Expertos de seis países iberoamericanos reunidos por la UNED (Universidad Nacional de Educación a Distancia) han expuesto las luces y sombras de sus modelos nacionales, revelando una realidad compartida: sin estándares claros, valor probatorio reforzado y seguridad jurídica, el «compliance» pierde capacidad preventiva y defensiva. Foto: UNED.

La experiencia iberoamericana en «compliance» penal, a debate en la UNED

10 / 12 / 2025 13:35

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La responsabilidad penal de las personas jurídicas se enfrenta a un reto común a ambos lados del Atlántico: cómo convertir los programas de «compliance» en una herramienta jurídica eficaz y no en un mero requisito formal.

Ese ha sido el eje de la jornada celebrada en la UNED que recibió el título ‘La responsabilidad de la persona jurídica y el «Compliance» en Iberoamérica: retos y oportunidades‘, donde expertos de seis países iberoamericanos han expuesto las luces y sombras de sus modelos nacionales, revelando una realidad compartida: sin estándares claros, valor probatorio reforzado y seguridad jurídica, el «compliance» pierde capacidad preventiva y defensiva.

Para ello, la Universidad concentró el pasado 4 de diciembre a profesionales especializados en Derecho penal económico y «compliance» de distintos países de Latinoamerica.

Los sistemas de Perú, México y Ecuador centraron el debate de la primera mesa redonda

La primera mesa se centró en la realidad de Perú, México y Ecuador. Intervinieron: Dino Carlos Caro, doctor en derecho,  abogado especializado en derecho penal económico y presidente de la Asociación Internacional de «Compliance» de Perú; Manuel Espinoza de los Monteros, doctor en derecho y consultor internacional en «compliance»; y José Roberto Pazmiño, doctor en derecho, abogado especializado en «compliance».

Uno de los puntos más destacados fue la experiencia de Perú, donde, pese a configurarse formalmente como responsabilidad administrativa, el sistema ha evolucionado hacia una responsabilidad penal de facto. En este contexto, los informes técnicos elaborados por la Superintendencia del Mercado de Valores juegan un papel relevante en la valoración judicial de los programas de cumplimiento, reforzando su importancia probatoria en los procedimientos penales.

La situación mexicana puso de relieve los riesgos de la fragmentación normativa. La coexistencia de regulaciones distintas entre estados federados y la falta de una previsión clara en el Código Penal Federal generan un escenario de inseguridad jurídica que dificulta la implantación homogénea del «compliance», especialmente en las empresas multinacionales que operan en el país.

En Ecuador, los ponentes subrayaron una paradoja significativa: aunque la legislación regula detalladamente los sistemas de cumplimiento y reconoce la responsabilidad penal de las personas jurídicas, estos programas no permiten exonerar de responsabilidad, sino únicamente atenuar la pena. Dado que la sanción más habitual para la empresa es la disolución, la utilidad práctica del «compliance» resulta muy limitada, lo que dificulta su implantación real en el tejido empresarial.

La segunda mesa redonda abordó la situación en Chile, Argentina y Brasil

En la segunda mesa se abordó la situación en Chile, Argentina y Brasil, mediante la participación de Raúl Baldomino, juez titular de Juicio Oral Penal en Chile; Juan Pablo Montiel, doctor en Derecho y consultor internacional en «compliance» y Derecho Penal económico; y Eduardo Saad, profesor doctor de Derecho Penal en la USP Ribeirão Preto.

Frente a estos modelos, Chile fue señalado como un ejemplo de impulso normativo reciente. La Ley de Delitos Económicos de 2023 ha ampliado notablemente el ámbito de la responsabilidad penal de la empresa y ha incentivado la adopción de programas de «compliance», al vincular dicha responsabilidad a la ausencia de modelos adecuados de prevención. En Argentina, por su parte, persiste una inseguridad jurídica muy próxima a la española, derivada de la falta de criterios claros y previsibles sobre cuándo un programa de prevención puede considerarse eficaz, así como de la escasa coordinación institucional.

Las conclusiones de la jornada apuntaron a una idea común: sin estándares objetivos, un mayor valor probatorio de los sistemas de cumplimiento y mecanismos de evaluación pública que garanticen su fiabilidad, el «compliance» corre el riesgo de convertirse en un mero requisito formal. Las experiencias iberoamericanas muestran que existen vías de mejora que podrían trasladarse al sistema español para reforzar la seguridad jurídica y convertir el cumplimiento normativo en una herramienta realmente preventiva en el ámbito penal empresarial.

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