Supremo se refiera al artículo 1 de la norma aprobada cuando «en realidad, de la extensa argumentación del propio auto se desprende que tal duda –de inconstitucionalidad– no se centra en el concreto contenido y alcance de dicho precepto legal, sino que abiertamente se extiende a la inconstitucionalidad de la citada ley orgánica en sí misma y en su totalidad».

Para el fiscal general en la cuestión planteada por el Alto Tribunal «opera directamente un salto lógico del objeto formal sobre el que dice proyectar su duda de constitucionalidad al enjuiciamiento de la ley en sí misma, o incluso de la decisión política de la que trae causa».

Sugiere que ese tipo de argumentación encaja mejor en el recurso de inconstitucionalidad reservado a los propios «actores políticos» dado que son «legítimos representantes de las distintas opciones ideológicas llamadas a asegurar el pluralismo político».

Lamenta asimismo que el Supremo no haga mención a una duda precisa de la aplicabilidad de la ley al caso concreto, «sino que se anuda a un juicio global y abstracto de inconstitucionalidad de la ley en su conjunto».

Noticias relacionadas:

Los familiares de víctimas de delitos violentos no necesitan haber convivido para acceder a las ayudas públicas

Culpable de tráfico de drogas, aunque no la poseas ni la adquieras: la «intencionalidad» es suficiente para el delito

La exalcaldesa de Campillo de Arenas, Jaén, condenada por apropiarse con la tasa del mercadillo municipal

El Supremo rechaza la suspensión de plazos procesales por los incendios solicitada por el ICAM

El Supremo aplica la Ley de Amnistía a Meritxell Serret y extingue su responsabilidad penal por el 1-O

Sin casco y con culpa compartida: el Supremo fija en el 50% la responsabilidad de una motorista fallecida en Lorca

Lo último en Tribunales

Fachada del Tribunal Supremo. Foto: EP.

Los familiares de víctimas de delitos violentos no necesitan haber convivido para acceder a las ayudas públicas

despedido falsear parte trabajo oficial de primera

Un trabajador lleva a su empresa ante los tribunales después de ser despedido por simular que trabajaba

TRIBUNAL DE CUENTAS

El Tribunal de Cuentas archiva la denuncia del PSOE por la gestión de los hospitales concertados madrileños

Audiencia Nacional EP

La Audiencia Nacional pide un informe para investigar si la crisis migratoria de Ceuta responde a la acción de un «grupo criminal»

El TSJ de Extremadura deniega una concentración en Mérida por el elevado riesgo de contagio

La Administración no puede «escaquearse» de las visitas presenciales para peritar un inmueble