La magistrada María Tardón Olmos ha asumido la investigación de la entrada irregular de entre 75.000 y 85.000 personas en Ceuta los días 30 y 31 de julio, al apreciar indicios de que lo sucedido pudo ir mucho más allá de un fenómeno migratorio espontáneo.
El auto, dictado este 7 de septiembre de 2026 por Tardón, titular de la plaza 3 del Tribunal Central de Instancia, Sección de Instrucción, plantea como hipótesis provisional que pudo existir un proceso organizado, planificado y coordinado parcialmente desde Marruecos, utilizando el flujo migratorio para afectar a la capacidad de respuesta española y a su integridad territorial.
La resolución abre así una investigación de una dimensión jurídica excepcional. Tardón considera que los hechos podrían encajar, entre otros delitos, en el artículo 590.1 del Código Penal, que castiga determinadas conductas que comprometan la paz o la independencia del Estado, además de delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, organización criminal y los posibles homicidios imprudentes relacionados con las 83 personas fallecidas cuyos cadáveres habían sido recuperados en aguas españolas.
La calificación, subraya la magistrada, es provisional. La investigación acaba de comenzar y deberá determinar quién estuvo detrás de la movilización y qué responsabilidad corresponde a cada uno de los implicados.
Una investigación que comenzó con la denuncia de Iustitia Europa
Las diligencias previas 64/2026 tienen su origen en la denuncia presentada el 31 de julio por Iustitia Europa, representada por el abogado Luis María Pardo Rodríguez.
Posteriormente se incorporaron otras denuncias, querellas y personaciones, entre ellas las de HazteOír.org, Zealandia, Vox, Libertad y Justicia, Ahora España y el Partido Popular.
Antes de decidir si la Audiencia Nacional era competente, Tardón encargó a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de la UCRIF Central, un informe sobre lo sucedido y, especialmente, sobre la posibilidad de que aquella entrada multitudinaria hubiera sido concertada o dirigida por una organización o grupo.
El informe del Centro Nacional de Inmigración y Fronteras (CENIF) llegó al juzgado el 31 de agosto. La Fiscalía de la Audiencia Nacional, en la persona de su fiscal jefe, Jesús Alonso, se mostró posteriormente favorable a que la Audiencia Nacional asumiera la investigación.
La estimación policial sitúa entre 75.000 y 85.000 el número de personas que entraron irregularmente en Ceuta durante aquellos dos días. Una cifra especialmente significativa si se compara con los 83.595 habitantes que, según los datos del INE correspondientes a 2025 recogidos en el auto, tenía la ciudad autónoma.
Entre 5.000 y 10.000 personas permanecerían todavía en Ceuta en el momento al que se refiere el informe.
No fue un episodio «aislado, casual o espontáneo»
Uno de los elementos centrales del auto es precisamente la naturaleza de aquella movilización.
La magistrada considera, a partir del informe policial, que la entrada masiva no puede ser analizada como un hecho «aislado, casual o espontáneo», sino como un proceso dividido en tres fases: antes, durante y después.
Durante julio ya se había detectado un incremento progresivo de las entradas. Se pasó de seis personas el 1 de julio a 75 el día 23 y 194 el 29.
Las redes sociales desempeñaron, según la investigación, un papel fundamental.
Inicialmente se utilizaron plataformas abiertas como Facebook, Instagram o TikTok. Sin embargo, durante los días 29 y 30 de julio la actividad se habría trasladado principalmente a grupos cerrados de WhatsApp, en los que comenzaron a circular información y recomendaciones concretas sobre la situación de la frontera.
El 29 de julio, el CENIF emitió una primera Alerta de Riesgo de Entrada Masiva, calificando de «EXTREMO» el riesgo de una actuación coordinada mediante entradas a nado y saltos de la valla.
El acceso comenzó desde la playa marroquí de Castillejos/Fnideq, paralela al puesto fronterizo. Desde allí, los migrantes alcanzaban el espigón fronterizo y accedían a territorio español rodeándolo a nado o avanzando por el estrecho espacio existente entre la valla y el agua.
Una vez en la playa de El Tarajal eran conducidos a un recinto bajo custodia de la Guardia Civil. La acumulación masiva de personas terminó saturándolo y obligó a abrir una doble puerta metálica.
A partir de ese momento, señala la resolución, el acceso se hizo más sencillo y comenzó a difundirse el mensaje de que la frontera estaba abierta.
Tres oleadas con perfiles diferentes
El informe policial distingue tres oleadas sucesivas, una circunstancia que la magistrada considera relevante para valorar si existió planificación.
La primera, hasta aproximadamente las 11.00 horas del 30 de julio, estuvo formada fundamentalmente por varones de entre 15 y 25 años, con una elevada presencia de menores. Muchos llevaban trajes de neopreno, aletas y objetos de flotación. Entre el 95 y el 98 % serían marroquíes.
La segunda oleada, entre las 11.00 y las 22.00 horas, cambió significativamente de perfil. Aparecieron personas de hasta 40 años, familias completas y niños pequeños. La presencia familiar se estima entre el 18 y el 25 % del total. También aumentó la presencia de ciudadanos subsaharianos.
La tercera, desde las 22.00 horas y durante el 31 de julio, volvió a presentar un perfil similar al inicial: hombres jóvenes, muchos equipados para nadar y casi exclusivamente marroquíes.
El CENIF interpreta esta sucesión como una estrategia dirigida primero a saturar los mecanismos de contención fronteriza y después a reducir la capacidad de respuesta de las autoridades españolas.
Tardón incorpora esta hipótesis a su razonamiento, aunque insiste en que deberá ser contrastada durante la instrucción.
83 cadáveres recuperados en aguas españolas
La dimensión humana de los acontecimientos ocupa también un lugar relevante en el auto.
La magistrada señala que personas especialmente vulnerables fueron conducidas a lanzarse al mar sin preparación, con vestimenta inadecuada y medios de flotación precarios.
En las labores de rescate intervinieron Cruz Roja, Salvamento Marítimo, Guardia Civil y posteriormente efectivos del Ejército de Tierra.
A fecha del auto se habían recuperado 83 cadáveres en aguas territoriales españolas.
Por estas muertes se habían abierto procedimientos en los órganos judiciales de Ceuta. Tardón ordena ahora requerir a las plazas 3 y 4 de la Sección de Primera Instancia e Instrucción del Tribunal de Instancia de Ceuta para que se inhiban a favor de su juzgado.
También solicita información sobre la posible existencia de procedimientos relacionados con personas heridas.
Las muertes podrían investigarse, provisionalmente, como homicidios imprudentes, y las eventuales lesiones, en su caso, como delitos de lesiones por imprudencia.
La magistrada aprecia un «guiado activo» desde Marruecos
Uno de los aspectos más sensibles de la resolución afecta a la actuación observada en territorio marroquí.
Tardón afirma que los elementos recopilados apuntan a una «clara e indudable gestión favorecedora del proceso desde el territorio del Reino de Marruecos».
El informe policial no se limita a describir una supuesta pasividad. Habla de «guiado activo», criterio que la magistrada declara compartir.
Las imágenes analizadas mostrarían a policías marroquíes uniformados dando indicaciones a personas que pretendían cruzar irregularmente, orientándolas hacia las rutas de acceso a la playa de Fnideq y al punto desde el que podían rodear el espigón de El Tarajal.
También se habría detectado la actuación de personas sin uniforme que ejercían como «dinamizadores» sobre el terreno e interactuaban con los agentes.
La resolución no atribuye todavía responsabilidades penales concretas. Precisamente uno de los objetivos de la instrucción será identificar quién organizó, planificó y dirigió el proceso.
Una estructura de cinco niveles
El CENIF describe una estructura con al menos cinco niveles.
En el primero estaría la masa de personas que efectuó materialmente los cruces. En el segundo, los dinamizadores digitales encargados de difundir y viralizar mensajes.
El dato que destaca el auto es que el 90,8 % de los números telefónicos relevantes detectados tenían prefijo marroquí.
El tercer nivel correspondería a quienes organizaron los movimientos sobre el terreno, entre ellos los agentes uniformados y los dinamizadores sin uniforme observados en las imágenes.
Los niveles cuarto y quinto se corresponderían con la planificación y la dirección de la operación.
La magistrada considera que la investigación debe determinar quién ocupaba esas posiciones y destaca que una movilización de semejante dimensión requeriría capacidad de influencia en redes sociales, conexiones sobre el terreno y experiencia suficiente para planificarla.
El análisis policial descarta, en principio, que las organizaciones tradicionales dedicadas al tráfico de migrantes en la zona pudieran ser las responsables directas de una operación de esta magnitud, sin perjuicio de que pudieran haberse aprovechado de ella.
La hipótesis de la «guerra híbrida»
Sobre esta base, el auto introduce una cuestión especialmente relevante: la posible utilización de la inmigración como instrumento dentro de una estrategia de «guerra híbrida» o «zona gris».
La magistrada recuerda que este tipo de actuaciones no tienen por qué adoptar la forma de un enfrentamiento militar convencional. Pueden servirse de herramientas de desestabilización, campañas de desinformación, redes sociales o movimientos migratorios masivos para tensionar las capacidades de un Estado.
Desde esta perspectiva, Tardón aprecia provisionalmente elementos que permiten investigar un posible delito del artículo 590.1 del Código Penal, relativo a conductas que comprometan la paz o la independencia del Estado.
Junto a él se investigarán posibles delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, organización criminal y los delitos vinculados a las muertes y lesiones producidas durante los acontecimientos.
También se investigará la respuesta española
La investigación no quedará limitada a lo ocurrido en Marruecos.
El auto ordena examinar también la actuación desarrollada en territorio español, incluida la adecuación de los medios de respuesta desplegados teniendo en cuenta la información y las alertas existentes previamente.
También deberán investigarse las personas u organizaciones que, una vez producida la entrada, pudieran haber facilitado la permanencia clandestina de migrantes mediante pisos, garajes o locales, así como posibles traslados ilegales en embarcaciones hacia la Península realizados con ánimo de lucro.
La magistrada acuerda, además, mantener bajo secreto parcial determinadas diligencias cuya publicidad pudiera perjudicar la investigación, especialmente aquellas relacionadas con personas todavía no identificadas, actuaciones en el extranjero o mecanismos de cooperación internacional.
No decreta, sin embargo, el secreto de toda la causa.
Por último, Tardón rechaza la querella presentada por SALF contra el rey de Marruecos y varios responsables de las fuerzas de seguridad marroquíes por supuestos delitos de lesa humanidad.
La magistrada considera que la querella no aporta la mínima justificación de esa imputación y llega a calificarla como una «mera instrumentalización política del ejercicio de la acción penal».
Las restantes organizaciones personadas como acusación popular deberán prestar una fianza de 6.000 euros cada una y unificar representación y defensa.
Con este auto, la Audiencia Nacional abre una investigación cuyo objeto ya no es únicamente determinar cómo pudieron entrar decenas de miles de personas en Ceuta en apenas dos días. La cuestión central será esclarecer si aquella movilización fue deliberadamente organizada y dirigida desde el exterior y quién estuvo detrás de su planificación y ejecución.