Ramón Rodríguez Arribas, ex vicepresidente del Tribunal Constitucional, ha declarado a Confilegal, a propósito de la convocatoria de consulta popular para la independencia de Cataluña, realizada por el presidente de la Generalitat, Artur Mas, que «ninguna Comunidad Autónoma puede convocar un referéndum, solo lo puede convocar el Estado. No es una competencia de la Comunidad Autónoma. Las consultas populares para tener opiniones deben tener dos condiciones: la primera es que lo que se consulta esté dentro del orden de competencias del órgano que formula una consulta, —ya sea una Diputación, un ayuntamiento, una Comunidad Autónoma o el propio Estado— y la segunda, es que lo que se pregunta solo afectará a los que son consultados, no a terceros. El Estado tampoco podría hacer una consulta sobre si se quiere que Cataluña sea independiente o no. Para hacer eso tiene que reformar la Constitución«.
La entrevista con Rodríguez Arribas, magistrado emérito del Alto Tribunal, será publicada en Confilegal el próximo lunes.