Aldama expresa su «libre consentimiento, expreso, terminante y no condicionado» para llevar a cabo dichos trabajos. Foto: EP

Aldama acepta realizar un año de trabajos para la comunidad para evitar su ingreso en prisión

24 / 06 / 2026 16:00

Actualizado el 24 / 06 / 2026 16:05

El empresario Víctor de Aldama ha comunicado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que acepta realizar trabajos en beneficio de la comunidad durante un año, una de las condiciones impuestas por el alto tribunal para suspender la ejecución de la pena de cuatro años y medio de prisión que le fue impuesta en el denominado ‘caso mascarillas’.

Según un escrito presentado este miércoles, Aldama expresa su «libre consentimiento, expreso, terminante y no condicionado» para llevar a cabo dichos trabajos comunitarios.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo condenó al empresario por delitos de organización criminal y cohecho, pero acordó suspender el cumplimiento de la pena privativa de libertad al apreciar en su favor la atenuante analógica de colaboración muy cualificada por la «aportación realizada al descubrimiento de los delitos».

La suspensión de la pena está sujeta a varias condiciones

La decisión del Supremo quedó condicionada al cumplimiento de una serie de requisitos durante el periodo de suspensión.

Entre ellos, que Aldama no vuelva a delinquir durante los cinco años de duración de la suspensión, que realice durante un año trabajos en beneficio de la comunidad y que presente un informe semestral de actividades.

En el escrito remitido al tribunal, el empresario manifiesta su conformidad con que esos trabajos se desarrollen en las actividades de utilidad pública que determinen la Administración, una entidad pública o una asociación de interés general, y que se ejecuten en los términos fijados por la sentencia.

La Sala de lo Penal había señalado expresamente en su resolución que el consentimiento del condenado para realizar trabajos en beneficio de la comunidad constituía un «requisito indispensable» para poder hacer efectiva la suspensión de las penas privativas de libertad.

Con la presentación de este escrito, Aldama formaliza su aceptación de una de las condiciones exigidas por el Supremo para evitar su ingreso en prisión tras la condena impuesta en el ‘caso mascarillas’.

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