En octubre de 1993, en plena sala de comisiones del parlamento británico, el representante conservador por Rutland and Melton, antiguo contratista y aún más antiguo idealista, comparecía ante un grupo de representantes de la construcción y técnicos ministeriales de alto postín.
Se llamaba Michael Latham y el cromo que tenía sobre la mesa no era menor: proponer una reforma radical del sector seguramente más conflictivo del Reino Unido, la construcción, donde los plazos nunca se cumplían, los costes nunca coincidían, y los pleitos eran tan inevitables como el té a las cinco.
Pero Latham no improvisó.
Y es que, como todo en este país, importaba más su experiencia a pie de calle que sus títulos.
Conocía muy bien las guerras entre promotores, contratistas y subcontratistas, y sabía que muchos los contratos del sector acababan en follones que se eternizaban ante los tribunales.
¿La causa?
Pues según apareció en su informe, “la ausencia de mecanismos de resolución rápida de conflictos”
Aquel mismo día, sin rollos desde el púlpito ministerial, pidió lo impensable.
Instó a que se implantara por ley un procedimiento obligatorio de resolución rápida de disputas en los contratos de construcción.
El informe se publicó meses después, con un título que parecía inocente: ‘Constructing the Team’, (Construyendo el equipo), de 1994.
Entre sus 53 recomendaciones, la número 27 fue la que lo cambió todo: introducir un nuevo procedimiento llamado ‘adjudication’ obligatorio y vinculante en plazos de 28 días, aplicable a toda obra en suelo de Inglaterra y Gales.
Es decir, obtener una decisión ejecutiva, rápida y técnica, que permitiera cobrar antes de que se arruinara la empresa o se fosilizara el asunto en los juzgados.
Sin dilaciones. Sin jueces. Sin togas ni puñetas.
El resultado fue la Housing Grants, Construction and Regeneration Act 1996, una ley que entró en vigor en mayo de 1998 y que es ya una institución jurídica por derecho propio en el sistema jurídico británico.
El modelo fue tan eficaz que, en menos de cinco años, se convirtió en la forma más utilizada de resolver disputas en la construcción, desplazando por completo a tribunales y arbitrajes.
Fue, sencillamente, la revolución silenciosa de la justicia civil inglesa.
¿PERO QUÉ DEMONIOS ES ESO DE LA ‘ADJUDICATION’?
La ‘adjudication’ (pronúnciese siempre con gesto contenido y sin ningún entusiasmo) es, en esencia, un mecanismo creado por los británicos con una idea muy clara: cobrar antes de que se amarillenten las facturas.
Y la joya de esta ley está en su sección 108, donde se reconoce el derecho de cualquier parte de un contrato de construcción, salvo contadísimas excepciones, a someter una disputa a un ‘adjudicator’ en cualquier momento.
Y ese ‘adjudicator’, que no es juez, ni árbitro, ni sacerdote con galones, tiene 28 días para dictar decisión vinculante.
Ni más, ni menos.
¿Y qué tipo de disputas pueden someterse a ‘adjudication’?
Pues prácticamente todas las derivadas del contrato: certificaciones impagadas, retrasos, defectos de obra, deducciones indebidas, e incluso el clásico “no me pagan porque no firmé el acta”.
Pero ojo, porque es un procedimiento ultraespecializado, pensado para que no se pare la obra, no se arruine el personal, y no se convierta en el verdadero protagonista de la construcción.
Por su parte, el nombramiento del ‘adjudicator’ suele regirse por lo pactado en el contrato y si no hay acuerdo, pues lo designa un organismo independiente.
Y ahí entran el ‘Royal Institution of Chartered Surveyors’ (RICS) o el ‘Technology and Construction Solicitors’ Association’ (TeCSA), entre otras organizaciones.
Y puede ser un ingeniero, un arquitecto, un abogado, o un híbrido de todos.
Pero su autoridad está blindada: la decisión es vinculante y ejecutable, aunque no sea definitiva.
Y es que aquí está el detalle inglés que desmonta cualquier tentación continental: el fallo del ‘adjudicator’ debe cumplirse de inmediato, aunque luego se impugne ante los tribunales.
Es decir, primero se paga, luego se discute.
Ninguna suspensión.
Ningún “hasta que se resuelva”.
Ningún “tranquilo, macho, que hasta que esto lo resuelva juez pasarán años”.
Porque, como cualquiera sabe, el tiempo es más caro que el dinero y las grúas no esperan.
Por eso la filosofía de la ‘adjudication’ es brutalmente pragmática: no se trata de alcanzar la verdad, sino de mantener el flujo de caja, que es quien realmente manda.
En otras palabras, aunque la decisión sea una burrada, se acata primero y se combate después.
Porque la justicia, al menos en la construcción inglesa, se mide en semanas.
No con declaraciones grandilocuentes ni alegatos teóricos de quienes no han pisado una obra en su vida.
Por eso la ‘adjudication’ es temida, respetada y utilizada.
Según los datos de la Adjudication Society, cada año se registran más de 2.000 procedimientos, con una duración media inferior a un mes y un índice de cumplimiento que supera más del 90 %.
Todo esto, sin necesidad de darle la tabarra al juez.
Y frente a eso, las alternativas mascachapas de algún que otro país, suenan a sainete burocrático.
Aquí, en cambio, si uno se descuida con un aviso, puede palmar mucha pasta en sólo tres semanas.
Pero ojo, porque no todo ha sido un camino de rosas.
Para ello sería necesario que el sistema judicial británico también diera su visto bueno.
Así que empezaremos por todo un clásico:
‘GROVE DEVELOPMENTS LTD Y S&T (UK) LTD’: EL CASO QUE MARCÓ UN ANTES Y UN DESPUÉS
El caso Grove y S&T es, probablemente, la consagración judicial del espíritu de la ‘adjudication’ británica.
La disputa surgió sobre un contrato de diseño y construcción para un hotel, concretamente el célebre Premier Inn que encontrarán actualmente en la Terminal 4 del aeropuerto de Heathrow.
Grove Developments, como promotor, contrató a S&T (UK) Ltd bajo un modelo clásico de contrato llave en mano, con tantas cláusulas como horas tiene un año, para que se hiciera cargo del proyecto desde el plano hasta el último ladrillo.
Y, como es habitual, el contrato preveía pagos periódicos a través de certificaciones de obra.
En la número 22, S&T reclamó a Grove casi 14 millones de libras.
Grove, en lugar de responder en plazo con la correspondiente notificación de pago (‘Payment Notice’) o discutir la cantidad, dejó pasar el tiempo sin pronunciarse.
Eso lo cambió todo.
Y es que, según la sección 111 de la entonces novedosa ley inglesa, el promotor que no emite dentro de plazo una notificación válida de pago está obligado a pagar el importe íntegro reclamado, incluso si dicho importe es erróneo o excesivo.
La cosa es que S&T inició un procedimiento de ‘adjudication’ contra Grove, ganó la partida en semanas, y la compañia se vio forzado a pagar el pastón de un tirón.
Pero ahí no acabó el asunto.
Grove, convencido de que había apoquinado una suma inflada, quiso iniciar una segunda ‘adjudication’, esta vez para determinar el precio efectivo de los trabajos ejecutados.
En la jerga del sector, esto se conoce como iniciar una ‘true value adjudication’.
Una suerte de “ahora que he pagado, devuélveme lo que te has llevado de más”.
En otras palabras, Grove quería recuperar parte del dinero.
Pero aquí viene el lío.
Y es que Grove aún no había pagado lo que le impuso la primera ‘adjudication’.
Sin embargo, pretendía iniciar la segunda para impugnar la decisión inicial.
Esta secuencia planteaba un problema jurídico de primer orden, ya que permitiría a Grove hacer una pirula y tumbar la primera ‘adjudication’ si salía mal.
Grove defendía que estos eran dos procedimientos jurídicos independientes, y que su derecho a una ‘true value adjudication’ era impepinable.
Por tanto, no debía esperar a cumplir antes de plantearla.
S&T, por su parte, lo vio con claridad cristalina.
Su argumento fue rotundo basado en “hasta que no pague lo que debe, no puede reclamar nada. Que cumpla y luego, si eso, que discuta”.
La disputa acabó, como no podía ser de otro modo, en la ‘Technology and Construction Court’, la catedral moderna del contencioso técnico de la ‘High Court’ de Inglaterra y Gales.
Allí, el caso se convirtió en una causa de manual sobre el funcionamiento interno del sistema de ‘adjudication’, y en particular, sobre el orden jurídico de las acciones.
Y el asunto recayó en el Honorarble Mr Justice Colson, con su particular estilo seco pero muy didáctico.
¿Conseguiría Grover revertir la primera decisión con su triquiñuela?
Pues eso, mucho me temo, lo veremos la semana que viene.
Hasta entonces, mis queridos anglófilos.