eulen trabajadores despedidos
El TSJ de Canarias ha desestimado las pretensiones de los trabajadores de Eurlen, que se aferraban a su posición sindical. Foto: Confilegal

Procedente el despido de cuatro trabajadores de Eulen: desayunaban tres veces, y se iban de compras a Leroy Merlin

10 / 12 / 2025 05:43

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón a Eulen, tras despedir disciplinariamente a cuatro de sus trabajadores por irse a desayunar, o de «recados» personales durante el tiempo de trabajo, y utilizando el transporte de la empresa. Una decisión que los empleados llevaban en recuso de suplicación por su relación con el sindicato CCOO en la empresa.

Mario, Juan María, Pedro Francisco y Victorino (nombres ficticios) trabajaban para Eulen, contando con categoría de «especialistas», y contrato indefinido, con antigüedad desde 2007 y 2008. Empleo que mantenían hasta el 21 de mayo de 2021, cunado la empresa les comunicaba su despido por causas disciplinarias.

Ello, fundamentando su decisión en un informe emitido por Motta Detectives. Documento en el que se aseguraba que los trabajadores «dedican más de 15 minutos para desayunar, almorzar o merendar, llegando a acudir incluso en tres ocasiones en un mismo turno a diferentes bares».

«Emplean tiempo de sus jornadas a hacer compras personales. Leroy Merlin, bazares chinos, ferreterías, tiendas de decoración o Lotería», explica el detective. Recados personales para los que «empleaban el furgón de trabajo».

Actitud que no sólo afectaba a la empresa, sino también a los clientes de la misma. En concreto, «Eulen recibió quejas por parte del cliente Huawei por incumplimientos del servicio». Algo que llevó a la empresa incluso a contratar a un quinto trabajador. Un trabajo que, ahora, realizan dos personas menos, tal y como aseguraba el jefe de proyecto de Eulen.

Un despido que los cuatro empleados elevaban ante los tribunales, en busca del despido nulo o, subsidiariamente, improcedente. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº6 de Santa Cruz de Tenerife. Juzgado que, en su sentencia de 4 de julio de 2024, desestimaba las pretensiones de los trabajadores.

Eulen gana el despido en los tribunales

Decisión ante la que los cuatro trabajadores presentaban un recurso de suplicación ante el TSJC. En concreto, ante la sala compuesta por los magistrados Eduardo Jesús Ramos Real (ponente), María Carmen García Marrero y Félix Barriuso Algar. Magistrados que, en su sentencia 723/2025, desestimaban nuevamente las pretensiones de los cuatro hombres.

Así pues, alegaban tres de estos trabajadores que «estaban afiliados al sindicato CCOO. Circunstancia conocida por la empresa».

«Teniendo en cuenta que uno de ellos ostentaba la condición de delegado sindical, y los otros estaban afiliados al sindicato, no se cumplió de forma correcta el trámite de audiencia previa a la sección de dicho sindicato en la empresa antes de adoptar la decisión sancionadora», alegan.

Algo que, sin embargo, rechaza el tribunal. Y es que, tal y como recordaban los magistrados, «la empresa mantuvo informada en todo momento» al sindicato. Ello, «comunicándosele por escrito y con la debida antelación», la decisión de Eulen sobre los trabajadores. Sin embargo, «la sección sindical de CCOO no emitió informe, cuando pudo hacerlo».

Situación que lleva al tribunal a desestimar el recurso. Y con ello, confirmar el despido procedente, así como la sentencia combatida en todos sus pronunciamientos.

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