El Consejo Fiscal reconoce que no cumplirá el plazo legal para revisar las causas penales
Imagen de una de las reuniones del Consejo Fiscal, presidido por la fiscal general del estado, Consejo Madrigal (Fiscalía)

El Consejo Fiscal reconoce que no cumplirá el plazo legal para revisar las causas penales

|
18/5/2016 14:39
|
Actualizado: 18/5/2016 14:41
|

El Consejo Fiscal ha admitido hoy que es «imposible» cumplir con el plazo legal para la revisión de causas penales en aplicación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, fijado en el próximo 6 de junio, y ha solicitado que «se adopten medidas adecuadas para corregir esta situación».

A través de un comunicado, el Consejo Fiscal reconoce que «el problema surge por la falta de atribución definitiva de la investigación de los delitos al Ministerio Fiscal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye al titular del órgano jurisdiccional la dirección de la instrucción y al Letrado de la Administración de Justicia, el impulso y la custodia de los procedimientos.»

Tal y como adelantó Confilegal, recogiendo un comunicado de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) el cumplimiento de los plazos marcados legalmente era «imposible». «No llegamos ni vamos a llegar», aseguraban.

Las previsiones se han cumplido.

El principal órgano asesor del Ministerio Público que preside la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, también lo ha entendido así, Y en un comunicado asegura que «considerando los medios actuales» no es posible cumplir con ese plazo.

Sostiene que «la actual tesitura no permite a los fiscales asumir con seguridad la parcela de responsabilidad que les corresponde en la tramitación en plazo de los procedimientos penales».

Entienden que con «los medios actuales, los términos del artículo 324 resultan de difícil o imposible cumplimiento, máxime en ausencia de la prometida instrucción al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia».

«Con la información disponible las fiscalías no pueden conocer el cambiante volumen de asuntos pendientes en los juzgados españoles, datos que sólo constan en cada uno de ellos de modo que no es posible asegurar con certeza que a 6 de junio se hayan revisado todas las causas en tramitación, ni que el control pueda seguir realizándose en el futuro de manera completa», añade el texto.

La Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, aprobada por el PP establecía limitar las instrucciones a 6 meses para las causas sencillas y 18 para las complejas. Para su aplicación, la norma fijaba un periodo de seis meses -hasta el 6 de junio- en el cual los fiscales debían calificar como sencillas o complejas 539.543 procedimientos penales.

Ya a finales de abril la Fiscalía advirtió de que todavía restaban por calificar 436.355 causas, un 80 por ciento del total.

Por ello, concluye el Consejo Fiscal, es necesario que «se adopten las medidas adecuadas para corregir esta situación», si bien no apuntan cual pueden ser éstas.

Pese a la dificultad de llevar a término este mandato legal en los plazos previstos, el Consejo Fiscal sí ha querido resaltar «el enorme esfuerzo desarrollado por los fiscales a lo largo de estos últimos meses, en condiciones muchas veces difíciles, revisando la tramitación de las causas», en cumplimiento de lo establecido en la reforma.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Mundo Judicial