La clínica dental ha reconocido la responsabilidad y ha ejercido el pronto pago, reduciendo así la sanción por protección de datos. La foto no corresponde a la mercantil condenada. Foto: EP

8.000 euros de sanción a una clínica dental por poner las cámaras de vigilancia enfocando a los pacientes y para controlar a sus propios empleados

1 / 02 / 2026 00:45

Actualizado el 01 / 02 / 2026 00:47

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a la clínica dental por poner cámaras de videovigilancia en el interior del centro, las cuales grababan, no sólo la actuación de los trabajadores, sino también las cirugías y tratamientos a los que se sometían los pacientes. Una grabación continua que incumplía el tratamiento de datos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en dos ocasiones, tanto en la protección de datos de los clientes, como de los trabajadores.

Las cámaras de videovigilancia se han convertido en una herramienta muy frecuente en las empresas como sistema de seguridad. Sin embargo, el uso de este tipo de dispositivos debe estar controlado, y contar con las medidas necesarias para cumplir con la protección de datos, tanto de clientes como de trabajadores.

Un caso que provocaba que la empresa Axarquia Velez Dental S.L. ahora haya sido sancionada por la AEPD en dos ocasiones por vulnerar el reglamento de protección de datos personales.

Así, en marzo de 2023, se presentaba ante la AEPD una reclamación contra la clínica dental, manifestándose que en el local se encontraban un total de 11 cámaras de vigilancia, sin la debida señalización. Cinco de estas cámaras, además, se encontraban situadas en los quirófanos donde se atendía a los clientes. Otra dos, en la recepción.

Una reclamación ante la que la Agencia comenzaba una investigación. Y ante la que la empresa aseguraba que las grabaciones respondían únicamente a la seguridad del establecimiento. Además, estipulaba que estas imágenes solo estaban a disposición del director de la clínica dental, y que se eliminaban después de siete días naturales.

Alegaciones que, sin embargo, no eran suficientes para la AEPD.

Vigilancia de los pacientes en la clínica dental

Así pues, estipulaba la Agencia que «el espacio captado por las cámaras instaladas en los gabinetes/quirófanos incluye la zona donde los pacientes se ubican durante su tratamiento en la clínica dental».

Algo que provocaba una grabación «de modo constante» de los pacientes, lo que podría suponer una afectación a sus derechos y libertades, tales como su intimidad. Lo que, para la AEPD, supone una vulneración del artículo 5.1 c) del RGPD.

Infracción de cara a la protección de datos de los pacientes que la Agencia cuantifica en una sanción de 5.000 euros para la clínica dental. Ello, siendo ésta la primera de las dos sanciones impuestas al negocio por las cámaras de seguridad.

Y es que estas mismas imágenes también afectan a la protección de datos de los empleados de la clínica.

«El centro de trabajo es un espacio en el que no puede obviarse el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras», recordaba la Agencia. «La captación de imágenes de forma permanente en una ubicación en la que los trabajadores pueden permanecer largo tiempo, puede afectar a su derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, así como otros derechos y deberes».

Captación que, nuevamente, infringe el artículo 5.1 del RGPD, suponiendo una sanción de 3.000 euros al local.

Sanciones ante las que Axarquia Velez Dental S.L. reconoce su responsabilidad, así como que ejerce el pronto pago, consiguiendo reducir así ambas sanciones hasta un total a pagar de 5.400 euros.

Noticias relacionadas:

Crear una imagen de una chica desnuda con IA es un tratamiento de los datos personales, según la AEPD

Las carreras populares también tienen que cumplir con la protección de datos

La AEPD investiga la prisión de Soto de Real por el uso de datos personales de los trabajadores en el registro horario

18 millones de multa a Amadeus por recopilar datos de miles de pasajeros indebidamente para un proyecto piloto

Tu cara no es un ‘clickbait’: Multa de 500 euros a un youtuber por usar la foto de un tercero en la miniatura de un vídeo

La AEPD deja en el tejado de los delegados de protección de datos la entrega de fotocopia del DNI

Lo último en Tribunales

herencia tribunal supremo

El Supremo cambia las reglas sobre qué ocurre cuando un heredero muere sin aceptar una herencia

violación

Condenado por una violación cometida en 2018 gracias al relato de la víctima de 12 años: el testimonio fue único y verosímil

Müller

El «fraude del CEO» no libra del despido: el TSJ balear avala el cese de una empleada que pagó 14.000 euros pese a las advertencias

CARA

Crear una imagen de una chica desnuda con IA es un tratamiento de los datos personales, según la AEPD

elisa mouliaá instagram playa

Elisa Mouliaá carga contra los «jueces fascistas» desde la playa una semana después de estar «en busca y captura»