Beber cerveza en el trabajo: despido improcedente, o justificado, según el momento
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11/11/2024 05:35
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Actualizado: 10/11/2024 20:41
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Consumir cerveza durante el horario de trabajo, y en los descansos durante la jornada, ha llegado a los tribunales. Una realidad que, sin embargo, no siempre acaba siendo un despido procedente para el trabajador. Y es que, dependiendo de las circunstancias en las que se produzca la «pillada» al trabajador, y su grado de embriaguez, el despido por parte de la empresa puede llegar a ser considerado nulo.
«Una cervecita». Un plan de lo más común, especialmente después del trabajo que, sin embargo, puede acabar en despido. Y es que muchos son los trabajadores que, durante su jornada laboral o durante sus descansos en el trabajo, aprovechan para tomarse este pequeño «aperitivo».
Consumo de bebida alcohólica durante las horas de trabajo que ha llegado ante los tribunales. Eso sí, no siempre con el mismo resultado para los trabajadores y las compañías.
Los descansos, o falta de pruebas: claves para el despido improcedente
Así pues, no siempre el tomarse «una cervecita» en el trabajo, supone un despido procedente. Algo que se comprobaba este mes de julio en la sentencia 9856/2024 del Tribunal Superior de Madrid (TSJM).
Caso en el que una trabajadora fue pillada bebiendo cerveza durante un descanso de su jornada laboral como gerente de Mercadona. Situación que se sumaba al hecho de que, apenas unos días antes, un responsable del centro detectaba un supuesto olor a alcohol en la trabajadora. Sentencia que daba a conocer Francisco Trujillo Pons, Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Jaume I y Of Counsel de LABOREA Abogados
Hechos que llevaban al supermercado a despedir a la trabajadora, que acudía a los tribunales, asegurando que la gravedad de la situación no era suficiente para que el despido fuese procedente. Pretensiones escuchadas por el juzgado de instancia. También por el TSJM, que declaraba que no había pruebas suficientes de «embriaguez» de la trabajadora, y condenaba a Mercadona a readmitir a la trabajadora, o a indemnizarla con más de 55.000 euros.
Suceso que se repetía en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Tribunal que revocaba la sentencia inicial. Y así, reconocía que el despido del trabajador era injustificado, condenando a la empresa a una indemnización de 47.000 euros.
Ello, después de que el trabajador, electricista, fuese «pillado» en su hora de la comida accediendo a un Carrefour Express para comprar comida, cuatro latas de cerveza y una litrona. Y es que el TSJMU consideró que los hechos fueron «durante el almuerzo, y su rendimiento no se vio afectado».
Cuando la cerveza sí es motivo de finalización de contrato
Sin embargo, no siempre la suerte parece sonreír a los trabajadores. Y es que, en muchas ocasiones, el consumo de cerveza u otras bebidas alcohólicas sí es suficiente para considerar el despido procedente.
Algo que le sucedía a Justo. Un empleado del supermercado Día que, al llegar a su trabajo en la zona de pescadería, no dudó en acercarse al pasillo de las bebidas y coger varias latas de cerveza. Latas que, posteriormente, otro trabajador se encontraría medio vacías en la cámara frigorífica donde había estado Justo.
Actitud que se repitió en varias ocasiones. Algo que provocó que, la empresa le despidiera de forma procedente, a pesar de no haber sido pillado «in fraganti». Despido que confirmaba el TSJ de Madrid en su sentencia 95/2024.
También el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla se pronunciaba de manera semejante. En este caso, cuando un trabajador llevaba su despido del hotel Selenta Benalmádena a los tribunales. Ello, tras servirse, en diversas ocasiones, «cerveza de grifo» del bar del hotel el vasos de plástico, consumiéndolos en el almacén.
Un despido que la empresa justificaba como transgresión de la buena fe contractual e indisciplina. Algo que confirmaba el tribunal, a pesar del recurso del trabajador.
Sentencias que demuestran que beber cerveza en el trabajo puede ser motivo de despido. Eso sí, en algunas ocasiones, siendo declarado improcedente en los tribunales. Especialmente, según el grado de embriaguez del empleado, o el momento del consumo de bebidas.
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