Zara intenta ‘colar’ ante el Tribunal Supremo que los días festivos cuenten como días de descanso de sus trabajadores
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores de Zara a no solapar su día de descanso con un festivo. Foto: EP

Zara intenta ‘colar’ ante el Tribunal Supremo que los días festivos cuenten como días de descanso de sus trabajadores

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29/5/2025 05:35
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Actualizado: 28/5/2025 22:56
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El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los intereses de los trabajadores de Zara en España. Y así, ha reconocido que el día de descanso no puede solaparse con un día festivo nacional, autonómico o municipal. Algo que supone que, en en caso de que coincidan, los empleados de la famosa marca española gocen de un día más de descanso.

La Confederación General del Trabajo (CGT) interponía una demanda de conflicto colectivo frente a Zara España S.A. Ello, buscando que se reconociera que no es ajustado a Derecho «la práctica empresarial consistente en hacer coincidir los descansos semanales variables con los festivos nacionales, autonómicos o municipales».

«Los trabajadores que prestan servicio de lunes a domingo tienen fijado su descanso semanal en los días de la semana, entre lunes y viernes. Esos días son fijos, siempre en el mismo día de la semana para cada uno». Así estipula Zara el horario de algunos de sus trabajadores, que trabajan durante la semana y los fines de semana en la Comunidad de Madrid.

Un planteamiento horario que, tal y como lamentaba la Confederación, contemplaba que, «cuando un trabajador con jornada de lunes a domingo tiene fijado su descanso semanal en un día que resulta ser festivo (solapamiento de descanso semanal y festivo), ese día festivo se considera por la empresa disfrutado, y no se compensa con otro día de descanso».

Una cuestión que provocaba falta de entendimiento entre Zara S.A. y CGT desde 2008. Y que, finalmente, llegaba ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Tribunal ante el que CGT solicitaba que se declarara el derecho de estos trabajadores a disfrutar de estos festivos de forma «extraordinaria». Ello, sin que afectase a sus días de descanso de la jornada laboral.

El Supremo reconoce el derecho de descanso de los trabajadores de Zara

Tribunal que, en su sentencia 141/2023 de 8 de febrero, sin embargo, fallaba en contra de los intereses de los trabajadores.

Así, el TSJM explicaba en su fallo que «el ámbito del conflicto se concreta en quienes disfrutan su descanso semanal en un día fijo de la semana y la empresa, para compensar esas situaciones, concede a estos trabajadores cuatro días de descanso adicional a los previstos en el convenio colectivo, mientras que al resto de trabajadores le ofrece tres días».

«El festivo es disfrutado, en todo caso, y la coincidencia con el descanso semanal es compensada por la empresa con cuatro días de descanso anual, por encima de las previsiones del convenio colectivo», falla el tribunal madrileño.

Algo ante lo que la CGT, junto a Alternativa Sindical de Clase (ASC) presentaron recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la sala de lo Social compuesta por los magistrados Félix Vicente Azón (ponente),Antonio V. Sempere Navarro, Sebastián Moralo Gallego, Juan Manuel San Cristóbal y Ana María Orellana.

Magistrados que, en su sentencia 372/2025, sí reconoce el día de descanso a los trabajadores de Zara. Ello, recordando el Real Decreto 2001/1983sobre la regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, a través de la derogatoria única del RD 1561/1995. Escrito que estipula que «el criterio general debe ser el del disfrute delos festivos laborales en toda su extensión».

«De no adoptarse tal solución, nos encontraremos con la circunstancia de que quienes descansan semanalmente el domingo podrán disfrutar de la totalidad de los festivos anuales. Mientras, aquellos grupos minoritarios que deben trabajar el domingo van a disfrutar de menos descansos. Lo que pugna con los principios que regulan el derecho del trabajo y el descanso laboral en su conjunto».

Razón por la que el alto tribunal falla a favor de los trabajadores de Zara. Y con ello, declara su derecho a que se compense con un día más de descanso, cuando el día establecido coincida con un festivo.

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