El BOE publica la derogación del decreto «omnibus» que afectará a las pensiones, el transporte y las ayudas a la Dana

El BOE publica la derogación del decreto «omnibus» que afectará a las pensiones, el transporte y las ayudas a la Dana

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23/1/2025 10:45
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Actualizado: 23/1/2025 10:47
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El BOE confirma la derogación de dos Reales Decretos-ley rechazados en el Congreso: el del gravamen energético y el decreto ‘ómnibus’. Este último incluía la subida de pensiones del año, ayudas al transporte, la extensión del escudo ‘antiopas’, la prohibición de cortes de suministros básicos y desahucios a personas vulnerables, y apoyos adicionales para afectados por la DANA.

Tras la derogación del decreto ‘ómnibus’ con los votos de PP, Vox y Junts, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha explicado que la subida del 2,8 % de las pensiones sí se incluirá en la nómina de enero al haber estado la norma vigente hasta ayer, pero en febrero bajarán las cuantías.

El real decreto que ha decaído también incluía la revalorización del 6 % de las pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) y del 8,1 % del complemento para la reducción de la brecha de género.

El salario mínimo interprofesional (SMI) volverá a la cifra de 2023

De igual manera, con la caída del decreto ‘ómnibus’, el salario mínimo interprofesional (SMI) volverá a la cifra de 2023, que era de 1.080 euros al mes en 14 pagas, debido a que el real decreto también incluía la prórroga del alza del SMI de 2024. Esta situación se mantendrá previsiblemente hasta que se acuerde una nueva alza para el salario mínimo de 2025, algo que actualmente están negociando los agentes sociales y el Ministerio de Trabajo.

El decreto también incorporaba una subida de las cotizaciones sociales que ahora queda paralizada. En concreto, subía la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en una décima, del 0,7 al 0,8 %. Un incremento que no implica una mejora de la pensión futura de los cotizantes, ya que estos recursos se dotarán al Fondo de Reserva para pagar las pensiones de las tres próximas décadas.

También queda suspendida la aplicación de la cuota de solidaridad para los salarios que superen la base máxima de 4.909 euros mensuales (58.908 euros al año), tras revalorizarse un 4 % respecto a 2024, el aumento de las bases máximas de cotización y la subida de la pensión máxima hasta los 3.267,60 euros al mes.

De igual modo, decaen las ayudas al transporte, que habían sido prorrogadas al menos para los seis primeros meses de este año, aunque varias comunidades autónomas y ayuntamientos, entre ellas Madrid, Cataluña, el País Vasco y la Comunidad Valenciana, han anunciado que las mantendrán a la espera de los siguientes pasos del Gobierno.

También decaen algunas medidas fiscales

El rechazo del decreto ‘ómnibus’ implica la caducidad de varias medidas fiscales y de apoyo a los consumidores vulnerables.

Entre estas, se destacan la prórroga del escudo social en materia de energía y las deducciones en el IRPF para eficiencia energética y vehículos eléctricos, que no se extenderán más allá de 2025. También afecta el mantenimiento de la tributación por módulos para autónomos y la deducción por obras de mejora en eficiencia energética de viviendas hasta el 31 de diciembre de 2025.

Además, se incluye el fin de la prórroga en el Impuesto sobre Sociedades para la libre amortización de inversiones en energías renovables prevista hasta 2025, y la modificación en el impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de ciertas entidades financieras para ajustes técnicos y contables.

Por otra parte, la reforma fiscal aprobada por las Cortes Generales y publicada en el BOE establece un nuevo impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos, con vigencia desde el 1 de enero de 2025, aunque el Gobierno había postergado su aplicación hasta abril de 2025, decisión ahora anulada por el rechazo del decreto.

Los gastos extraordinarios derivados de la DANA

Queda sin efecto, además, el régimen excepcional de endeudamiento de las comunidades autónomas durante 2025, donde se permitía a la Comunidad Valenciana formalizar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo o asignar recursos con cargo a los mecanismos adicionales de financiación para financiar los gastos extraordinarios derivados de la DANA.

También decae el incremento de 1.500 a 2.500 euros de la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la Renta.

Por otra parte, queda también sin efecto la prórroga, durante 2025, de los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para autónomos, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.

Asimismo, también decae la extensión para el período impositivo 2025 de los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el IVA.

Medidas energéticas «escudo social» para vulnerables

Además, el decreto ley ahora cancelado prorrogaba durante todo 2025 la prohibición de corte de suministros de agua, luz y gas de personas vulnerables, así como el veto a algunos desahucios.

Asimismo, el blindaje a empresas estratégicas, conocido como ‘escudo antiopas’, queda sin efecto. Se trata de una medida que deja en manos del Ejecutivo la autorización de las inversiones extranjeras en empresas estratégicas cotizadas en las que se pretenda superar el 10% del capital, así como en aquellas no cotizadas en las que la inversión supere los 500 millones de euros.

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