Así queda el acceso a la carrera judicial y fiscal por turno libre tras la reforma prevista
De acuerdo con la nueva configuración, cambia el tercer ejercicio que consistirá en la resolución de uno o varios casos prácticos, para valorar la capacidad de redacción escrita y argumentación, lógica deductiva, razonamiento y motivación en relación con el supuesto o supuestos que se sometan a valoración. Foto: Confilegal.

Así queda el acceso a la carrera judicial y fiscal por turno libre tras la reforma prevista

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18/3/2025 14:00
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Actualizado: 20/3/2025 15:22
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El Anteproyecto de Ley Orgánica de reforma de la carrera judicial y fiscal introduce cambios significativos en el acceso por turno libre, el método principal por el cual los graduados en Derecho pueden convertirse en jueces y fiscales en España.

Aunque se mantiene la tradicional oposición libre, se han introducido ajustes en la estructura de las pruebas y en la fase de formación para modernizar el proceso y adaptarlo a las necesidades actuales del sistema judicial.

La oposición libre sigue siendo el eje del acceso

El sistema de acceso por oposición libre continúa siendo el método principal de ingreso en la Carrera Judicial y Fiscal. Este proceso sigue estando dirigido a licenciados o graduados en Derecho, que deben superar un exigente proceso selectivo, y se desarrolla en el previsto nuevo artículo 306 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

De acuerdo con el informe sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica (APLO) que reforma la Carrera Judicial y Fiscal, realizado por el Consejo General del Poder Judicial, suponen una gran innovación en las pruebas y traslada a la Ley Orgánica las bases de la convocatoria, cuya configuración es ahora competencia de la Comisión de Selección. Lo que, a juicio del CGPJ modifica sus propias competencias.

Por lo que respecta a las pruebas de acceso por el turno libro, el órgano de gobierno de los jueces considera que suponen una gran innovación en las pruebas.

«El cambio en el sistema de oposición sin un tiempo suficiente de adaptación, tanto de medios de gestión del proceso de selección, como de preparación de opositores, perjudica seriamente el que hasta ahora es el sistema primario de acceso a la carrera judicial, al no estar el cuerpo de opositores preparado para un cambio de este calado sin un periodo de adaptación suficiente, sin que tampoco pueda asumir la Carrera Judicial la falta de convocatorias en previsión a esta adaptación», dice el CGPJ en su informe.

Por lo que propone que, si se aprueba, debería considerarse también un periodo de «vacatio legis» suficiente (4 o 5 años) para su adaptación.

Estructura de la oposición

La oposición –idéntica para los aspirantes a jueces y fiscales– queda dividida en tres ejercicios eliminatorios, diseñados para evaluar el conocimiento teórico y la capacidad práctica de los aspirantes. Un sistema que se asemeja mucho al que se aplica en la oposición a notarías.

Así pues, el primer ejercicio queda definido como un cuestionario tipo test de 100 preguntas sobre las principales materias jurídicas: derecho constitucional, penal, civil, procesal, administrativo, mercantil y laboral. Como hasta ahora, se mantiene como una prueba de cribado para seleccionar a los mejores candidatos.

El segundo ejercicio consistirá en un examen oral ante un tribunal, donde el aspirante debe exponer diversos temas seleccionados al azar. Cinco en total. El objetivo de esta prueba es evaluar los conocimientos, la capacidad de argumentación y expresión oral, competencias fundamentales para el ejercicio de la judicatura y la fiscalía. Igual que hasta ahora.

El tercer ejercicio será diferente. Consistirá en la resolución de uno o varios casos prácticos que debe permitir valorar la capacidad de redacción escrita y argumentación, lógica deductiva, razonamiento y motivación en relación con el supuesto o supuestos que se sometan a valoración.

Cambios en la formación en la Escuela Judicial y el Centro de Estudios Jurídicos

Una vez superada la oposición, los futuros jueces y fiscales pasan a la fase de formación en la Escuela Judicial (para jueces), que se encuentra en Barcelona, o en el Centro de Estudios Jurídicos (para fiscales), en Madrid.

Modificaciones clave en la formación:

Cambio en la nomenclatura: La formación deja de llamarse «curso teórico-práctico» y pasa a ser una «fase práctica de formación y selección», con un enfoque más aplicado.

Refuerzo del aprendizaje práctico: Se aumenta el tiempo dedicado a prácticas en juzgados y fiscalías, para garantizar que los nuevos jueces y fiscales se familiaricen con la realidad de su trabajo antes de asumir responsabilidades.

Nuevas reglas de adscripción: Una vez finalizada la formación, los jueces egresados serán adscritos directamente a un presidente del Tribunal Superior de Justicia, en lugar de una distribución más flexible.

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