Manuel Murillo no era un exaltado cualquiera. Tenía un arsenal propio. Poseía formación en tiro de precisión y un objetivo político claro: asesinar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
En septiembre de 2018 fue detenido Murillo, vigilante de seguridad de profesión, 65 años de edad, sin antecedentes penales, se integró en un chat de WhatsApp llamado “Terrassa por España”, donde expresó repetidamente su intención de matar a Sánchez, impulsado por su oposición a la exhumación de Franco del Valle de los Caídos.
Desde junio de 2018, Murillo envió múltiples mensajes por WhatsApp, tanto en grupo como de forma privada, expresando de forma reiterada su intención de acabar con el presidente del Gobierno.
“Si lo sacan me cargo al Sánchez, lo juro” o “Al Sánchez hay que cazarlo como un ciervo y poner la cabeza en la chimenea” mostraban una voluntad clara de ejecutar la acción.
Incluso llegó a proponer formar un “comando” o actuar como “francotirador anónimo”. Y solicitó colaboración. Detalló métodos. Aseguró tener “todo preparado”. Y buscó contactos políticos con capacidad de ayuda logística.
Elaboró planes concretos: propuso alquilar un piso cercano a un acto público del presidente para actuar como francotirador y pidió apoyo logístico a varios interlocutores para conseguir información sobre su agenda, a la que tuvo acceso, medios de transporte y prensa.
Lo que parecía un desahogo ideológico, era en realidad una proposición de homicidio planificada.

UNA MILITANTE DE VOX LO DENUNCIÓ A LA POLICÍA
Con lo que no contó es que una militante de Vox, coordinadora local en Barcelona, se tomó muy en serio sus palabras. Sobre todo cuando le propuso un plan similar a la «Operación Walkiria», el fallido complot que trató de asesinar a Adolf Hitler el 20 de julio de 1944.
«Soy bastante bueno disparando. Sería lo más rápido para que hubiese elecciones ya y sacar a ese hijo de puta de en medio», dijo.
Su interlocutora, lejos de interpretar estas palabras como una simple fantasía, lo denunció a los Mossos d’Esquadra, aportando pantallazos de los mensajes. Durante su declaración en el juicio de la Audiencia Nacional testificó que la proposición era “seria y muy detallada”.
La Policía catalana intervino de inmediato. Detuvo a Murillo el 19 de septiembre.
En su vehículo y domicilio le fueron incautados un fusil de asalto CETME C58 con cargadores, láser y bípode, que fue considerado un arma de guerra por estar en funcionamiento, varios revólveres —algunos modificados para el disparo—, una carabina, una escopeta recortada, una ballesta artesanal, más de 1.000 cartuchos de diversos calibres y una máquina de recarga de munición, pólvora, vainas, proyectiles y un artefacto explosivo de fabricación casera.
En total 13 armas reglamentarias y siete prohibidas, entre ellas un arma de guerra.
Murillo no contaba con permisos para la posesión de armas de guerra o prohibidas. A pesar de ello, no solo las poseía, sino que también las había modificado, rehabilitado y mantenía material de recarga y entrenamiento con fines de precisión.

FANTASÍAS NARCISISTAS, SEGÚN LA DEFENSA
En el proceso judicial que abrió la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contra Murillo por los delitos de proposición para el homicidio contra autoridad con uso de arma y tenencia ilícita y depósito de armas, municiones y explosivos, la defensa construyó su estrategia en torno a la idea de que los mensajes enviados no representaban una amenaza real, sino que eran simples “fantasías narcisistas compensatorias”.
Una tesis que se apoyaba en un informe pericial psiquiátrico que concluía que Murillo no tenía la intención efectiva de cometer un homicidio, sino que buscaba llamar la atención y obtener admiración mediante un discurso radical.
Sus mensajes, argumentó su abogado, reflejaban una verborrea desinhibida, dispersa y exagerada, derivada de factores personales como un complejo de inferioridad, estrés emocional, y consumo de tranquilizantes y alcohol.
E insistió en que si su cliente realmente hubiera planeado un atentado, no habría utilizado WhatsApp para difundir sus intenciones, algo que consideraron absurdo e incompatible con una voluntad homicida genuina.
La defensa también desacreditó la calificación de los delitos vinculados a armas y municiones. Alegó que el fusil CETME no podía considerarse arma de guerra por su mal funcionamiento.
Sobre las armas prohibidas, sostuvo que la prueba era inexistente o insuficiente, señalando fallos mecánicos en la impulsora neumática y la ballesta, y falta de peritaje sobre la escopeta.
Respecto al depósito de municiones, afirmó que la cantidad intervenida (24 cartuchos del calibre .38) era mínima y no bastaba para tipificar el delito. Finalmente, pidió aplicar la atenuante de dilaciones indebidas, denunciando una paralización procesal de dos años y errores competenciales que obligaron a traducir innecesariamente la causa del catalán al castellano.
LA AUDIENCIA NACIONAL «NO COMPRÓ» Y EL SUPREMO, TAMPOCO
El 11 de abril de 2022 la Audiencia Nacional, en primera instancia, tras el juicio, condenó a Murillo por dos delitos graves.
Por el delito de homicidio en grado de proposición, le impuso una pena de 2 años y 6 meses de prisión, junto con la inhabilitación especial para sufragio pasivo durante ese tiempo y una medida de libertad vigilada por tres años.
Por el delito de depósito de armas de guerra, recibió una condena de 5 años de prisión, inhabilitación especial para sufragio pasivo durante la condena, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas por ocho años.
Total, 7 años y 6 meses.
Una sentencia que después fue ajustada al alza por la Sala de Apelaciones de ese mismo órgano judicial. Elevó la pena por delito de homicidio en grado de proposición 1 año, 3 meses y un día de prisión más, hasta los 3 años, 9 meses y un día de prisión. La segunda condena la dejó igual.
8 años, 9 meses y un día de prisión.
La defensa de Murillo, como era de esperar, recurrió en casación ante la Sala de lo Penal del Supremo.
Con nulos resultados. Porque el Alto Tribunal confirmó la condena.
La Sala, formada por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, presidente, Pablo Llarena Conde, Vicente Magro Servet, Susana Polo García y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, ponente, ha concluido, sin lugar a dudas, que Murillo planeó el asesinato del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, motivado por su oposición a la exhumación de Franco y otras decisiones del Ejecutivo.
El tribunal ha rechazado todos los argumentos del recurso de casación, y ha ratificado la pena de 8 años, 9 meses y un día de prisión por los delitos de proposición para cometer homicidio y depósito de armas de guerra.
MURILLO PROPUSO DE FORMA SERIA Y REITERADA LA EJECUCIÓN DEL CRIMEN
En su sentencia 595/2025, el alto tribunal considera probado que Murillo, a través de mensajes enviados entre junio y septiembre de 2018, propuso de forma seria y reiterada la ejecución del crimen, llegó a contactar con simpatizantes y dirigentes de grupos políticos, e incluso pidió ayuda para planificar el atentado, comparándolo con la operación Walkiria contra Hitler.
Además, se comprobó que disponía de un arsenal con fusiles de asalto, revólveres modificados, municiones de guerra y explosivos caseros, que guardaba en su domicilio y vehículo.
El Supremo ha rechazado que se tratara de “fantasías narcisistas” o meras bravatas ideológicas.
“La proposición fue concreta, viable y acompañada de medios reales para su ejecución”, afirma el fallo, subrayando la gravedad del riesgo generado.
Con esta decisión, el Tribunal Supremo reafirma la penalización de los actos preparatorios cuando revelan una verdadera voluntad criminal, así como la peligrosidad del extremismo violento amparado en discursos ideológicos.
La sentencia se convierte en un referente jurisprudencial frente a los intentos de minimizar amenazas serias bajo el argumento de la libertad de expresión o la inestabilidad emocional.