Estadio del Atlético de Madrid
La introducción de las tres bengalas en el estadio del Atlético de Madrid fue suficiente para justificar el despido ante los tribunales. Foto: EP

Los tribunales confirman el despido de una trabajadora del Atlético de Madrid que introdujo bengalas en el estadio

25 / 08 / 2026 00:37

Actualizado el 26 / 08 / 2026 00:44

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora de la tienda oficial del Atlético de Madrid. Ello, después de encontrarse, en una bolsa de su propiedad dentro del estado rojiblanco, tres bengalas prohibidas.

Tres bengalas, elementos completamente prohibidos en espacios deportivos como los estadios de fútbol, han sido motivo de despido que ha llegado ante los tribunales.

Flor (nombre ficticio) trabajaba para el Club Atlético de Madrid S.A.D. desde enero de 2023, como personal de Staff de la tienda del club madrileño localizada en el estadio Metropolitano.

Una tienda que tiene acceso directo al campo de fútbol de los rojiblancos.

Puesto de trabajo que mantenía cuando, el14 de marzo de 2025, se encontraba «en la zona de cajas y almacenamiento de la tienda una bolsa, propiedad de la actora que contenía en su interior tres bengalas».

Bolsa que la propia trabajadora, dos días antes, había comunicado a la empresa que la había dejado ahí.

En concreto, muy cerca de la celebración del encuentro deportivo entre el club rojiblanco y el Real Madrid. Proximidad y hallazgo de las bengalas que llevaban al superior de Flor a recordarle que «estaba prohibido introducir objetos pirotécticos dentro del estado ni en la tienda», por lo que el material quedaba en custodia del departamento de seguridad.

Y que provocaba que, apenas unos días más tarde, el 3 de abril de 2025, el club de fútbol procediera al despido disciplinario de la trabajadora, a pesar de que ella insistía que esas bengalas no eran suyas, sino de un hombre al que le estaba guardando el material pirotécnico.

Decisión extintiva de la relación laboral que Flor llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 49, que fallaba en contra de los intereses de la empleada en su sentencia 43/2026, confirmando así la decisión del Atlético de Madrid.

La Justicia da la razón al Atlético de Madrid

Sentencia del Tribunal de Instancia ante la que Flor presentaba recurso de casación ante el TSJM, ante la sala de lo Social compuesta por los magistrados Concepción del Brio Carretero, María Isabel Saiz Areses y Raquel Vicente Andrés (ponente).

Magistrados que, en su sentencia 675/2026, volvían a desestimar las pretensiones de la trabajadora, confirmando así la decisión del Club, y el despido disciplinario de la recurrente.

Así pues, alegaba la trabajadora que «no era creíble que comunicara que se había olvidado de la bolsa con bengalas», así como «que no consta que ella hubiera introducido dichas bengalas en el recinto deportivo».

En concreto, discutía la parte actora en el recurso ante el TSJM la propia existencia de las bengalas.

Unas alegaciones que rechaza el tribunal. Ello, recordando que fue la propia empleada la que avisó a la compañía que se había dejado olvidada la bolsa con el material pirotécnico dentro del recinto del Atlético de Madrid.

«Por lo tanto, debe imperar el relato de hechos probados sobre la versión parcial de la parte interesada», expone el TSJM.

Y así, desestima el tribunal el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora, confirmando la decisión de despido. Sin costas.

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