El TS confirma la condena de tres años y medio de cárcel a un cartero que robó tarjetas de crédito: se apropió de 22.900 €

16 / 02 / 2025 05:35

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El Tribunal Supremo, en su sentencia 66/2025, ha ratificado la condena de 3 años y 6 meses de prisión impuesta a un cartero por un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos, en concurso con un delito continuado de estafa.

El Alto Tribunal ha considerado que existen nueve indicios sólidos que apuntan directamente a su autoría, desestimando así su recurso de casación. Además de la pena de prisión, el condenado deberá pagar 22.900 euros al Banco Santander en concepto de responsabilidad civil y cumplir 5 años de inhabilitación para empleo o cargo público.

El caso se inició en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Guadalajara, que instruyó el procedimiento contra Alfonso, empleado de Correos y Telégrafos, S.A.. En el proceso también fueron partes el Banco Santander, representado por el Abogado del Estado, y el Ministerio Fiscal.

La condena fue dictada inicialmente por la Audiencia Provincial de Guadalajara, ratificada en apelación por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y finalmente confirmada por el Tribunal Supremo.

Los hechos

Ocurrieron entre junio de 2016 y junio de 2017 en El Casar (Guadalajara). El condenado interceptaba cartas que contenían tanto las tarjetas de crédito o débito como los códigos PIN necesarios para activarlas.

Con ellas en su poder, realizó retiradas de dinero en distintos cajeros, con extracciones que oscilaban entre 40 y 1.000 euros, aunque mayoritariamente sacaba 500 o 600 euros por operación.

En total, se apropió de 15 tarjetas y retiró dinero en Guadalajara, Madrid, Gandía, Almería, Murcia y Málaga.

La Audiencia Provincial de Guadalajara lo condenó por un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos, en concurso con un delito continuado de estafa, imponiéndole además el pago de 22.900 euros al Banco Santander.

Los argumentos del Tribunal Supremo

El condenado recurrió alegando falta de pruebas directas, argumentando que nadie lo vio retirar dinero ni interceptar las cartas. Sin embargo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, compuesta por los magistrados Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, presidente y ponente, Manuel Marchena Gómez, Ana maría Ferrer García, Pablo Llarena Conde y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, rechazó este argumento, destacando nueve indicios concluyentes que probaban su culpabilidad.

Porque el hombre era uno de los pocos carteros con acceso a la correspondencia robada; los sobres de las tarjetas eran fácilmente identificables por su color y textura.

Se comprobó que los PINs también eran enviados en sobres similares y la jefa de reparto de Correos reconoció al acusado en imágenes de las extracciones, fue el único cartero geolocalizado cerca de los cajeros en los que se retiró el dinero.

Además, se constató que sufría una precaria situación económica en el momento de los hechos y las extracciones coincidían siempre con los cuatro días posteriores a su jornada laboral en Correos.

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