Insultar al Rey con “Cortémosle el cuello a este hijo de puta, estamos tardando” supone una multa de 720 euros
Llamar "hijo de puta al Rey" y lamentarse por la pérdida del tiempo transcurrido sin cortarle el cuello, "fue mucho más allá de la legítima aportación personal a un debate político acerca de la monarquía como forma de estado", dice la sentencia. Foto: Confilegal.

Insultar al Rey con “Cortémosle el cuello a este hijo de puta, estamos tardando” supone una multa de 720 euros

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13/3/2025 05:35
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Actualizado: 13/3/2025 01:24
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La Justicia, ese viejo monstruo de pesados engranajes y togas gastadas, ha vuelto a dejar claro que una cosa es ser republicano y otra muy distinta desbarrar como un borracho en una taberna de mala muerte.

La Sala Penal del Tribunal Supremo, formada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, como presidente, Manuel Marchena, ponente, Ana María Ferrer, Susana Polo y Eduardo de Porres, ha confirmado, en su sentencia 180/2025, que Albert Baiges Torres., autor de un tuit particularmente ilustrado sobre Felipe VI, debe rascarse el bolsillo y apoquinar 720 euros de multa por delito de injurias leves a la Corona.

Y todo por escribir en catalán, con un entusiasmo digno de Robespierre y el cadalso, aquello de: “Cortémosle el cuello a este hijo de puta, estamos tardando”.

Lo hizo el 18 de marzo de 2020, mientras el monarca estaba apareciendo en televisión para transmitir su mensaje sobre la pandemia de COVID-19. Un contexto de lo más propicio para los arrebatos revolucionarios de salón y las bravatas de teclado.

El Supremo, que de ingenuo tiene lo justo, ha dictaminado que esta efusión literaria de Baiges no está cubierta por la libertad de expresión.

El abogado del condenado intentó argumentar que la jurisprudencia europea va por otros derroteros. Citó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha dejado claro en varias ocasiones que los líderes políticos deben aguantar más críticas que un ciudadano de a pie.

Trajo a colación el caso Otegi contra España, donde Estrasburgo reprendió a nuestros jueces por no distinguir entre una diatriba política y un insulto personal. Pero Marchena y sus colegas, con la calma del que sabe que tiene la última palabra, despacharon el asunto con un «no aplica aquí».

El tribunal dejó claro que las instituciones del Estado tienen derecho a ser protegidas, y que, aunque se pueda debatir sobre la forma de gobierno, no se puede llamar a la violencia.

Un mensaje que, en estos tiempos de redes sociales inflamables y discursos incendiarios, tiene su lógica.

Y en este punto, los magistrados recuerdan una sentencia de 2022 en la que se confirmó que llamar “hija de puta” a la presidenta de la Junta de Andalucía no era precisamente un hábil ejercicio de argumentación política.

«Es más que evidente que Baiges cuando llamó ‘hijo de puta’ al Rey de España y se lamentó por la pérdida del tiempo transcurrido sin cortar el cuello al Jefe del Estado, fue mucho más allá de la legítima aportación personal a un debate político acerca de la monarquía como forma de Estado”, razonan los jueces con la paciencia de un viejo maestro que explica por enésima vez que el fuego quema y las palabras también.

El caso de Baiges sigue la misma lógica. Porque uno puede estar hasta la coronilla de los Borbones, de la monarquía y hasta de los sellos con la cara del Rey, pero lo que no puede es confundir la tribuna política con el patio de un reformatorio.

“Es más que evidente que Baiges cuando llamó ‘hijo de puta’ al Rey de España y se lamentó por la pérdida del tiempo transcurrido sin cortar el cuello al Jefe del Estado, fue mucho más allá de la legítima aportación personal a un debate político acerca de la monarquía como forma de Estado”, razonan los jueces con la paciencia de un viejo maestro que explica por enésima vez que el fuego quema y las palabras también.

Porque, claro, si se aceptara que llamar “hijo de puta” al Rey es un ejercicio político, ¿en qué se convertiría el debate?

Los magistrados lo dejan claro: un enfrentamiento donde el arma principal sería el diccionario de insultos, una esgrima verbal donde el sable se cambiaría por la navaja trapera.

La convivencia, dicen, no está para estos trotes.

También concluyen que la Audiencia Nacional no se pasó de frenada al condenarle a 4 meses de multa con cuota diaria de 6 euros (720 euros, lo que ha confirmado el Supremo con su sentencia). Se ve que tuvieron un día generoso, porque podría haber sido peor. Mucho peor.

A fin de cuentas, cuando se insulta al Jefe del Estado con el entusiasmo de un revolucionario de salón, hay que estar dispuesto a pagar la cuenta.

Y a juzgar por lo que cuesta soltar barbaridades en redes sociales, quizá más de uno empiece a pensárselo dos veces antes de convertir Twitter (ahora X) en un cadalso virtual. Aunque, viendo el panorama, probablemente no.

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