MINISTERIO DE JUSTICIA
El Ministerio de Justicia impulsa la reforma de los procesos de determinación de edad para proteger los derechos de los menores. Foto: Confilegal.

España refuerza los derechos de los menores en los procesos de determinación de edad

20 / 11 / 2024 05:35

El Consejo de Ministros dio ayer luz verde a dos proyectos de ley que reforman los procedimientos de determinación de la edad. Este cambio busca garantizar los derechos de los menores en consonancia con los compromisos internacionales adquiridos por España, particularmente con el Comité de Derechos del Niño.

El primero de ellos es el Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para regular el procedimiento de determinación de la edad.

Así, la determinación de la edad pasa de ser un proceso administrativo a ser proceso judicial de orden civil, puesto que afecta al estado civil de las personas. Atribuye, con carácter general, la competencia a los Juzgados de Primera Instancia especializados en asuntos de familia o, de no existir especialización, al que por turno de reparto corresponda, del lugar donde se encuentre la Entidad Pública de Protección de menores.

Este procedimiento se basa en principios clave: la presunción de minoría de edad, el derecho del menor a ser oído, la prohibición de pruebas invasivas como desnudos integrales, y la especialización de los profesionales implicados.

Además, garantiza la asistencia jurídica gratuita, intérpretes y representación legal desde el inicio del proceso.

El Ministerio Fiscal participará activamente, y solo se activará el procedimiento en aquellos casos en los que la persona esté indocumentada o haya dudas sobre la validez de los documentos presentados.

El segundo proyecto modifica la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, con el fin de atribuir la determinación de la edad al Juzgado de Menores en aquellos casos en los que la persona se encuentre detenida por presunta participación en una infracción penal y exista duda razonable sobre su minoría o mayoría de edad.

La atribución de esta competencia se fundamenta igualmente en el principio de presunción de la minoría de edad que reconocen el derecho español y el derecho internacional.

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