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El sistema será revisable y deberá adaptarse a la implantación de los tribunales de instancia. Después del 15 de septiembre, el CGPJ estudiará las alegaciones y avanzará en la redacción de la instrucción. Foto: CGPJ.

El CGPJ cambia de rumbo y abre la vía para fijar cargas de trabajo saludables para los jueces

23 / 07 / 2026 00:45

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha desbloqueado uno de los asuntos más delicados que tenía pendientes: determinar cuánto trabajo puede asumir un juez sin que la acumulación de procedimientos termine convirtiéndose en un riesgo permanente para su salud.

El Pleno aprobó ayer un documento que servirá de base para elaborar una futura instrucción sobre cargas judiciales saludables. El texto será remitido a las asociaciones judiciales y a los órganos de gobierno de los tribunales, que podrán presentar alegaciones hasta el próximo 15 de septiembre.

La propuesta salió adelante con los votos de los diez vocales del denominado bloque conservador, el vocal progresista, Carlos Hugo Preciado, y el respaldo de la presidenta del CGPJ y del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, según fuentes del Consejo conocedoras de la negociación.

Durante la negociación, según fuentes del Consejo, se manejó otra propuesta, por parte del bloque progresista, que habría elevado la referencia de los órganos civiles hasta unos 2.500 asuntos y la de los sociales hasta 1.500. El documento no llegó a presentarse a votación.

Desde el sector que impulsó el texto aprobado se interpreta el resultado como una derrota de las tesis defendidas por el vocal Ricardo Bodas y respaldadas durante buena parte de la negociación por el grupo progresista. Sus integrantes han anunciado votos particulares.

El acuerdo tiene su origen en la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2023 por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en el recurso 128/2022. La resolución obligó al Consejo a regular las cargas de trabajo desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales mediante un sistema objetivo, transparente y revisable.

El enfrentamiento entre dos modelos

Buena parte de la discusión se centró en los informes ISI 1748/2026 e ISI 2179/2026 del Servicio de Inspección. Estos documentos analizaron órganos judiciales estables durante el periodo comprendido entre 2021 y 2025 para calcular su capacidad de funcionamiento observada.

Frente a ese enfoque se presentó un tercer informe, elaborado por Preciado, que ampliaba la fotografía hasta 2018 y que examinaba conjuntamente tres variables: los asuntos ingresados, la capacidad de resolución y el volumen de procedimientos pendientes.

Este segundo análisis, cuyos argumentos constituyeron la base de la posición finalmente respaldada por la mayoría, advirtió del riesgo de convertir en normal una carga soportada durante años excepcionales, marcados por el aumento de la litigiosidad, las consecuencias de la pandemia y la falta de jueces.

La diferencia es esencial. Una cosa es determinar cuántos asuntos han conseguido resolver los juzgados bajo una presión continuada y otra concluir que ese volumen constituye una carga saludable.

La litigiosidad aumentó un 26 % desde 2018

Los datos muestran que entre 2018 y 2025 el número total de asuntos ingresados en los tribunales pasó de 5,99 millones a 7,55 millones. Son 1,55 millones más, lo que supone un incremento del 26 %.

El mayor aumento se produjo en la jurisdicción Civil. Los procedimientos recibidos pasaron de 2,22 millones a 3,28 millones, un 47,8 % más.

En lo Social, el crecimiento fue del 26,5 %, al subir de 405.945 a 513.628 asuntos. La jurisdicción Penal registró un aumento del 12,7 %, mientras que en lo Contencioso-Administrativo la entrada descendió un 4,7 %.

El dato resulta relevante porque los informes de la Inspección analizaron principalmente el periodo 2021-2025, pero compararon sus resultados con los módulos históricos establecidos en 2018.

Para el documento asumido por la mayoría, confrontar periodos distintos sin valorar la evolución completa podía conducir a fijar como saludable una situación que, en realidad, reflejaba años de sobrecarga.

Más esfuerzo, pero muchos más asuntos pendientes

La evolución de la tasa de resolución refuerza ese argumento. Este indicador mide la relación entre los procedimientos resueltos y los ingresados.

En el orden Civil, la tasa pasó del 90,5 % en 2018 al 100,6 % en 2025. Es decir, los juzgados civiles mejoraron considerablemente su capacidad y llegaron a resolver ligeramente más asuntos de los que entraron durante ese último ejercicio.

A pesar de ello, su pendencia —los procedimientos que continúan en trámite— aumentó un 88,2 %: de 1,42 millones a 2,67 millones.

En la jurisdicción Social ocurrió algo parecido, aunque con un deterioro de la capacidad resolutiva. Los asuntos pendientes crecieron un 82,9 %, desde 287.434 hasta 525.652, mientras que la tasa de resolución cayó del 96,1 % al 90,5 %.

La pendencia penal aumentó un 76,1 % y la contencioso-administrativa, un 16,7 %. En conjunto, los asuntos en tramitación pasaron de 2,6 millones en 2018 a 4,67 millones en 2025: un incremento del 79,1 %.

Estas cifras demuestran que los órganos judiciales no han logrado absorber el aumento de la litigiosidad, incluso cuando han elevado su capacidad de resolución. Convertir ese esfuerzo extraordinario en el nuevo módulo saludable supondría consolidar la sobrecarga.

Las cifras de Civil y Social

El informe defendía, como criterio de prudencia, que ningún órgano civil o social tuviera una carga saludable superior a los módulos de 2018. El aumento de plazas judiciales, anunciado por el Gobiern, debería servir para repartir el crecimiento de la litigiosidad y reducir la pendencia, no para elevar el número de asuntos exigible a cada juez.

Durante la negociación, en el Pleno, se manejaron propuestas que situaban la referencia de los órganos civiles en aproximadamente 2.500 asuntos, frente a los 1.500 de 2018, y la de los sociales en 1.500, frente a los 900 citados por fuentes del Consejo. Propuestas que apoyó mayormente el grupo progesista. Aquella formulación no prosperó.

El documento aprobado adopta una solución de compromiso. En Primera Instancia Civil plantea provisionalmente 2.400 asuntos, con la obligación de distinguir en el futuro cuáles terminan por resolución judicial y cuáles concluyen mediante decretos de los letrados de la Administración de Justicia.

En lo Social, la subida es más moderada: 1.200 asuntos para órganos sin ejecución y 1.100 para aquellos que también ejecutan sus resoluciones.

Parámetros preventivos, no de productividad

Las cifras no podrán utilizarse como objetivos individuales de productividad, módulos retributivos o instrumentos disciplinarios. Su finalidad será detectar situaciones de vigilancia, sobrecarga o riesgo para la salud.

También deberán calcularse conforme a la plantilla judicial realmente disponible, teniendo en cuenta vacantes, bajas, reducciones de jornada y refuerzos temporales.

El sistema será revisable y deberá adaptarse a la implantación de los tribunales de instancia. Después del 15 de septiembre, el CGPJ estudiará las alegaciones y avanzará en la redacción de la instrucción.

La discusión no está cerrada. Pero el principio que se abre paso es claro: haber soportado una carga extraordinaria no significa que esa carga sea normal ni, mucho menos, saludable.

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