El exdirector adjunto operativo de la Policía Nacional, José Ángel González Jiménez, junto a sus dos abogados, José Carlos Velasco, a la izquierda, y José María Fuster-Fabra. Foto: EP.

El magistrado abre sumario contra el exDAO de la Policía José Ángel González al apreciar indicios de un supuesto delito de agresión sexual

9 / 07 / 2026 05:43

El magistrado David Yediel Mamán Belinchón, titular de la plaza 8 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid,, ha acordado la incoación de sumario contra el exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, José Ángel González Jiménez, al apreciar que los hechos investigados presentan indicios de un supuesto delito de agresión sexual.

La resolución supone un nuevo avance procesal en una causa que, por la gravedad del delito investigado, continuará su tramitación mediante el procedimiento ordinario por sumario y, en su caso, será enjuiciada por la Audiencia Provincial de Madrid.

El instructor ha adoptado esta decisión después de practicar varias diligencias de investigación promovidas por la acusación particular.

Entre ellas se encuentran la incorporación de informes médicos y psicológicos sobre las secuelas que, presuntamente, sufrió la denunciante, además de nuevos audios que, a juicio de su representación procesal, apuntalan la verosimilitud de su relato y revelan contradicciones en las distintas declaraciones realizadas por el investigado durante la fase de instrucción.

Según la acusación particular, estos nuevos elementos probatorios han contribuido a consolidar los indicios que han llevado al magistrado a considerar que los hechos investigados revisten caracteres de un presunto delito de agresión sexual, razón por la que ha acordado la apertura del procedimiento de sumario.

La apertura del sumario significa que el juez aprecia indicios suficientes de un delito grave y acuerda que la investigación continúe por el procedimiento ordinario, reservado con carácter general para infracciones castigadas con penas superiores a nueve años de prisión.

No supone una condena ni la apertura inmediata del juicio oral, sino un paso procesal previo destinado a completar la instrucción antes de decidir si el acusado debe sentarse en el banquillo.

El abogado de la denunciante, Jorge Piedrafita, valoró positivamente la resolución judicial y aseguró que la práctica de las diligencias solicitadas ha permitido fortalecer la base probatoria de la causa.

El letrado afirmó que la acusación continuará impulsando el procedimiento mediante la aportación de nuevas pruebas durante el plazo procesal correspondiente, con el objetivo de sustentar la versión de su representada y reforzar los indicios ya incorporados a la investigación.

Concluida esta fase, corresponderá al instructor decidir si dicta auto de procesamiento y remite la causa a la Audiencia Provincial de Madrid para la celebración del juicio oral o, por el contrario, si considera que no existen pruebas suficientes para continuar el procedimiento y acuerda su archivo.

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