El Tribunal Supremo (TS) ha estimado las alegaciones realizadas por Mediaset contra la demanda de Tanit Grande, expareja de Diego Matamoros. Una decisión con la que el alto tribunal ha negado que se afectase a la intimidad de la hija de Grande en los programas donde se habló de su relación con el hijo de Kiko Matamoros.
Ser una persona conocida o con relevancia pública no siempre es tarea sencilla.
Y es que, en muchas ocasiones, la vida deja de tener carácter privado, para ser objeto de fotografías, comentarios, y opiniones ajenas, incluso de personas desconocidas. Algo que no sólo afecta a la persona protagonista, sino también a sus familiares y amigos.
Una realidad que ha llevado a Tanit Grande, expareja de Diego Matamoros, a enfrentarse a Mediaset ante los tribunales, llegando al Tribunal Supremo.
Ello, en defensa de los derechos de su hija menor de edad.
Así pues, todo comenzaba cuando, el 7 de enero de 2022, en Sálvame Naranja se hablaba de la relación de Grande con Diego Matamoros, durante el programa de «Supervivientes» de 2014.
«En Supervivientes se le envió una ecografía. Yo creo que para él ha tenido que ser un golpe durísimo. Tener la expectativa de ser padre, y de sentirte padre, y que luego eso se desvanezca», valoraban en el programa.
Unas palabras que la mujer llevaba ante los tribunales, interponiendo una demanda contra Mediaset por haber realizado «una intromisión ilegítima en la intimidad personal y familiar» de su hija, por la que exigía una indemnización de 30.000 euros por los daños morales causados.
Un caso que llegaba ante el Juzgado de Primera Instancia nº62 de Madrid que, en su sentencia 328/2023, estimaba parcialmente la demanda, condenando a Mediaset a indemnizar con 6.000 euros a la menor.
Sentencia que recurría en apelación la cadena ante la Audiencia Provincial de Madrid que, en su fallo 14/2025, desestimaba el recurso.
El Supremo falla a favor de Mediaset
Intromisión en la intimidad de un menor que llegaba ante el Tribunal Supremo.
Y es que Mediaset presentaba recurso de casación ante la Sala de lo Civil, compuesta por los magistrados Ignacio Sancho Gargallo (presidente), Rafael Sarazá Jimena (ponente), Pedro José Vela Torres, Nuria Auxiliadora Orellana Cano y Fernando Cerdá Albero.
Magistrados que, en su sentencia 315/2026, estimaban las alegaciones presentadas por la empresa televisiva.
«Mediaset argumenta que en ningún momento en los contenidos audiovisuales objeto del litigio se facilitaron datos desconocidos, ocultos o secretos de la menor», expone el recurso.
Así pues, en contraposición a lo alegado por la progenitora, la empresa aseguró que los datos que se expusieron en el programa ya se conocían con anterioridad. Datos que no eran suficientes para conocer la identidad de la misma.
Igualmente, defiende Mediaset que «el sujeto de la noticia» no era la niña, sino Matamoros, «al comentarse las relaciones que había tenido en los últimos años».
«Las comunicaciones públicas realizadas por Telecinco en su programa Sálvame no repercuten sobre la intimidad de la menor de forma significativa, sino liviana», expone el alto tribunal «y no supusieron la revelación de aspectos personales o de su vida privada desconocidos previamente».
Decisión con la que el Supremo estima el recurso de Mediaset, casando las sentencias anteriores, y desestimando la demanda presentada por la madre de la menor.