El Constitucional aborda el conflicto Senado-Congreso por la reforma que redujo penas a condenados de ETA

17 / 11 / 2025 05:42

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El Tribunal Constitucional (TC) tiene previsto aceptar en el Pleno de este martes el conflicto de competencias que el Senado presentó tras la reforma aprobada en el Congreso que permitió rebajar penas a miembros de ETA. Al mismo tiempo, según fuentes jurídicas citadas por Europa Press, el tribunal volverá a centrarse en la ley de amnistía.

El choque entre Cámaras arrancó cuando el Senado impugnó el acuerdo de la Mesa del Congreso del 15 de octubre de 2024 sobre la reforma que actualiza el sistema de intercambio de antecedentes penales en la UE para adaptarlo al ECRIS. La ponencia de la magistrada Inmaculada Montalbán, vicepresidenta del TC, propone admitir el conflicto, y todo apunta a que el Pleno respaldará esa posición.

El Senado reprocha al Congreso haber enviado directamente al Boletín Oficial del Estado la ley que permite dar por cumplidas en España penas impuestas en el extranjero a condenados de ETA.

El Congreso, que rechazó la oposición de la Cámara Alta —popularizada como el rechazo a la “ley Txapote”—, cerró el trámite y remitió el texto al Gobierno para su publicación. Desde el Senado insisten en que su intención es “defender su plena soberanía frente a quienes lo ven como una Cámara subordinada”.

El veto del Senado

La ley salió adelante por unanimidad en un primer momento, pero la Asociación de Víctimas del Terrorismo alertó después de que también beneficiaría a etarras. A raíz de esa advertencia, PP y Vox cambiaron su voto y la rechazaron en el Senado.

La mayoría del PP y un informe de la Secretaría General entendieron esa negativa como un veto, aunque no existía una enmienda a la totalidad.

El PP pidió varias veces a la presidenta del Congreso, Francina Armengol, que sometiera la ley a una nueva votación y avisó de que acudiría al TC si no se atendía su petición, algo que finalmente hizo en diciembre de 2024.

La Mesa del Congreso —con mayoría de PSOE y Sumar— mantuvo que la ley estaba correctamente aprobada y que el Senado había agotado los plazos para vetarla. El Senado, por su parte, acusa a la Mesa de arrogarse una competencia que no tiene y de tratar una decisión del Pleno como si fuera un mero escrito de trámite. Llega incluso a afirmar que la Mesa actuó como si sustituyera al propio TC al pronunciarse sobre la constitucionalidad de su acuerdo, algo sin precedentes.

La amnistía vuelve al Constitucional

El TC retomará además esta semana el análisis de los recursos aún pendientes contra la ley de amnistía. La idea es aplicar la doctrina fijada en junio —cuando el tribunal avaló la mayor parte del texto— a los recursos de Murcia, Andalucía, Valencia y Castilla y León, así como a la cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Hasta la fecha, el tribunal ha resuelto los recursos del PP, de las Cortes de Aragón y la cuestión elevada por el Tribunal Supremo. En su primera sentencia solo apreció tres problemas menores: la “asimetría” entre quienes fueron amnistiados, una “habilitación insólita” para eventuales conductas futuras y la limitación de audiencia a Fiscalía y organismos perjudicados en los casos ante el Tribunal de Cuentas.

En una segunda resolución, dictada en octubre, el TC confirmó que la malversación es amnistiable dentro de los límites marcados por la ley.

Esa precisión llegó después de que magistrados del bloque conservador advirtieran de que el borrador inicial podía anticipar el criterio que debería aplicarse en los recursos de amparo de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras frente a la negativa del Supremo a amnistiar la malversación del 1-O.

Las fuentes consultadas dan por hecho que el Pleno aplicará toda esta doctrina a los casos aún pendientes antes de entrar en los amparos.

Las deliberaciones se reactivarán tras las conclusiones que el Abogado General de la UE presentó el 13 de noviembre en los procedimientos derivados de las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.

Aunque no es vinculante, su criterio suele pesar en el Tribunal de Justicia de la UE. En su informe detectó vulneraciones europeas menores, pero respaldó el núcleo de la ley: descartó que sea una “autoamnistía” y negó que ponga en riesgo los intereses económicos de la UE o la lucha antiterrorista.

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