Más de 180 opositores, representados por la boutique legal Administrativando Abogados, se han visto afectados en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Administrativo de la Seguridad Social. Un proceso selectivo que contaba con unos criterios selectivos en los que hubo una presunta ausencia de transparencia informativa, y que ahora, han llegado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
Miles son los jóvenes españoles que, año tras año, centran sus esfuerzos en estudiar para conseguir una de las plazas de las convocatorias públicas de empleo. Un proceso selectivo por oposición que no es sencillo. Y que, ahora, se ha convertido en una auténtica pesadilla para más de 180 opositores, afectados por la falta de transparencia de una de estas convocatorias públicas. En concreto, para formar parte del cuerpo administrativo de la Seguridad Social.
La convocatoria de oposición se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el 5 de junio de 2024. Publicación que regulaba las bases para optar a las 2.500 plazas convocadas para el Cuerpo Administrativo de la Seguridad Social. Y que suponía la primera gran oferta en tres décadas, atrayendo a más de 60.000 interesados, de los que 32.000 fueron los que se presentaron.
Sin embargo, pese a lo dispuesto en las bases de la convocatoria y en la normativa que regula el acceso al empleo público, el tribunal calificador procedió a publicar nuevos criterios de corrección. Entre ellos, la imposición de una puntuación mínima o «corte» distintos al contemplado en la convocatoria. Ello, sin ofrecer información clara, suficiente y accesible a todos los participantes.
Desconfianza entre los opositores hacia el tribunal calificador
Una posible ausencia de transparencia que iba a más, haciéndose públicos los resultados sin aportar datos individualizados ni una justificación precisa sobre la baremación o transformación de las puntuaciones obtenidas en cada fase. Algo que suponía un momento de frustración y desesperación para muchos de estos aspirantes.
Así pues, tal y como explican desde Administrativando Abogados, representantes de más de 180 de estos opositores, muchos de ellos han visto frustradas sus expectativas después de meses y años de preparación. Y han quedado fuera del proceso selectivo, por causas ajenas a ellos.
Algo que provoca que, según la boutique legal, la actuación del tribunal calificador en el presente proceso de oposiciones no solo haya vulnerado presuntamente derechos individuales, sino que también ha generado una ola de incertidumbre y desconfianza generalizada entre los miles de aspirantes.

Para Antonio Benítez Ostos, socio-director y fundador de Administrativando Abogados, estos hechos pueden constituir una clara lesión de los principios constitucionales que rigen el acceso y el desarrollo de los procesos selectivos para el empleo público en España. En especial los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como de publicidad y transparencia.
Algo que ha llevado a la firma a presentar un recurso ante el TSJM, solicitando la anulación de la Resolución de 20 de mayo de 2025 que declara la relación definitiva de aprobados en el Cuerpo Administrativo de la Seguridad Social. Ello, al entender que ésta no es ajustada a derecho y lesiva para los intereses legítimos de sus representados, declarándolos aptos conforme a los principios de legalidad y transparencia. Ello permitiría salvaguardar los derechos de los opositores perjudicados.
Un recurso ante el TSJM
Caso en el que Antonio Benítez Ostos confía en que la Justicia de una respuesta adecuada a estos opositores. Ello, corrigiendo las presuntas desviaciones producidas y garantizando en lo sucesivo procesos de selección realmente justos, objetivos y transparentes, conforme a la legalidad vigente y a los valores de nuestro Estado de Derecho.
“Resulta esencial que éstos y otros aspirantes, tengan la certeza de que los procesos selectivos son objetivamente medibles, auditables y previsibles y que los aspirantes conocen con antelación a presentarse y examinarse las reglas a las que van a someterse. La presunta vulneración de principios tan elementales como la publicidad y la transparencia no solo perjudica a quienes se ven directamente afectados, sino que erosiona la legitimidad y la credibilidad de la función pública, esenciales en un Estado social y democrático de Derecho», valora Benítez Ostos.
Una cuestión que también se ve representada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Por ejemplo, en la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2022.
En ella, el Alto Tribunal subrayó que “el principio de publicidad exige que los criterios de actuación del tribunal calificador sean precedentes a la realización de la prueba” y que estos deben ser notificados a los aspirantes para garantizar la seguridad jurídica.
Igualmente, dicha jurisprudencia advierte que cualquier irregularidad en el desarrollo de los procesos selectivos que afecte a la igualdad de oportunidades o a la objetividad de la puntuación puede y debe ser causa de nulidad de la prueba desde el momento en que se detectan las anomalías, urgiendo a la Administración a su repetición conforme a Derecho. Y así, defender los derechos, y el duro trabajo, de cientos de opositores.