La Audiencia Nacional admite a trámite el recurso del abogado Ibor Fernandes contra la consulta pública del Ministerio de Economía sobre la OPA de BBVA y Sabadell. Foto: EP.

La Audiencia Nacional admite a trámite el recurso de Ibor Fernandes contra la consulta pública sobre la OPA de BBVA a Sabadell

30 / 05 / 2025 05:35

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La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso interpuesto por el abogado Ibor Fernandes contra la consulta pública realizada por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa entre los días 6 y 16 de mayo en relación con la oferta pública de adquisición (OPA) del BBVA sobre Banco Sabadell. Así lo ha comunicado el propio despacho del letrado.

El auto judicial, dictado esta semana, requiere al Ministerio la remisión del expediente administrativo completo en el plazo de 20 días. Además, acuerda la formación de una pieza separada para estudiar la medida cautelar solicitada por Fernandes: la suspensión inmediata del uso de los datos recabados a través de dicha consulta. La Administración demandada dispone de 10 días para presentar sus alegaciones al respecto.

El abogado sostiene que la necesidad de adoptar esta medida cautelar cobra aún más importancia tras el anuncio del Ministerio, el pasado martes, de que elevará al Consejo de Ministros la decisión sobre la OPA. En opinión del letrado, permitir que el Ejecutivo tome en consideración los resultados de una consulta «sin cobertura legal» y «con defectos formales graves» puede desvirtuar el procedimiento y generar un precedente muy preocupante.

Fernandes presentó el recurso el pasado 26 de mayo, después de que, el 8 de ese mismo mes, ya hubiera remitido un requerimiento formal al Ministerio instándole a cesar en lo que califica como una «vía de hecho».

El bufete considera que la apertura de la consulta pública no tiene encaje normativo alguno y vulnera de forma directa varios principios básicos del procedimiento administrativo.

Entre los motivos del recurso, el abogado denuncia que el diseño de la consulta es, en sí mismo, contrario al principio de igualdad y no discriminación, ya que discrimina en función de si el ciudadano cree o no que existen motivos de interés general —ajenos a la defensa de la competencia— que puedan verse comprometidos por la operación corporativa.

La estructura del formulario también es objeto de crítica por parte del despacho, que señala la total ausencia de mecanismos de autenticación o verificación de identidad de los usuarios.

Esto, afirma, infringe la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y abre la puerta a «suplantaciones masivas», ataques informáticos o manipulación artificial de las respuestas.

Para Fernandes, este riesgo cobra especial trascendencia en un contexto internacional marcado por intentos de desestabilización de las democracias occidentales a través de la intervención digital de actores ajenos al sistema.

“No estamos ante un juego inofensivo de formularios. Estamos hablando de decisiones que afectan a la arquitectura financiera del país, al mercado y al equilibrio institucional”, subraya.

El recurso también apunta que las preguntas formuladas en la consulta no guardan correspondencia alguna con el procedimiento legalmente previsto en materia de competencia, ni con los trámites previos a la deliberación del Consejo de Ministros.

“Se ha intentado vestir de participación ciudadana una actuación administrativa que no encuentra soporte en ninguna norma vigente. Ni en el procedimiento previsto en la Ley de Defensa de la Competencia ni en el Real Decreto que regula las funciones del Consejo de Ministros hay base habilitante para realizar esta consulta», advierte el despacho.

En definitiva, el recurso considera que el procedimiento de consulta podría tener efectos jurídicos nulos o incluso inconstitucionales, por vulnerar el artículo 14 de la Constitución —principio de igualdad— y por carecer de todo rigor administrativo y jurídico. Por ello, el abogado reclama su impugnación en sede judicial y la inmediata paralización de sus efectos.

Con esta decisión, la Audiencia Nacional entra de lleno en una cuestión que trasciende lo económico y se adentra en el terreno de la legalidad del propio procedimiento gubernamental en operaciones de enorme trascendencia pública y estratégica. La batalla jurídica no ha hecho más que empezar.

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