Ábalos cree que se le condenó por «corroboraciones inexistentes» y ha solicitado la suspensión de su condena de prisión. Foto: Confilegal

Ábalos solicita al Supremo la nulidad del «caso Mascarillas» y de su condena de 24 años de prisión

16 / 07 / 2026 13:45

Actualizado el 16 / 07 / 2026 13:59

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha reclamado al Tribunal Supremo (TS) la nulidad de la sentencia del ‘caso mascarillas’. Y con ello, la suspensión de su condena de 24 años de prisión, y su consiguiente puesta en libertad. Ello, valorando que la sentencia se basa en «corroboraciones inexistentes».

Así lo ha reclamado el exministro, que se encuentra en prisión provisional desde noviembre de 2025, en un incidente de nulidad de 125 páginas que su defensa ha remitido al alto tribunal, apenas tres semanas después de que fuera condenado a 24 años de prisión en la primera sentencia del ‘caso Koldo’.

A lo largo del escrito, el abogado de Ábalos, Marino Turiel, esgrime una serie de argumentos para defender la petición de suspensión de condena, tal y como acordó el tribunal en el caso del empresario Víctor de Aldama, condenado a cuatro años y medio de prisión en la misma sentencia, si bien finalmente no pisó la cárcel por colaborar con la justicia.

El exministro carga también contra la rebaja de pena para Aldama, comparándola con la pena que le impone a él y a su exasesor Koldo García, a quien el Supremo condenó a 19 años de cárcel.

«El tribunal (…) obvia la desproporción de la pena que impone a los condenados con la que impone al delator, pese a ser el que mandaba y el nexo corruptor, y lo hace basándose en corroboraciones más que endebles sino totalmente inexistentes», arguye.

En opinión del letrado del exministro, la decisión de enviar a Ábalos a prisión provisional cuando aún era diputado se tomó «sin motivación reforzada suficiente», lo que ha resultado en la «vulneración» del «derecho a la libertad personal, el derecho al ejercicio del cargo representativo y el derecho a una resolución judicial suficientemente motivada en relación con la prisión provisional acordada respecto de un diputado en activo».

Los motivos de Ábalos para anular la sentencia

«La medida, por tanto, no puede considerarse una restricción cautelar constitucionalmente legítima, sino una afectación desproporcionada e insuficientemente justificada de derechos fundamentales de máxima intensidad, con proyección directa sobre el mandato parlamentario y sobre la representación política de los ciudadanos que lo eligieron», aduce.

Ábalos denuncia que la prisión provisional de un representante electo, «acordada sin mediar flagrante delito y durante la vigencia del mandato parlamentario, no puede ser tratada como una medida cautelar personal ordinaria», en tanto que «afecta, simultáneamente, a la libertad personal, al derecho de participación y ejercicio del cargo representativo, a la tutela judicial, al proceso con todas las garantías y a la garantía institucional de inmunidad parlamentaria».

El exministro considera que hay motivos para anular la sentencia por otros motivos como la vulneración de su derecho a la defensa y a un proceso con todas las garantías, en este caso por la «denegación de acceso efectivo a la fuente original de la prueba digital», esto es, a los dispositivos incautados o al clonado policial y judicial de los mismos.

Asimismo, pone de manifiesto que ha sufrido un «déficit de control judicial sobre la cadena de custodia» de su información personal, lo que ha producido la «vulneración correlativa del derecho a la intimidad».

En este punto, Ábalos denuncia la filtración de determinadas informaciones en medios de comunicación procedentes de informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y que estarían relacionadas, entre otras cuestiones, con su situación patrimonial.

Así, sostiene que estas informaciones le llegaron antes por la prensa que por mediación de su representación letrada.

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