Las pruebas de una nueva relación presente en el domicilio de la mujer hace que el tribunal confirme la extinción de la pensión. Foto: Confilegal

Una mujer pierde su pensión compensatoria: su “amigo” era más íntimo de lo que aseguró ante los tribunales

9 / 02 / 2026 05:42

La Audiencia Provincial de Granada ha confirmado la decisión judicial de retirar la pensión compensatoria que cobraba una mujer de su expareja. Ello, entendiendo que el hecho de tener un «amigo» con el que mantenía relaciones íntimas, quien tenía llaves de su casa y con el que llevaba «quedando» meses, es suficiente para entender que esa relación es estable y prolongada en el tiempo.

El 30 de junio de 2021, la Audiencia Provincial de Granada dictó sentencia por la que, en relación al divorcio de Berta y Apolonio (nombres ficticios), estipulaba una pensión compensatoria para la mujer.

Un pago que el exmarido abonó hasta que, en 2024, llevó nuevamente a su expareja ante los tribunales. Ello, solicitado la extinción de esta pensión hacia Berta.

Petición que el hombre fundamentaba en que, a través de un detective privado al que había contratado, pudo conocer que su exmujer mantenía una nueva relación sentimental.

Informe del detective que mostraba que la nueva pareja de Berta no sólo mantenía relaciones sexuales con ella, sino que también, en diferentes días, se pudo comprobar que se cambiaba de ropa en el domicilio, que entraba y salía con sus propias llave, y que abría incluso el buzón del domicilio de Berta.

Demanda que Apolonio presentaba, y que recaía sobre el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Granada. Juzgado ante el que la mujer negaba tener una relación sentimental. Ello, destacando que esa relación sobre la que se habían hecho las averiguaciones no era más que «mera amistad sin convivencia».

Los tribunales anulan la pensión compensatoria al tener una nueva pareja

Juzgado que determinaba, en su sentencia de 8 de octubre de 2024, la estimación de la pretensión ejercida por Apolonio. Y así, la extinción de la pensión compensatoria a favor de su exmujer, debido a su nueva relación sentimental.

Decisión que Berta elevaba, en recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Granada, bajo la magistratura de Lourdes Molina Romero (presidente), Pablo Sánchez Martín (ponente) y Carmen Siles Ortega.

Recurso en el que la mujer apelaba un «error en la valoración de la prueba practicada, pues sostiene que la relación que mantiene con esta persona es de mera amistad y sin convivencia».

«Esta persona reside en otro domicilio, en el que está empadronado, aún cuando reconoce la apelante que mantiene relaciones íntimas con esta persona y que se ven con frecuencia, pero que de ello no puede concluirse que mantienen una relación estable», mantiene la mujer.

Una posición ante la que el tribunal recuerda que, del informe del detective, se extrae la confirmación de la presencia cotidiana de esta tercera persona en el domicilio de la demandada, llegando a pernoctar.

«El actor aporta fotografías publicadas en redes sociales, donde se puede apreciar a la pareja en actitud afectuosa y con expresiones de cariño que se profesan a nivel público y social», valora el tribunal.

Algo que lleva a la Audiencia Provincial a desestimar el recurso, confirmando la extinción de la pensión compensatoria. Con imposición de costas.

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