Opinión | CDL: La ‘Adjudication’ o cómo Inglaterra y Gales reinventó la justicia sin tribunales (II)

Josep Gálvez, «barrister» en las Chambers de 4-5 Gray’s Inn Square, en Londres, y abogado español, completa en esta segunda entrega la explicación sobre la figura de la «adjudication» –que no existe en España–, pensada para solucionar de un modo exprés impagados en el sector de la construcción en el Reino Unido. Foto: JG.

22 / 07 / 2025 05:45

En esta noticia se habla de:

Igual alguno de ustedes recordará que, a comienzos de 2018, el Reino Unido vivió uno de los colapsos empresariales más estrepitosos de su historia moderna: la caída del gigante constructor Carillion.

Con miles de empleados y obras públicas en marcha por todo el país, incluyendo hospitales, líneas ferroviarias o escuelas, la insolvencia de este gigante dejó una estela de impagos y reclamaciones inacabable.

El ambiente era febril. Empresas medianas y pequeñas, subcontratistas de segundo o tercer nivel, se veían empujadas a la ruina por los impagos de Carillion.

Las entidades financieras cerraban el grifo, los certificados de obra quedaban paralizados y los teléfonos de los despachos de abogados especializados en construcción echaban humo.

Unos follones que en otro países hubieran llevado siglos para resolverse ante los tribunales ordinarios.

Pero gracias a la ‘adjudication’ se iniciaron toda serie de procedimientos y así fue como durante meses, los contratistas llamaban directamente al ‘adjudicator’ encargado de su caso.

En la mayoría de  casos, este sistema fue el único respiro legal para recuperar gran parte de los pagos adeudados por la compañía.

En pocos días, se disparó la demanda de técnicos, ingenieros jubilados y arquitectos expertos con dotes decisorias: el sistema, diseñado para resolver en 28 días, funcionó como un respirador artificial para el tejido contractual británico.

La prensa se hizo eco del fenómeno de la ‘adjudication’, completamente desconocido en otros lares.

Medios como The Guardian, Construction News o la mismísima BBC recogieron testimonios de empresarios que, gracias a la ‘adjudication’, habían podido cobrar en pocas semanas lo que llevaría años conseguir ante los tribunales.

Algunos comparaban la figura del ‘adjudicatorcon un juez de urgencias o, con más sorna, con un médico de campaña que estabiliza al paciente para que no la palme antes de tiempo.

Durante esa tormenta financiera, la ‘adjudication’ pasó de ser un mecanismo técnico a convertirse en una herramienta vital de supervivencia empresarial.

Y es que, en Inglaterra y Gales, la ‘adjudication’ no es una moda pasajera ni un invento cosmético.

BREVE RECAPITULACIÓN: QUÉ ES LA ‘ADJUDICATION’ Y POR QUÉ IMPORTA TANTO

Como vimos la semana pasada, la ‘adjudication’ es un mecanismo obligatorio, instaurado por una ley, la Housing Grants, Construction and Regeneration Act de 1996, y está pensado para resolver estrictamente disputas en contratos de construcción de una forma rápida.

Por tanto, se trata de un procedimiento muy técnico y expeditivo, que permite a cualquiera de las partes solicitar la intervención de un ‘adjudicator’, quien, en un plazo ordinario de 28 días, debe dictar una decisión vinculante e inmediatamente ejecutiva.

Y esta es una gran diferencia respecto de la mediación, la terapias naturales, los masajes tántricos o los MASC españoles, de efectividad más cercana a las flores de Bach, la ‘adjudication’ tiene los dientes muy afilados y muerde.

Por eso su resolución en menos de un mes puede forzar el pago inmediato de millones, incluso aunque después la parte perdedora decida llevar el asunto a los tribunales para una revisión más pausada.

Es, en esencia, una justicia de trinchera, seguramente imperfecta, pero muy veloz y profundamente eficaz cuya lógica es sencilla: las obras no se paran por falta de justicia, sino por falta de pagos.

Y en el mundo de la construcción, el tiempo perdido se paga doble.

Por eso el sistema de la ‘adjudication’ parte de una verdad incómoda: la mayoría de los pleitos en obra no giran en torno a grandes principios filosóficos que precisan del mismísimo Wittgenstein para resolverse, sino simplemente cuándo, cuánto y cómo se paga.

Pues para resolver eso, el legislador británico diseñó este mecanismo sin tener que esperar largos años para su tramitación con miles de expedientes por delante que harían desesperar al Santo Job.

LA SOLUCIÓN AL CASO GROVE Y S&T

Como ya vimos, esta disputa se gestó en torno a un proyecto de construcción de un hotel en el aeropuerto de Heathrow.

Grove Developments, como promotor, contrató a S&T (UK) Ltd bajo un típico contrato de construcción inglés, de esos que necesitan una mesa entera para desplegarse y una tarde larga para entender las definiciones.

Y como es costumbre, se preveían pagos por certificaciones.

En la ya célebre certificación número 22, S&T reclamó más de 14 millones de libras de vellón (16,59 millones de euros).

Grove, sin embargo, ni emitió en plazo el pago ni discutió la cantidad, dos formalidades que en derecho inglés son cualquier cosa menos decorativas.

Ese silencio, que en España apenas levantaría una ceja, en Inglaterra equivale a aceptar íntegramente lo reclamado.

Así que S&T activó entonces la ‘adjudication’ por impago, obteniendo una decisión favorable que obligaba a Grove a pagar la dolorosa.

Pero lejos de acatar el resultado, Grove respondió con otra ‘adjudication’, esta vez para discutir el precio de los trabajos efectivamente realizados.

Una contraataque imperial que abría una cuestión espinosa: ¿quien ha guardado silencio puede luego discutir el valor real de lo reclamado?

Pues esa fue la pregunta que acabó en manos de la ‘Technology and Construction Court’, sección muy especializada de la ‘High Court’ de Inglaterra y Gales.

La respuesta marcaría un antes y un después en el derecho inglés sobre el orden y los efectos de las ‘adjudications’.

LA SENTENCIA DE LA ‘HIGH COURT’

La sentencia dictada por el entonces Mr Justice Coulson en 2018, fue un jarro de agua helada para los promotores que creían poder esquivar las consecuencias de sus acciones y sobre todo de sus omisiones.

Con una claridad pedagógica y cierto desdén anglosajón por las tretas de última hora, el tribunal dejó claro que el derecho a una ‘adjudication’ posterior para revisar el valor de una certificación no desaparece.

Pero advirtió que debe ejercitarse después de pagar lo que ha sido previamente validado por una ‘adjudication’.

En otras palabras: Grove debía pagar antes de discutir.

El tribunal no aceptó la lógica circular según la cual un pagador moroso puede cerrar la puerta a cumplir una ‘adjudication’ y luego salir por la ventana con otra para rediscutir la cantidad.

Permitirlo, razonó Coulson, vaciaría de contenido el esquema normativo y premiaría al incumplidor, algo que sin duda haría las delicias al otro lado del Canal.

Y es que la primera ‘adjudication’ tenía efecto ejecutivo, y su cumplimiento es condición sine qua non para abrir una nueva controversia sobre el valor real.

Según el juez, permitir lo contrario sería, en definitiva, un auténtico fraude de ley.

La resolución fue un canto al rigor en el comportamiento contractual ya que el deudor no puede paralizar el cumplimiento inmediato de una resolución anterior alargando el asunto como si fuera una longaniza.

En la práctica, esto consolidó el efecto automático de las ‘adjudications’ y reforzó la seguridad jurídica del sistema: se puede discutir, sí, pero pagui usted antes.

La sentencia fue recibida con entusiasmo en los círculos especializados, viendo por fin desbloqueado cualquier intento de embozar el desagüe procesal de la ‘adjudication’.

Desde la ‘Society of Construction Law’ hasta las columnas de ‘Practical Law’, se celebró el principio que establecía a partir de entonces:

La ‘adjudication’ no es una sugerencia técnica, es una obligación inmediata.

Y eso en un sector donde los retrasos equivalen a bancarrotas, pues no sólo es deseable, era necesaria.

En definitiva, Coulson trazó una línea clara como en los toros, primero se torea, luego se opina en la tertulia.

EPÍLOGO PARA DEVOTOS DEL IMPAGO Y LA MOROSIDAD

Como tantas veces ocurre en este país, la resolución de Coulson no fue sólo un fallo más, sino una declaración de principios del sistema inglés: para discutir hay que pagar antes.

Y si uno se despista con los plazos o pretende marear la perdiz con maniobras de salón, que no espere demasiada compasión con peluca y toga.

Porque el sistema británico tiene sus liturgias y sus ritos, pero no perdona al que trata de pasarse de listo.

Grove aprendió, por las malas, que el silencio cuesta un pastón.

Mientras tanto, en España seguimos coleccionando criterios parajudiciales, esperando que alguien desde arriba nos traiga las tablas que, según dicen, todo lo resuelven adecuadamente.

La comparación no es odiosa, es simplemente dolorosa.

Porque donde en Inglaterra la ‘adjudication’ es bisturí preciso, en España los MASC son meros brindis al sol con vino peleón y avinagrado.

Pero no desesperen, la semana que viene traeremos más pólvora procesal inglesa.

Aún quedan por desgranar otras decisiones que han seguido afilando los contornos de la ‘adjudication’ hasta convertirla en una auténtica máquina de precisión para resolver disputas.

Porque con las cosas de comer no se juega.

Hasta la semana que viene, mis queridos anglófilos.

Josep Gálvez es «barrister» en las Chambers de 4-5 Gray’s Inn Square en Londres y abogado español. Está especializado en litigios comerciales complejos y arbitrajes internacionales. Interviene ante los tribunales de Inglaterra y Gales, así como en España, y actúa también como ‘counsel’ y árbitro en disputas internacionales en las principales instituciones de arbitraje.

Opinión | CDL: La ‘Adjudication’ o cómo Inglaterra y Gales reinventó la justicia sin tribunales (y III)

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