España es el último país de Europa en ejecutar sentencias. Hay más de 11.000 millones bloqueados en procedimientos que se eternizan. El presidente de los procuradores lo dice sin rodeos: el sistema está roto. Y la nueva ley orgánica, 1/2025, ha vuelto a mirar hacia otro lado. Lo afirma el nuevo presidente del Consejo General de Procuradores de España, Alberto N. García Barrenechea. Foto: Confilegal.

11.000 millones € bloqueados: la justicia española condena a los acreedores a esperar hasta 6 años para cobrar, según el presidente del CGPE

8 / 05 / 2026 00:45

Actualizado el 09 / 05 / 2026 12:50

Ganar un juicio en España puede ser, paradójicamente, el principio del problema.

La sentencia llega. El juez da la razón. El cliente pregunta cuándo cobra. Y entonces el abogado, o el procurador, tiene que explicar algo que no hay forma de suavizar: que entre ese papel con membrete judicial y el dinero en la cuenta hay un abismo.

Alberto N. García Barrenechea, presidente del Consejo General de los Procuradores de España (CGPE), ayer fue directo en su intervención ante el Congreso Internacional Reflexión y balance tras un año de la Ley Orgánica 1/2025, que se está celebrando en la sede de su institución organizado por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).

«El problema no es obtener una sentencia favorable, sino conseguir cobrarla”, afirmó el presidente de los procuradores, quien alertó de que una ejecución civil tarda de media 42,4 meses —unos 3,5 años—, aunque en algunos partidos judiciales, especialmente en grandes ciudades como Madrid, los plazos pueden elevarse hasta los 77 meses, es decir, más de seis años.

Eso, en los peores casos, como subastas hipotecarias o ejecuciones complejas reguladas en el Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Son datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de los jueces.

Para simplificar: solo se hace efectiva una sentencia de cada cuatro.

Según explicó García Barrenechea, muchos acreedores llegan a perder completamente la posibilidad de recuperar su dinero porque, durante la larga tramitación judicial, las empresas deudoras acaban descapitalizadas o entran en concurso de acreedores.

“Si es una sociedad, no os preocupéis que estará en concurso y nunca cobraremos ese dinero”, lamentó.

«A día de hoy es mucho peor», aseguró.

El último de Europa. Por detrás de Grecia

No es una metáfora. Es una clasificación.

España ocupa el último puesto de la Unión Europea en ejecución de resoluciones judiciales.

Durante años,al menos había un consuelo estadístico: Grecia estaba por detrás.

Ya no. «Grecia nos ha superado», admitió García Barrenechea ante los asistentes al congreso. «Somos con diferencia el país más atrasado».

El recorrido de una ejecución civil ordinaria en Madrid ilustra por qué.

Presentada la demanda de ejecución, el expediente entra en la oficina judicial. Después llega el auto del letrado de la Administración de Justicia. Luego el despacho de ejecución. Después las medidas de embargo.

A continuación la localización de bienes a través del Punto Neutro Judicial.

Cada paso, descrito así, parece sencillo. Cada paso, en la práctica, consume meses. «Todo eso dicho así son 30 segundos», ironizó García Barrenechea. «Son aproximadamente un año y medio. Dos años.»

Y mientras el procedimiento avanza a ese ritmo, el deudor tiene tiempo de sobra. Tiempo para descapitalizarse. Para disolver la sociedad. Para llegar al concurso de acreedores.

«Si comparamos con los tres o cuatro años que lleva una ejecución civil», dijo el presidente de los procuradores, «el panorama es dantesco.»

La desigualdad de armas: Hacienda cobra en días, el ciudadano espera años

El ejemplo que García Barrenechea repite en cada foro es el más revelador.

Cuando un ciudadano incumple un trimestre de IVA, la Agencia Tributaria accede en horas al Punto Neutro Judicial —el sistema que centraliza información patrimonial procedente de bancos, registros y organismos públicos y que reside en el CGPJ— y en cuestión de días tiene embargadas las cuentas y el vehículo.

Sin dilaciones. Sin esperas.

Un acreedor privado con sentencia firme en la mano tarda entre cinco y seis años en recuperar una deuda de 5.000 euros. Si tiene suerte.

«¿Dónde está la igualdad de armas?», preguntó García Barrenechea. La respuesta que él mismo da es política, no jurídica: no existe ningún impedimento legal para que los procuradores tengan acceso directo al Punto Neutro.

El acceso permitiría embargar bienes el mismo día en que se presenta la demanda de ejecución. Pero ese acceso no llega. «Es una cuestión de voluntad política», insistió. «Solo eso.»

La LO 1/2025: avances menores, oportunidad perdida

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, reconoce a los procuradores capacidad para practicar actos de comunicación procesal —notificaciones, emplazamientos, requerimientos— sin pasar por la oficina judicial.

Es el artículo 593 LEC en su nueva redacción, el que García Barrenechea calificó como el más relevante de la reforma para la profesión.

Lo celebró con un símil cinematográfico: «Como en las películas americanas, cuando un señor con gabardina saca un sobre y dice el nombre, Mariano Sánchez, por ejemplo. Eso lo podemos hacer nosotros. En dos días. Lo que el juzgado tarda siete meses o un año.»

Pero ahí acaba el balance positivo.

La ley impone la obligación de recabar el consentimiento informado del cliente antes de realizar esos actos. Para García Barrenechea, es una traba que ignora la naturaleza del mandato profesional y añade burocracia donde no hace falta.

Más grave: la modificación de los artículos 641 y 646 de la Ley de Enjuiciamiento Civil —que regulan las subastas judiciales— exige ahora acuerdo previo entre ejecutante y ejecutado para que una entidad especializada subaste un inmueble.

El efecto práctico es la parálisis.

«¿Cómo voy a llegar a un acuerdo con el ejecutado para subastar su casa?», preguntó. «Ese artículo lo inutiliza. Hay que volver a la redacción anterior.»

105 países lo hacen. España, no

El argumento comparado es contundente y difícil de rebatir.

En 105 países del mundo, los procuradores —o figuras equivalentes— tienen atribuidas funciones de ejecución.

En todos ellos, la pendencia de asuntos ejecutivos ha descendido. La huissier de justice francesa, el deurwaarder neerlandés, el komornik polaco: fórmulas distintas, misma lógica.

Profesionales del derecho con capacidad real de hacer cumplir lo que los jueces ordenan.

España lleva décadas ignorando ese modelo. Y los 11.000 millones siguen ahí, atrapados en un sistema que sentencia pero no ejecuta, que condena pero no cobra.

«Hagamos pedagogía», pidió García Barrenechea. «Fiémonos de la solvencia de los procuradores. Los mimbres están».

El problema, como siempre, no es técnico. Es político.

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