La Comisión La Permanente considera que existen elementos suficientes para continuar indagando sobre los hechos protagonizados por los magistrados Eloy Velasco y Carlos del Valle. Fotos: Confilegal/marathonfoto.com.
La Comisión Permanente devuelve al promotor de la Acción Disciplinaria los expedientes sobre los magistrados Velasco y Del Valle para que se completen
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06/5/2025 13:23
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Actualizado: 06/5/2025 16:45
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La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este martes, por unanimidad, devolver al promotor de la Acción Disciplinaria las diligencias informativas abiertas a los jueces Eloy Velasco y Carlos del Valle para que continúe practicando actuaciones que todavía restan para completar los expedientes.
La decisión supone rechazar temporalmente la propuesta de archivo formulada por el propio Promotor en ambos casos. No quiere decir que se vaya a proseguir la investigación de forma más profunda. Es una decisión que se tomará cuando estén completados los expedientes.
En el caso del magistrado Eloy Velasco, miembro de la Sección de Apelación de la Audiencia Nacional, las diligencias se incoaron tras las quejas recibidas por sus manifestaciones en una conferencia, en la que hizo alusión a la eurodiputada y exministra de Igualdad, Irene Montero.
Las declaraciones, ampliamente difundidas por medios de comunicación, generaron controversia por el contenido y tono de las mismas, que algunos interpretaron como inadecuadas para un miembro del Poder Judicial.
Por su parte, las diligencias contra Carlos del Valle, titular del Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid, se abrieron a raíz de la difusión en medios y redes sociales de la grabación íntegra de la declaración como investigado de un humorista denunciado por una sátira sobre el Valle de los Caídos (actualmente, Valle de Cuelgamuros).
La publicación del vídeo levantó críticas por la posible vulneración del deber de reserva que rige las actuaciones judiciales.
Con esta decisión, la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces considera que existen elementos suficientes para que el promotor continúe indagando los hechos, antes de decidir si procede o no incoar expediente disciplinario.
El acuerdo subraya la necesidad de agotar todas las actuaciones previas posibles para determinar si ambos jueces pudieron incurrir en conductas incompatibles con los deberes propios de su función jurisdiccional.
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