La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha solicitado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que acuerde suspender cautelarmente a Álvaro García Ortiz como Fiscal General del Estado (FGE). Ello, apoyándose la asociación de fiscales en el Reglamento del Ministerio Fiscal, que dispone que las normas son válidas para «cualquier miembro del Ministerio Fiscal».
El pasado 9 de septiembre de 2025, el Tribunal Supremo acordaba la apertura de juicio oral contra el FGE, Álvaro García Ortiz.
Una decisión en la que, sin embargo, el alto tribunal rechazaba la suspensión cautelar del actual Fiscal General de su cargo. Algo ante lo que la representación judicial de la APIF ha presentado un recurso de apelación, dirigido a la sala de lo Penal del alto tribunal.
Recurso en el que los abogados Juan Antonio Frago, Verónica Suárez García, Álvaro Bernad Sánchez y Napoleón Cánovas Fernández se han apoyado en el Reglamento del Ministerio Fiscal. Documento que recuerda que Álvaro García Ortiz sigue siendo un miembro más del Ministerio Fiscal.
«Serán aplicables al Fiscal General del Estado las incompatibilidades establecidas para los restantes miembros del Ministerio Fiscal», expone el art. 31.4 de este documento, tal y como recuerda la representación de la APIF en el recurso, al que ha tenido acceso Confilegal.
Incompatibilidades entre las que se encuentra «la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal» en el caso de que se dicte contra él «un auto de apertura de juicio oral», como es el caso del FGE.
«Como a cualquier otro fiscal, le es aplicable el Reglamento, y deviene obligatoria su suspensión cautelar», expone el recurso. Algo que, de no producirse, «generaría un agravio comparativo imposible de justificar«.
Suspensión cautelar de García Ortiz
Además, recuerda la APIF que, de no suspenderse a García Ortiz, también se producirían otras «situaciones anómalas». Entre ellas, el hecho de que el FGE seguirá formando parte «del tribunal que evalúa las pruebas de ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal».
También «recibiría un trato protocolario superior al de todos los magistrados del TS«. Ello, hasta el punto de que, en el juicio oral, García Ortiz «accederá al edificio del Tribunal Supremo por la puerta noble».
«Si Álvaro García Ortiz continuara siendo FGE en el acto del juicio oral, él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir. Y en calidad de tal, podría impartirle órdenes», lamenta el escrito de la APIF.
Una «insólita situación» que supondría, según el recurso, un riesgo de «dinamitar los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Ministerio Fiscal».
«Consideramos particularmente necesario que se suspenda de forma provisional a Álvaro García Ortiz como FGE», solicita por tanto la APIF. Ello, destacando que su único fin es «puramente procesal». Y por tanto, centrado en «garantizar el buen funcionamiento del proceso».