Casi cuatro años sin respuestas judiciales: el Juzgado de Muros sigue sin esclarecer la muerte de un menor en una excursión escolar
El embalse de A Fervenza, en Mazaricos, en el que el niño de 14 años perdió la vida hace cuatro años y cuyo caso no ha encontrado, todavía, una solución, a pesar de no se precisamente complicado. Los abogados de la empresa organizadora de la actividad señalan a la tutora y al colegio como responsables porque sabían que el niño no sabía nadar.

Casi cuatro años sin respuestas judiciales: el Juzgado de Muros sigue sin esclarecer la muerte de un menor en una excursión escolar

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16/4/2025 05:38
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Actualizado: 17/4/2025 00:32
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Han pasado casi cuatro años desde que un niño de 14 años murió ahogado durante una actividad extraescolar en el embalse de A Fervenza, en Mazaricos (A Coruña), y el caso sigue sin resolverse.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Muros, población de las Rías Bixas, a 95,6 kilómetros de la capital de la provincia, A Coruña, es el encargado de la investigación. Mantiene paralizada una causa que, desde el inicio, apuntó a posibles negligencias por parte de la tutora del menor, el director del centro educativo y la Consellería de Educación.

El 15 de junio de 2021, una veintena de alumnos de sexto de primaria del CEIP Fogar de Carballo participó en una excursión organizada por el colegio.

La actividad incluía un recorrido en kayak, con chaleco salvavidas, en una zona del embalse.

Al terminar, algunos niños —ya sin chaleco— se bañaron en la orilla.

Minutos después, se dieron cuenta de que uno de ellos había desaparecido. Su cuerpo fue localizado poco después.

EL NIÑO NO IBA A CLASE

Además, había un hecho especialmente sensible: el niño no acudía regularmente a clase, lo que ha generado dudas sobre cómo se autorizó su participación en la actividad. El fallecido era de etnia gitana.

Pese a la gravedad de los hechos, la investigación no avanza. El juzgado aún no ha llamado a declarar como investigados ni a la tutora ni al director, pese a las reiteradas peticiones de la acusación particular —representada por el padre del menor— y de la propia empresa organizadora de la actividad.

Según los escritos presentados, la tutora autorizó el baño a sabiendas de que el menor no sabía nadar. No informó de esta circunstancia a la empresa ni adoptó ninguna medida de vigilancia.

Por su parte, al director se le atribuye una “posición de garante” de la seguridad del alumno, por haber permitido su participación en la excursión y en la actividad de kayak, pese a conocer sus limitaciones.

La responsabilidad que se les imputa no es menor: se trata de custodiar la integridad física de un menor durante el horario escolar.

La empresa que llevó a cabo la actividad sostiene que su función se limitó al apoyo técnico durante el recorrido en kayak y que, tras su finalización, la responsabilidad de vigilancia recaía exclusivamente sobre los docentes.

En su último escrito solicita que se cite como investigados a la profesora que acompañaba al grupo —y que también era su tutora—, así como al director del centro, por no haber comunicado que el menor no sabía nadar y por autorizar el chapuzón final.

Además, la empresa de actividades de ocio, por medio de sus representantes legales –la firma Salceda&Abogados— recurrió una providencia dictada el 31 de marzo, que había denegado varias diligencias clave para esclarecer los hechos.

ACCESO AL HISTORIAL CLÍNICO DEL MENOR

Entre ellas, solicitudes dirigidas a la Consellería de Educación, a los Servicios Sociales del Concello de Carballo y al propio CEIP Fogar. Una línea que sigue el bufete Jiménez Muñiz Abogados, que representa a la aseguradora de la empresa de actividades de ocio.

También reclama el acceso al historial clínico completo del menor, necesario —dicen— para poder encargar un nuevo informe forense, ya que el perito que elaboró el primero ha fallecido.

Impedirlo, sostienen, vulnera el principio de contradicción y limita el derecho a una defensa eficaz.

La causa parece atrapada en un bucle de inacción judicial, acumulando escritos, discrepancias y responsabilidades cruzadas.

La magistrada y el Ministerio Fiscal han rechazado imputar a la tutora y al director del colegio, en una actuación que evidencia una preocupante protección institucional y plantea serias dudas sobre un posible trato discriminatorio por razón de origen étnico, en opinión de los abogados.

A día de hoy, la instrucción no ha logrado despejar ni una sola de las incógnitas centrales del caso.

¿Quién debía velar por la seguridad del menor? ¿Por qué se le permitió bañarse sin saber nadar? ¿Por qué no se informó a la empresa del riesgo evidente? ¿Y por qué, casi cuatro años después, no se han asumido responsabilidades?

El silencio judicial contrasta con el dolor de una familia que, desde 2021, espera justicia.

Lo ocurrido en A Fervenza no fue un accidente inevitable, sino, según apuntan todos los indicios, la consecuencia directa de una cadena de decisiones negligentes por parte del colegio.

Mientras no se resuelva, seguirá siendo una herida abierta para la familia. Y para la confianza de la sociedad en sus instituciones educativas y judiciales.

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