El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha modificado la situación colegial del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños. Ministro quien pasa a figurar en el censo de letrados como colegiado no ejerciente. Ello, debido a la incompatibilidad de su cargo público con el ejercicio de la abogacía. Una decisión que es reversible, tal y como ha recordado el Colegio.
Hace menos de una semana, tal y como contaba Confilegal, Félix Bolaños aparecía, dentro del censo de letrados, como abogado ejerciente. Una posición aparentemente incompatible con su cargo como ministro del Gobierno de Pedro Sánchez. Y que, ahora, se ha modificado desde el ICAM.
Así pues, a través de un comunicado, el colegio ha informado del cambio de situación del ministro. Ello, pasando de abogado ejerciente a no ejerciente. Modificación que se produce tras una denuncia nominativa recibida por la institución, en la que se instaba a verificar la compatibilidad entre la condición de ministro y la de colegiado ejerciente.
A raíz de esta denuncia, y conforme a lo dispuesto en el Estatuto General de la Abogacía Española, la Junta de Gobierno del ICAM se reunió el pasado 21 de octubre, acordando la “adecuación registral” de Bolaños a la categoría de colegiado no ejerciente.
El Colegio ha subrayado que el titular de Justicia mantiene su condición de colegiado, con todos los derechos y prerrogativas que ello conlleva. Asimismo, ha precisado que esta decisión no implica suspensión alguna. Tampoco que suponga un “cuestionamiento de su trayectoria profesional”, ya que su colegiación “se mantiene plenamente vigente”.
Una decisión sobre Bolaños que es «reversible»
Del mismo modo, en la misiva, el ICAM ha recalcado que no consta que el Ministro haya ejercido «materialmente la abogacía» durante su etapa como alto cargo del Ejecutivo. Y que, por tanto, parece cumplirse «el principio de dedicación exclusiva exigido legalmente”.
Así pues, a partir de ahora, Félix Bolaños aparecerá como abogado no ejerciente dentro del censo de letrados. Cambio que, según el ICAM, tiene efectos exclusivamente administrativos y que resulta plenamente reversible en caso de que el ministro deje su cargo oficial. Supuesto en el que podrá retornar a la condición de ejerciente sin impedimento alguno.
El ICAM ha defendido que ha actuado “conforme a su obligación estatutaria de verificación, en un procedimiento reglado y habitual”, describiendo la medida como una “simple actualización registral, sin mayor trascendencia ni efecto sancionador”.
La corporación madrileña ha recordado que este tipo de adecuaciones son frecuentes en casos de incompatibilidad legal sobrevenida, y ha puesto como contexto que actualmente cuenta con 28.295 colegiados no ejercientes, lo que representa aproximadamente el 38 % del censo total.