Sobre estas líneas, la exfiscal general de Venezuela, Luisa Ortega, quien tuvo que huir de su país en 2017 de forma rocambolesca. Ante la amenaza de ser detenida, abandonó el país de madrugada a bordo de una lancha rápida que zarpó desde la Península de Paraguaná hacia la isla de Aruba en el Caribe. Desde Aruba, ella y su grupo tomaron un vuelo privado a Bogotá, Colombia. La decisión de la Audiencia Nacional cierra el caso contra su persona. ,

La Audiencia Nacional confirma la inadmisión de la querella contra la exfiscal general de Venezuela, Luisa Ortega

16 / 01 / 2026 15:41

Actualizado el 16 / 01 / 2026 15:41

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado, en un auto dictado el 14 de enero de 2026, la decisión de no admitir a trámite la querella presentada por Dulce Lilibeth Bravo de Ocando contra la exfiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, y el exministro Miguel Eduardo Rodríguez Torres.

El tribunal rechaza así el recurso de apelación y respalda el criterio del Juzgado Central de Instrucción nº 6.

Los magistrados Fernando Andreu Merelles, presidente, María Teresa García Quesada, ponente, y Joaquín Delgado Martín, de la Seccion Segunda de dicha Sala, han ratificado, en apelación, que la Audiencia Nacional carece de competencia jurisdiccional para investigar los hechos denunciados.

No se cumplen los requisitos legales para que la jurisdicción española pueda asumir el conocimiento del caso, tal como acordó el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Antonio Piña Alonso, al inadmitir la querella.

No se puede atribuir un delito de lesa humanidad

Dulce Lilibeth Bravo de Ocando acusaba a Luis Ortega, representada por el abogado Ismael Oliver, y Miguel Rodríguez, de crímenes de lesa humanidad, torturas y tratos inhumanos o degradantes y responsabilidad institucional, porque ambos formaron parte de una estructura estatal organizada que permitió y encubrió prácticas represivas.

La Sala avala la decisión del juez instructor sobre las pruebas presentadas. Considera que las informaciones periodísticas y los testimonios aportados no son suficientes, por sí solos, para abrir un proceso penal en España ni para transformar una denuncia individual en un supuesto de ataque generalizado o sistemático contra la población civil, elemento esencial del delito de lesa humanidad.

Además, el testimonio personal de la denunciante, aunque describe un posible delito de tortura o contra la integridad moral, no permite atribuir de forma suficiente un crimen de lesa humanidad, ya que no se acredita que los hechos formaran parte de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil, como exige el artículo 7 del Estatuto de Roma.

Frente a la alegación de vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, la Sala recuerda la doctrina del Tribunal Constitucional según la cual el ejercicio de la acción penal mediante querella no comporta un derecho incondicionado a la apertura del proceso, sino únicamente a obtener una resolución motivada.

En este caso, el tribunal considera que la inadmisión fue debidamente razonada y fundada en Derecho.

Asimismo, se indica que los escritos presentados por otras presuntas víctimas no llegaron a adquirir relevancia procesal efectiva al no haberse formalizado correctamente su personación antes de la inadmisión de la querella.

Por qué España no puede juzgar el caso

El tribunal de apelación explica que la jurisdicción española carece de competencia para conocer de los hechos denunciados, supuestamente cometidos en Venezuela.

La Sala recuerda que, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2014, la jurisdicción universal en España tiene carácter restrictivo y excepcional, y exige vínculos de conexión concretos con el Estado español.

En el caso analizado, ni las personas querelladas ni la querellante ostentan nacionalidad española, ni concurren los presupuestos exigidos por el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para atribuir competencia a los tribunales españoles en relación con delitos cometidos fuera del territorio nacional.

Investigación en curso de la Corte Penal Internacional

Uno de los elementos centrales del razonamiento judicial es la existencia de una investigación ya abierta por la Corte Penal Internacional (CPI) sobre la situación en Venezuela por posibles crímenes de lesa humanidad.

La Sala subraya que, conforme al principio de subsidiariedad recogido en la legislación española, los tribunales nacionales no pueden conocer de los mismos hechos cuando ya están siendo investigados por un tribunal internacional del que España es parte.

El auto señala que la investigación de la CPI tiene un alcance objetivo amplio y que será en ese marco donde, en su caso, se depuren las responsabilidades individuales –si las hubiere–, sin que resulte jurídicamente viable una investigación paralela por parte de la jurisdicción española.

Con esta resolución, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la vía judicial en España para esta denuncia concreta, sin imponer costas a la parte recurrente, y deja cualquier posible investigación penal en manos de la justicia internacional.

Quiénes son Luisa Ortega y Miguel Rodríguez

Luisa Ortega fue fiscal general de la República Bolivariana de Venezuela entre 2007 y 2017. Durante gran parte de ese periodo formó parte del entramado institucional del gobierno.

En las semanas precedentes a agosto de 2017, Ortega denunció vulneraciones del orden constitucional y abusos de autoridad, por lo que en ese mes fue destituida de su cargo. Lo que la empujó a huir del país,

rompió con el gobierno de Nicolás Maduro, por lo que fue destituida por la Asamblea Nacional al denunciar vulneraciones del orden constitucional y abusos de autoridad. Ortega huyó del país para proteger su seguridad y evitar arrestos ordenados por el poder chavista. Se convirtió en una disidente.

Desde 2025, Ortega Díaz dirige en España, desde Madrid, la firma Soluciones Integrales L&R, centrada en asesoría jurídica y litigación internacional. Continúa pronunciándose sobre derechos humanos y corrupción en Venezuela, manteniendo una posición crítica hacia el chavismo.

Miguel Eduardo Rodríguez Torres, por su parte, es un militar retirado y exdirigente político venezolano que tuvo un papel relevante en el aparato de seguridad del Estado durante el chavismo.

Fue director del servicio de inteligencia (SEBIN) y ministro del Interior, Justicia y Paz entre 2013 y 2014, en los primeros meses del gobierno de Nicolás Maduro.

Con el paso del tiempo se distanció del poder y adoptó una posición crítica frente a la deriva autoritaria del régimen. En 2018 fue detenido por el propio gobierno venezolano, acusado de conspiración, y permaneció varios años encarcelado.

Tras su excarcelación en 2023, salió de Venezuela y se estableció en España. Actualmente no ocupa cargos públicos, mantiene un perfil bajo y es considerado un exfuncionario disidente, con actividad política limitada y centrada en declaraciones puntuales y gestiones humanitarias relacionadas con presos y derechos civiles.

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