Décadas cotizando para acabar cobrando 400 euros. Esa es la historia que el Congreso ha intentado enmendar este jueves.
El Pleno ha aprobado la proposición de ley que permitirá a los colegiados mutualistas trasladar sus derechos económicos acumulados al Régimen de Autónomos, el RETA.
Y lo ha hecho sin un solo voto en contra, con la única abstención de PP y Vox. El texto viaja ahora al Senado, donde —conviene anticiparlo— se esperan más retoques. Bastantes, probablemente.
Detrás de la aridez técnica hay un drama que se arrastra desde hace años. Afecta a profesionales colegiados —abogados, arquitectos y otros tantos— que, por estar adscritos a un régimen de mutualidad, han terminado en situaciones de desprotección. Pensiones miserables tras toda una vida de trabajo.
Cómo se llegó hasta aquí
Para entender el problema hay que rebobinar. Los sucesivos cambios legales, y muy en particular el de 2005 —cuando las mutualidades pasaron a un sistema de capitalización individual—, convirtieron aquellas aportaciones en algo muy parecido a planes de pensiones privados.
¿El resultado? Profesionales que, tras décadas cotizando, se encontraban con pensiones de 400 o 500 euros. Una nadería.
De ahí nace la reforma que impulsa el PSOE: una pasarela para transferir los derechos acumulados al RETA con la que la pensión, según el caso, podría saltar de esos 300 o 400 euros hasta los 1.200 al mes. Multiplicarla por tres, en los supuestos más favorables.
El texto que entró no es el que ha salido
Aquí está uno de los nudos de la jornada. Lo aprobado este jueves se parece poco a lo que se admitió a trámite en mayo del año pasado. Por el camino, el articulado ha cambiado de cara varias veces, y con él las condiciones de acceso a la pasarela.
El último giro llegó en la propia votación del Pleno. El PP logró mayoría suficiente —con el apoyo de Vox y UPN, y la abstención de Junts y BNG— para tumbar varias limitaciones que ya venían aprobadas de la Comisión de Trabajo.
¿Qué eliminó exactamente? Dos cosas. El borrador de comisión dejaba fuera de la pasarela a los mutualistas pasivos —pensionistas y quienes ya reunían el periodo mínimo para jubilarse por la Seguridad Social— y fijaba un coeficiente del 0,77 para el traspaso de los derechos.
La enmienda popular se carga ambas premisas.
Y suma una tercera previsión: que todo el tiempo en que el profesional estuvo obligatoriamente suscrito a una mutualidad de previsión social sustitutiva —hasta que esta pasó a ser alternativa— compute como tiempo de afiliación y alta en el RETA a efectos del periodo de carencia exigido para la jubilación.
Queda ahora por ver cómo se articula todo esto. Y en el Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta, habrá más cambios. La advertencia importa, porque cualquier modificación que entre en la Cámara Alta tendrá que volver al Congreso para su ratificación antes de llegar al BOE. El último ida y vuelta.
Tres meses para montar el mecanismo
Al margen de lo que ocurra en el Senado, la ley fija un plazo: tres meses desde su aprobación para concretar, por vía reglamentaria, los términos de la transferencia de derechos y su conversión en periodos cotizados al RETA.
El diablo, como siempre, vivirá en ese reglamento.
Hay un guiño a los mutualistas de más edad. Quienes hayan cumplido 52 años a 31 de diciembre de 2026 podrán acogerse a la fórmula 1×1: cada mes completo de alta y cotización en la mutualidad alternativa contará como un mes completo de alta en el RETA en el momento de reconocer la pensión, pero —matiz nada menor— a los «exclusivos efectos» del porcentaje a aplicar sobre la base reguladora.
Y un alivio que se agradece: la transferencia de los derechos acumulados en las mutualidades autorizadas como alternativas al RETA no tendrá consecuencias fiscales en el IRPF. Nada de tributar por mover lo que ya era tuyo.
Las mutualidades, bajo lupa
La reforma no se limita a abrir la puerta de salida. También aprieta las tuercas de la transparencia.
Las mutualidades quedan obligadas a elaborar un informe semestral que recoja, de forma clara, toda la información relevante sobre los fondos de sus mutualistas y su evolución.
Entre otros datos, deberá reflejar el valor actual actuarial de la renta inicial de los fondos —calculado con criterios contrastables y equitativos— y las operaciones realizadas cuyo coste pudiera recaer sobre los propios mutualistas.
Y deberán entregar los documentos que ayuden a entender esas operaciones.
Hay más. Las mutualidades tendrán que remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones toda la documentación que permita una supervisión continua: estados financieros y contables, análisis económico-financiero, cumplimiento normativo, evolución de riesgos y solvencia. Vigilancia permanente, en suma.
Dos sistemas que convivirán
Otro de los puntos finos. Durante la tramitación se aprobaron enmiendas para suprimir la obligación de que los mutualistas se dieran de alta en el RETA después del 1 de enero de 2027. Es decir: el mutualismo alternativo sobrevive. No desaparece.
Quien opte por mantenerse en ese régimen tendrá que disfrutar de los mismos derechos que el ordenamiento reconozca al conjunto de los autónomos, siempre que su financiación no esté estrictamente ligada a las cotizaciones del régimen especial.
Junts, por su parte, se anotó en comisión una enmienda para que el Gobierno elabore, antes del 31 de diciembre de 2030, un informe de evaluación sobre el régimen de alternatividad de las mutualidades frente al RETA.
Y queda escrita otra obligación para el Ejecutivo: aprobar, en el plazo de un año, las reformas normativas necesarias para reforzar la transparencia, la supervisión y el control de las mutualidades respecto de los colegiados que decidan quedarse o entrar en ellas.
Lo que viene
Así que la foto de hoy es la de un consenso amplio sobre el fondo —nadie quiere defender pensiones de 400 euros— pero con la letra pequeña todavía en disputa. El Senado tiene la palabra. Y después, otra vez, el Congreso.
Para miles de abogados y arquitectos que llevan años mirando su futura pensión con desazón, la promesa es concreta: pasar de la supervivencia a algo parecido a la dignidad. Pero entre la promesa y la nómina queda un trecho reglamentario que aún hay que recorrer.