Un decreto judicial ha cruzado la línea roja. El letrado de la Administración de Justicia (LAJ) del Juzgado de Primera Instancia número 32 de Madrid, Fernando Cava García, escribió -el pasado 14 de julio- sobre un abogado colegiado que «quizás el recurrente o/y su asistencia legal adolece de un problema de dislexia mental que debería tratarse médicamente».
La respuesta del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) va a ser contundente: hoy va a presentar una denuncia formal.
El decano Eugenio Ribón ejercerá sus competencias estatutarias de defensa de la profesión y protección de la dignidad del colectivo.
«El respeto institucional hacia la abogacía no es una cuestión de cortesía, sino una condición esencial para garantizar la tutela judicial efectiva y la confianza en el sistema de justicia», informa Ribón.
Y reitera el compromiso del Colegio con la denuncia firme de cualquier comportamiento que degrade, obstaculice o menoscabe el ejercicio libre y digno de la profesión.
Su conclusión marca la línea: «El ICAM, como corporación de derecho público, continuará utilizando todos los instrumentos a su alcance para proteger a sus colegiados y asegurar que el derecho de defensa se ejerza sin presiones, descalificaciones ni ataques personales, especialmente por parte de quienes ostentan funciones públicas».
Vulneración del derecho de defensa
La denuncia llegará a la secretaría coordinadora Provincial de Madrid y al secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y solicitará que se inicie un expediente informativo y que, si procede, se adopten las medidas correctivas correspondientes.
No solo en defensa del profesional afectado, sino del conjunto de la abogacía madrileña y de los principios básicos que rigen un sistema de justicia respetuoso con el Estado de Derecho.
Los hechos se originan en la redacción de un auto de desistimiento donde el LAJ, al referirse al letrado que representaba a una de las partes, incluyó esa expresión literal que el ICAM califica como «profundamente ofensiva, innecesaria y atentatoria contra la dignidad de la abogacía».
El lenguaje utilizado —inapropiado, irónico y clínicamente despectivo— descalifica injustificadamente la capacidad profesional del abogado, desviándose del tono y forma que exige una resolución judicial.
Más grave aún: afecta directamente al libre ejercicio del derecho de defensa.
El ICAM recuerda que esta actuación infringe lo dispuesto en la reciente Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa.
Su artículo 14.3 consagra el derecho de los profesionales de la abogacía a un trato digno, respetuoso e igualitario en todos los ámbitos de actuación, incluidas las relaciones con los órganos judiciales y personal jurisdiccional.
También contraviene los principios recogidos en la Guía del ICAM para la defensa de la Abogacía, que establece que cualquier comentario que humille, denigre o ridiculice al profesional —más aún si queda plasmado en un documento oficial— constituye un supuesto claro de trato desconsiderado institucional.