El Tribunal de Instancia de Madrid, plaza nº 39, bajo la magistratura de Belén Sánchez Hernández, ha acordado el sobreseimiento libre de un hombre, acusado de agresión sexual, después de haber mantenido libremente relaciones sexuales con otro durante la celebración del Orgullo 2025 en Madrid.
Consentimiento. Una palabra que, en los últimos años, ha cogido gran importancia en la relaciones personales e íntimas. Especialmente, desde la aprobación y puesta en marcha de la conocida como Ley del «sólo sí es sí».
Una normativa que nacía con una idea clara: el hecho de que el consentimiento se convirtiera en el centro de las relaciones íntimas entre las personas. Algo que, sin embargo, para muchos se ha convertido en un «arma» después de una relación sexual de la que se arrepienten.
Caso que sucedía durante la celebración del Orgullo LGTBI , en julio de 2025, en Madrid.
Celebración de esta festividad en la que Óscar (nombre ficticio) contactaba con una pareja a través de Grinder, con la que pactó tener relacione sexuales en casa de la pareja. Un encuentro sexual entre los tres que decidían grabar con el teléfono móvil del ahora acusado.
«Antes del acto, la víctima manifestó que tenía pareja, y que las relaciones fueran con condón. Pero durante los diversos actos, la víctima manifestó varias veces que podían quitarse el condón (de forma verbal) y además la propia víctima se ve cómo se lo quita al defendido», explica el abogado del acusado, José Domínguez Tuset, que ha dado a conocer el caso.
Unas relaciones sexuales entre los tres tras las que Óscar, la presunta víctima, salía del domicilio. Y, poco después, denunciaba la agresión sexual por uno de los integrantes de la pareja. Ello, debido a que se quitó el condón durante el acto sexual.
No es agresión sexual si hay consentimiento
Un caso por agresión sexual que llegaba ante la magistrada Belén Sánchez Hernández. Magistrada que, en su auto de febrero de 2026, decretaba el sobreseimiento libre de la causa.
«no existen indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa», explica la magistrada en el escrito.
Ello, debido a que las imágenes aportadas por el acusado, las grabaciones del acto sexual, muestran «claramente como las partes mantienen relaciones sexuales con y sin preservativo, siendo consciente de este extremo el denunciante, quien en ningún momento se opone».
«Si alguien te permite tener relaciones sexuales consentidas y con condón, mejor no te lo quites, salvo que te muestre el consentimiento de forma inequívoca. Grábalo consentidamente o acude con tu notario al acto, para garantizar tu defensa», valora el letrado.
Un caso que lleva a plantearse que, en un momento en el que las relaciones íntimas se han convertido en. una expresión de libertad, en muchas ocasione, se está más oprimido que nunca.