El tribunal modifica su criterio anterior, que consideraba arriesgados estos sondeos en el monumento del Valle de los Caídos. Foto: EP

El TSJM levanta la suspensión cautelar de los sondeos en el Valle de los Caídos, dejando sin efecto su propia resolución

1 / 07 / 2026 13:33

Actualizado el 01 / 07 / 2026 13:34

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado levantar la suspensión cautelar que mantenía paralizados los trabajos de perforación y sondeos geotécnicos en el Valle los Caídos, al concluir que mantener esa medida podría ocasionar perjuicios al interés general al retrasar el proceso de resignificación previsto en la Ley de Memoria Democrática.

La decisión deja sin efecto la resolución dictada por la propia Sala el pasado mes, cuando acordó paralizar cautelarmente los trabajos tras apreciar la existencia de razones de urgencia ante el riesgo de que pudieran producirse daños en el conjunto monumental.

En esta nueva resolución, el TSJM considera que el mantenimiento de la suspensión cautelar ya no resulta justificado.

La Sala recuerda que la Ley de Memoria Democrática establece expresamente entre sus objetivos la resignificación del Valle de Cuelgamuros, un proceso que necesariamente requerirá la ejecución de diversas obras para modificar la configuración actual del enclave.

A juicio del tribunal, impedir la realización de los sondeos supondría retrasar esos trabajos preparatorios y, con ello, el desarrollo del proyecto impulsado por la Administración.

Trabajos «imprescindibles» en el Valle de los Caídos

La resolución recoge los argumentos esgrimidos por la Abogacía del Estado, que solicitó el levantamiento de la medida cautelar apoyándose en un informe elaborado por la empresa encargada de ejecutar los trabajos.

Según dicho informe, las perforaciones tienen un carácter exclusivamente preparatorio y persiguen conocer la composición y las características físico-mecánicas del terreno, información imprescindible para elaborar el estudio geotécnico que deberá acompañar al proyecto básico del concurso convocado para el futuro Memorial del Valle de los Caídos.

El tribunal destaca además que estos trabajos presentan un carácter «fácilmente reversible«, ya que únicamente requieren recolocar las pequeñas losas o la plancha de hormigón sobre la que se realizan las perforaciones, sin afectar a elementos arquitectónicos del conjunto monumental, como fachadas u otras estructuras protegidas.

Otro de los aspectos valorados por la Sala es la existencia de cobertura jurídica para la actuación administrativa.

El auto concluye que no ha quedado suficientemente acreditada la existencia de una presunta vía de hecho por parte de la Administración, es decir, una actuación material realizada al margen del procedimiento legalmente establecido. Tampoco aprecia que la Administración esté actuando sin el correspondiente título administrativo habilitante.

Esa valoración lleva al tribunal a considerar que, en el estado actual del procedimiento, no concurren los presupuestos necesarios para mantener la paralización cautelar de los trabajos.

El riesgo para el monumento de Cuelgamuros

La decisión revoca el auto dictado el pasado mes por el propio TSJM a raíz del recurso presentado por la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica.

En aquella resolución, la Sala estimó que concurrían razones de urgencia suficientes para acordar la suspensión cautelar, dado que los trabajos ya se estaban ejecutando y existía el riesgo de que pudieran ocasionarse daños en el conjunto monumental si no se desarrollaban con las cautelas técnicas adecuadas.

Con el nuevo auto, el tribunal modifica ese criterio y permite la reanudación de unos trabajos que, según fuentes del Ejecutivo, comenzaron el pasado 8 de junio y constituyen una fase previa imprescindible para la redacción del proyecto de resignificación de Cuelgamuros contemplado por la Ley de Memoria Democrática.

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