Judit Alexandra González caso begoña gómez
El magistrado Peinado considera que la secretaria general, Judit Alexandra González, estaba al tanto de las actividades privadas de Begoña Gómez.

El juez Peinado cita a la secretaria general de Presidencia para tomarle declaración como encausada en el caso Begoña Gómez

9 / 11 / 2025 17:22

Juan Carlos Pintado, magistrado que instruye la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, ha citado este miércoles a la secretaria general de la Presidencia, Judit Alexandra González, para informarle de que pasa a estar investigada por una posible malversación y para tomarle declaración.

Con su citación, González se convierte en la quinta persona imputada, junto a la propia Gómez; su asesora, Cristina Álvarez; el empresario Juan Carlos Barrabés; y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín.

En el escrito dirigido a González, el magistrado Peinado detalla que la convocatoria sirve para explicarle el procedimiento y los hechos que se le atribuyen, además de escuchar su versión en calidad de investigada por un presunto delito de malversación de caudales públicos.

Subraya expresamente que su testimonio no puede ser tomado como testigo.

Peinado basa su decisión en la “conducta pasiva” que atribuye al anterior secretario general de la Presidencia, Francisco Martín, que ocupó el puesto entre julio de 2021 y marzo de 2023, cuando González asumió el cargo.

Según el auto, cualquier persona con capacidad de supervisión sobre personal contratado o nombrado para funciones públicas podría incurrir en malversación por omisión si, conociendo un uso irregular de recursos públicos y pudiendo evitarlo, no actúa para impedirlo.

El juez sostiene que la Secretaría General estaba al tanto tanto de los actos institucionales de Gómez como de su actividad privada en la Universidad Complutense, donde codirigía una cátedra extraordinaria.

En ese contexto, plantea que podría haberse producido malversación por omisión si no se adoptaron medidas para que Cristina Álvarez, asesora de Gómez en Moncloa, dejara de realizar tareas vinculadas con esa actividad privada.

Según el auto, cualquier persona con capacidad de supervisión sobre personal contratado o nombrado para funciones públicas podría incurrir en malversación por omisión si, conociendo un uso irregular de recursos públicos y pudiendo evitarlo, no actúa para impedirlo.

El magistrado también ha citado como testigos al presidente del Instituto de Empresa, Diego de Alcázar; al responsable de políticas públicas de Google, Miguel Escassi; y al exvicerrector de Relaciones Institucionales de la Complutense, Juan Carlos Doadrio. Los tres ya habían declarado anteriormente en la causa.

En el mismo auto, Peinado rechaza la petición de archivo planteada por las defensas y por la Fiscalía. Además, confirma que cumplirá la orden de la Audiencia Provincial de Madrid de reunificar las dos piezas separadas de investigación, pero mantiene que, si la causa llega a juicio, deberá resolverla un jurado popular. Argumenta que los delitos de malversación y tráfico de influencias están dentro de las competencias exclusivas del tribunal del jurado, lo que arrastra al resto de delitos investigados.

El Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid investiga posibles delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios privados, apropiación indebida, intrusismo y malversación.

La causa se abrió en abril de 2024 a raíz de una denuncia de Manos Limpias, que acusaba a Gómez de aprovechar su posición como esposa del presidente para recomendar a empresarios —entre ellos Barrabés— que participaban en licitaciones públicas.

Más tarde, se añadieron nuevas líneas de investigación tras querellas de Vox por supuestas irregularidades en el registro del software de la cátedra que codirigía Gómez y por un posible desvío de fondos públicos relacionado con el trabajo de Álvarez como asesora.

Aunque la Audiencia Provincial rechazó que se tramitara una pieza separada por este último asunto, sí autorizó que la investigación por presunta malversación siguiera adelante dentro del procedimiento principal.

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