El Supremo rechazó el aforamiento de Ione Belarra en sus declaraciones contra Manuel García Castellón porque las hizo cuando no estaba en el ejercicio de su cargo. Foto: EP/YouTube (Telemiño Ourense).

La Justicia condena a Belarra a indemnizar al juez García Castellón con 9.000 € por llamarle «corrupto» y «prevaricador»

12 / 06 / 2026 12:08

Actualizado el 12 / 06 / 2026 12:08

Nueve mil euros. Esa es la cifra que tendrá que desembolsar Ione Belarra, secretaria general de Podemos y diputada en el Congreso, por haber llamado «corrupto» y «prevaricador» al magistrado jubilado Manuel García Castellón.

Lo ha decidido el Juzgado de Primera Instancia número 45 de Madrid, en una sentencia que pone, al menos de momento, precio a unas palabras lanzadas al ruedo de las redes sociales.

El que fuera durante años uno de los instructores estrella de la Audiencia Nacional —el del caso Tándem, el del caso Villarejo, el de tantas portadas— demandó a la dirigente de la formación morada precisamente por eso: por unos calificativos vertidos en redes que, sostiene la resolución judicial, «constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor» del magistrado, ya retirado.

Pero la condena no se queda en lo económico. El juzgado obliga además a Belarra a difundir el contenido del fallo en su perfil de X —la antigua Twitter, la misma plataforma «en la que se produjo la intromisión en el derecho al honor»— o, en su defecto, en otro medio de características semejantes.

Es decir: que la rectificación viaje por el mismo cauce por el que circuló la ofensa.

García Castellón no pedía calderilla. En su demanda invocaba un «daño moral» y reclamaba la nada despreciable cifra de 350.000 euros, o bien «la cantidad que tenga a bien fijar el juzgado teniendo en cuenta los antecedentes de la demanda, dada la gravedad de la lesión producida y la amplia divulgación de la misma».

El juzgado, ya se ve, ha calibrado la balanza muy por debajo de esa pretensión. El razonamiento del exinstructor era diáfano: las expresiones de Belarra, a su juicio, «carecen de un interés general legítimo y resultan ultrajantes y ofensivas».

Y, para blindar su tesis, echó mano de un clásico de la jurisprudencia constitucional: la libertad de expresión, aun gozando de un amplio campo de protección, «no es ilimitada». Tiene fronteras. Y el honor ajeno, recordó, es una de ellas.

Enfrente, Belarra desplegó el escudo que cabía esperar. Defendió en público que sus calificativos formaban parte del ejercicio inherente a su condición de diputada, amparados por la libertad parlamentaria a la hora de enjuiciar la actuación de un juez.

Una línea de defensa que, sin embargo, encontró un primer obstáculo mucho antes de llegar a este juzgado madrileño.

Porque hubo un capítulo previo, y conviene no olvidarlo. García Castellón llamó primero a la puerta del Tribunal Supremo, dado que Belarra está aforada ante el alto tribunal por su acta de diputada.

Pero la Sala de lo Civil le cerró el paso con un argumento de fino bisturí procesal: las palabras de la dirigente en redes no las profirió «en el ejercicio de su cargo».

No eran, por tanto, manifestaciones parlamentarias en sentido estricto, sino mensajes de una ciudadana —diputada, sí, pero actuando extramuros del escaño— en una red social. Y eso desactivaba el aforamiento.

El Supremo, en consecuencia, devolvió la pelota a los juzgados de primera instancia y dejó en manos del propio García Castellón la tarea de reactivar el pleito en la instancia ordinaria. Lo hizo.

Y ahí está el resultado. La historia, eso sí, podría tener todavía una segunda parte.

La sentencia no es firme: cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid. Habrá que esperar para saber si Belarra apura ese cartucho.

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