ISDIN exige que la justicia declare desleal la conducta de la OCU, ordene el cese de su actividad y condene a la organización a indemnizar los daños y perjuicios causados.

ISDIN demanda a la OCU por competencia desleal y le acusa de manipular estudios

30 / 01 / 2025 18:09

Actualizado el 01 / 02 / 2025 15:26

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Los Juzgados de lo Mercantil de Madrid han admitido una demanda de ISDIN contra la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). La empresa acusa a esta organización de competencia desleal por su último estudio sobre protectores solares, publicado en marzo de 2024.

También denuncia una supuesta campaña en su contra desde 2019, con informes que califica de “engañosos” y “manipulados.

ISDIN, compañía farmacéutica internacional especializada en el cuidado de la piel, con sede en Barcelona, líder en el mercado de cosmética de farmacia, sostiene que la OCU ha difundido información falsa sobre sus productos, ignorando deliberadamente los ensayos e informes que la compañía puso a su disposición.

La empresa farmacéutica afirma que la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha desautorizado en varias ocasiones los estudios de la OCU y ha avalado los datos aportados por ella. Pese a ello, la organización de consumidores continuó con su campaña. La sola admisión a trámite de la demanda tiene una gran relevancia.

Uno de los puntos clave en esta demanda es el momento en que la OCU publicó su informe: justo antes de Semana Santa, un período crítico para la venta de fotoprotectores.

ISDIN sostiene que esta acción fue premeditada para dañar sus ventas y afectar su reputación en el mercado.

LAS CONCLUSIONES DEL ESTUDIO DE LA OCU SON «FALSAS Y PERJUDICIALES»

En su escrito, la compañía acusa a la OCU de realizar “prácticas desleales de engaño y denigración”. Asegura que el informe contiene “errores metodológicos graves” y que sus conclusiones sobre el factor UVA-PF del producto son “falsas y perjudiciales”.

Además, advierte que los consumidores han sido expuestos a estudios con “criterios opacos y metodologías incorrectas”, generando confusión y desinformación en el mercado.

Otro aspecto que ISDIN impugna es el criterio de selección de productos en los estudios de la OCU. La organización afirma que elige los fotoprotectores más vendidos o las marcas más relevantes del mercado español.

Sin embargo, la compañía desmonta este argumento. Según su análisis, los 15 productos seleccionados por la OCU ni son los más vendidos ni pertenecen a las principales marcas del sector.

De hecho, el único producto relevante incluido en el informe es el fotoprotector de ISDIN, que lidera el mercado con una cuota del 7,3%. El resto de los productos seleccionados ni siquiera figuran entre los 22 más vendidos.

ISDIN exige que la justicia declare desleal la conducta de la OCU, ordene el cese de su actividad y condene a la organización a indemnizar los daños y perjuicios causados. La OCU está presidida por  Miguel Ángel Feito, exsecretario de Estado con Felipe González, y dirigida por Esther Rodríguez Uceda.

LA OCU DISIENTE DE LA DEMANDA DE ISDIN

La OCU, por su parte, ha hecho llegar a Confilegal su respuesta en la que señala que sus estudios se realizan con transparencia y siguiendo criterios científicos ampliamente reconocidos.

«Metodología contrastada e independiente: Todos los análisis de OCU se llevan a cabo en laboratorios acreditados e independientes, siguiendo estándares internacionales de ensayo y sin ninguna influencia comercial. En el caso concreto de los protectores solares, las pruebas han seguido metodologías científicas reconocidas para evaluar la eficacia real de los productos en términos de protección frente a los rayos UVB y UVA y su correcto etiquetado», afirma la OCU.

Sobre la demanda interpuesta por ISDIN, la OCU dice lamentar «que una empresa cuestione la labor de una organización de consumidores recurriendo a la vía judicial en lugar de aportar evidencias técnicas en el marco del debate científico. OCU no dirige sus estudios contra ninguna marca en particular, sino que selecciona los productos de acuerdo con criterios objetivos de presencia en el mercado».

Y señala que la AEMPS «no ha desautorizado los análisis presentados por OCU».

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